E00130502 Dirección General de Tráfico 2022-10-20T00:00:00+02:00 es DGT Se consideran accidentes de tráfico con víctimas los que se producen, o tienen su origen en una de las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y a consecuencia de los mismos una o varias personas resultan muertas y/o heridas. Se considera víctima mortal, toda persona que, como consecuencia del accidente, fallezca en el acto o dentro de los treinta días siguientes. Se consideran heridos graves, aquellas personas heridas en un accidente de circulación y cuyo estado precise una hospitalización superior a veinticuatro horas. Se consideran heridos leves, aquellas personas heridas en un accidente de circulación a los que no puede aplicarse la definición de herido grave. Las anteriores definiciones están recogidas en la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 18 de febrero de 1993, por la que se modifica la estadística de accidentes de circulación. Los datos que se muestran en esta sección son definitivos e integran la estadística de accidentes de tráfico con víctimas incluida en los Planes Estadísticos https://www.dgt.es/menusecundario/dgt-en-cifras/dgt-en-cifras-resultados/?categorias=/Tema/Accidentes-de-trafico/ Accidentes de Tráfico (DGT en cifras) Accidentes de Tráfico con víctimas 1993-01-01T00:00:00+01:00 1993-02-18T00:00:00+01:00 2021-12-18T00:00:00+01:00 HTML text/html 1