Las inspecciones de los establecimientos con incidencia en la salud pública, tienen por objeto garantizar la salud de sus usuarios/as y el cumplimiento de la legislación que en cada caso les sea de aplicación. Las actuaciones inspectoras pueden ser programadas y no programadas. Las primeras se realizan de acuerdo a los diferentes programas de actuación que, con carácter anual, aprueba el Ayuntamiento de Madrid. Las inspecciones son realizadas, de forma coordinada, por los servicios de inspección de los 21 distritos y de Madrid Salud. Los establecimientos inspeccionados corresponden a las actividades que se establecen en los programas de actuación anuales, y que son: Programa de control de establecimientos de estética y gimnasios. Incluye las actividades de: centros de tatuaje, piercing y micropigmentación, centros de bronceado, peluquerías, institutos de belleza, centros de estética, centros de fotodepilación y gimnasios. Programa de control de centros infantiles. Incluye las actividades de: escuelas infantiles de primer ciclo, centros de cuidado infantil y centros recreo y celebración de fiestas infantiles. Programa de control de instalaciones de aguas recreativas. Incluye las actividades de: piscinas, tanto de titularidad pública como privada, piscinas de comunidades de vecinos y balnearios urbanos. Las instalaciones pueden ser de temporada o climatizadas. Los balnearios y spas urbanos son instalaciones con vasos de hidromasaje con recirculación de agua y con chorros de aire y agua. A través del portal de visualizaciones ' Visualiza Madrid con Datos abiertos ' el Ayuntamiento de Madrid pone a tu disposición una visualización realizada con los datos de este conjunto de datos. Acceso a la visualización