Concesiones de nacionalidad española por principales nacionalidades: Mujeres
Motivos de concesiones de nacionalidad española: Nacidos en España; para los que hayan contraído matrimonio con un español o española sin haberse separado; para los hijos o nietos de españoles de origen; para viudos o viudas de española o español siempre que a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho; y para los que no hubieran ejercido la facultad de optar: 1 año. Nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, y sefardíes: 2 años. Para los que hayan obtenido la condición de refugiados: 5 años. Para el resto: 10 años. Para obtener la concesión es necesario el cumplimiento de los tres requisitos: plazo de residencia, buena conducta cívica y grado suficiente de integración. Durante el año 2017 el número de concesiones de nacionalidad española por residencia se ha visto reducido debido a causas administrativas.
Concesiones de nacionalidad
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