URL,IDENTIFICADOR,TÍTULO,DESCRIPCIÓN,TEMÁTICAS,ETIQUETAS,FECHA DE CREACIÓN,FECHA DE ÚLTIMA MODIFICACIÓN,FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN,IDIOMAS,ÓRGANO PUBLICADOR,CONDICIONES DE USO,COBERTURA GEOGRÁFICA,COBERTURA TEMPORAL,VIGENCIA DEL RECURSO,RECURSOS RELACIONADOS,NORMATIVA,DISTRIBUCIONES https://datos.gob.es/catalogo/a663e83e-8711-464e-9c48-ae9ebad49e2c,,[es]Base de datos general de entidades locales,"[es]Su funcionamiento se crea por el artículo 27 del RD 1463/2007 –hoy sin contenido– y se regula por el artículo 11 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Esta Base de datos permite realizar consultas de los siguientes entes: * Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares. * Ayuntamientos. * Entidades de ámbito territorial inferior al municipio. * Mancomunidades. * Áreas metropolitanas. * Comarcas. * Agrupaciones de Municipios. * Consorcios. * Fundaciones. * Instituciones sin ánimo de lucro. * Organismos Autónomos. * Entidades Públicas Empresariales. * Sociedades Mercantiles. De cada uno de ellos aparece la siguiente información: * La denominación de la corporación local, según corresponda, y de las entidades, organismos, entes, instituciones, consorcios y sociedades mercantiles vinculadas o dependientes de ella o en las que participe. * Los códigos INE y NIF identificativos. * El domicilio y código postal. * El teléfono, fax y dirección de correo electrónico. * Las fechas de alta, baja o modificación, en su caso. * La finalidad institucional, estatutaria o societaria atribuida a cada sujeto. * Las competencias y actividades que tengan encomendadas por su respectiva norma o acuerdo de creación. * Los recursos que financian sus actividades. * El régimen presupuestario y contable. * En el supuesto de entidades de carácter asociativo, a todo lo anterior se añadirá su composición y, en su caso, el porcentaje de participación de cada entidad. Cualesquiera otros datos de carácter jurídico, económico u organizativo que, pudieran resultar de interés para el análisis económico-financiero de los entes integrantes del Inventario. En particular, la Intervención General de la Administración del Estado podrá recabar de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales cuanta información sea necesaria para realizar la clasificación de las entidades participadas o dependientes de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.",Hacienda,[es]Administración local//estadísticas//Presupuestos y cuentas públicas//Secretaría General de Financiación Autonómica y Local,2007-01-01T00:00:00+0100,,[TYPE]http://www.w3.org/2006/time#seconds[VALUE]1,es,Ministerio de Hacienda y Función Pública,https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Paginas/Avisolegal.aspx,España,,,,,[TITLE_es]Base de datos general de entidades locales[ACCESS_URL]https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/sgcief/BDGEL/aspx/default.aspx[MEDIA_TYPE]HTML