Locales.Votos UPyD Los Concejales de los municipios que tengan una población comprendida entre 100 y 250 habitantes, son elegidos de acuerdo con la Normativa Estatal, Procedimiento Electoral de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General. Artículo 184 (B.O.E. núm 147 de 20 de junio). Se vota a cuatro candidatos y no a partidos como en el resto de municipios. Distritos municipio Madrid Ejercicio de los derechos fundamentales Elecciones Locales Locales.Votos UPyD Relaciones y participación social https://datos.comunidad.madrid/catalogo/dataset/1910441 2025-09-11T13:46:27+02:00 2025-11-28T08:29:24+01:00 2025-12-20T08:52:52.035325+01:00 2025-09-13T16:40:17.651518+02:00 CSV text/csv JSON application/json Locales.Votos UPyD.json 12077 https://datos.comunidad.madrid/dataset/dc4eb4a7-e1ba-4da1-ba84-800c688bc379/resource/635af011-2946-4bc2-9e27-1df749206873/download/locales.votos-upyd.json Comunidad de Madrid A13002908 Locales.Votos UPyD.csv 6179 https://datos.comunidad.madrid/dataset/dc4eb4a7-e1ba-4da1-ba84-800c688bc379/resource/b6644016-46f2-4cbc-b65a-b26a9f877259/download/locales.votos-upyd.csv