Puntos de coordinación establecidos por las Comunidades Autónomas para la notificación de las órdenes de protección a las mujeres víctimas de violencia de género Los Secretarios de los Juzgados y Tribunales comunicarán las órdenes de protección de las víctimas de violencia doméstica que se adopten y sus respectivas solicitudes, mediante testimonio íntegro, a aquel o aquellos puntos de coordinación designados por la Comunidad Autónoma correspondiente, que constituirán el canal único de notificación de estas resoluciones a centros, unidades, organismos e instituciones competentes en materia de protección social en relación con estas víctimas, de acuerdo con lo establecido en el apartado 8 del artículo 544ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Mujeres Violencia doméstica http://datosabiertos.castillalamancha.es/node/1381 2021-02-18T09:30:43+01:00 2025-03-21T13:42:57+01:00 2026-06-13T08:00:52.373354+02:00 2023-09-01T00:46:41.101072+02:00 Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha A08002880 PDF application/pdf Puntos de Coordinación de las Ordenes de Protección 128930 http://datosabiertos.castillalamancha.es/node/1382