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Hablar de dominio público es hablar de acceso libre al conocimiento, de cultura compartida y de innovación abierta. El concepto se ha convertido en una pieza clave para comprender cómo circula la información y cómo se construye el patrimonio común de la humanidad.

En este post exploraremos qué significa el dominio público y te mostraremos ejemplos de repositorios donde puedes descubrir y disfrutar de obras que ya forman parte de todos.

¿Qué es el dominio público?

Seguro que en algún momento de tu vida has visto la imagen de Mickey Mouse manejando el timón en un barco de vapor. Una imagen característica de la compañía Disney que ya puedes utilizar libremente en tus propias obras. Esto se debe a que esta primera versión de Mickey (Steamboat Willie, 1928) pasó a ser de dominio público en enero de 2024 -ojo, solo es “libre” la versión de esa fecha, adaptaciones posteriores sí continúan protegidas, como explicaremos después-.

Cuando hablamos de dominio público, hacemos referencia al conjunto de conocimiento, información, obras y creaciones (libros, música, películas, fotos, software, etc.) que no están protegidas por derechos de autor. Debido a ello, cualquier persona puede reproducirlas, copiarlas, adaptarlas y distribuirlas sin necesidad de pedir permiso ni pagar licencias. No obstante, sí se deben respetar siempre los derechos morales del autor, que son irrenunciables y no caducan. Estos derechos incluyen respetar siempre la autoría y la integridad de la obra*.

El dominio público, por tanto, da forma al espacio cultural donde las obras pasan a ser patrimonio común de la sociedad, lo cual supone múltiples beneficios:

  • Acceso gratuito a la cultura y al conocimiento: cualquier ciudadano puede leer, ver, escuchar o descargar esas obras sin pagar licencias ni suscripciones. Esto favorece la educación, la investigación y el acceso universal a la cultura.
  • Conservación de la memoria y el patrimonio: el dominio público garantiza que parte importante de nuestra historia, ciencia y arte se mantenga accesible para las generaciones presentes y futuras, sin quedar limitada por restricciones legales.
  • Fomenta la creatividad y la innovación: artistas, desarrolladores, empresas, etc. pueden reutilizar y mezclar obras del dominio público para crear nuevos productos (como adaptaciones, nuevas ediciones, videojuegos, cómics, etc.) sin miedo a infringir derechos.
  • Impulso tecnológico: archivos, museos y bibliotecas pueden digitalizar y difundir libremente sus fondos en dominio público, lo que genera oportunidades para proyectos digitales y desarrollo de nuevas herramientas. Por ejemplo, estas obras pueden utilizarse para entrenar modelos de inteligencia artificial y herramientas de procesamiento del lenguaje natural.

¿Qué obras y elementos pertenecen al dominio público, según la legislación española?

En el dominio público encontramos tanto contenidos cuyos derechos de autor han expirado como contenidos que nunca han estado protegidos. Veamos que dice la legislación española al respecto:

Obras cuya protección por derechos de autor ha expirado.

Para saber si una obra pertenece al dominio público, debemos fijarnos en la fecha de la muerte de su autor. En este sentido, en España, hay una fecha de inflexión: 1987. A partir de ese año, y según la ley de propiedad intelectual, las obras artísticas pasan a dominio público una vez transcurridos 70 años de la muerte de su autor. No obstante, los autores fallecidos antes de dicho año están sujetos a la Ley de 1879, donde el plazo en general era de 80 años – con excepciones-.

Solo las creaciones “originales literarias, artísticas o científicas” que impliquen un nivel suficiente de creatividad están protegidas, independientemente de su soporte (papel, digital, audiovisual, etc.). Esto incluye desde libros, composiciones musicales, obras teatrales, audiovisuales o pictóricas y esculturas hasta gráficos, mapas y diseños relativos a la topografía, la geografía y la ciencia o programas de ordenador, entre otros.

Cabe destacar que también son objeto de propiedad intelectual las traducciones y adaptaciones, las revisiones, actualizaciones y anotaciones; los compendios, resúmenes y extractos; los arreglos musicales, las colecciones de obras ajenas, como las antologías o cualesquiera transformaciones de una obra literaria, artística o científica. Por tanto, una adaptación reciente de El Quijote contará con su propia protección.

Obras que no pueden acogerse a la protección de los derechos de autor.

Como veíamos, no todo lo que se produce puede acogerse a derechos de autor, algunos ejemplos son:

  • Documentos oficiales: las leyes, decretos, sentencias y otros textos oficiales no están sujetos a derechos de autor. Se consideran demasiado relevantes para la vida pública como para imponerles restricciones, y por ello forman parte del dominio público desde el momento de su publicación.
  • Obras cedidas voluntariamente: los propios titulares de derechos pueden decidir liberar sus obras antes de que expire el plazo legal. Para ello existen herramientas como la licencia Creative Commons CC0 , que permite renunciar a la protección y poner la obra directamente a disposición de todos.
  • Hechos e información: el derecho de autor no cubre hechos ni datos. La información y los acontecimientos son patrimonio común y pueden ser usados libremente por cualquiera.

Europeana y su defensa del dominio público

Europeana es la gran biblioteca digital de Europa, un proyecto impulsado por la Unión Europea que reúne millones de recursos culturales procedentes de archivos, museos y bibliotecas de todo el territorio. Su misión es facilitar el acceso libre y abierto al patrimonio cultural europeo, y en ese sentido el dominio público ocupa un lugar central. Europeana defiende que las obras que han perdido su protección por derechos de autor deben permanecer libres de restricciones, incluso cuando se digitalizan, porque forman parte del patrimonio común de la humanidad.

Fruto de su compromiso, recientemente ha actualizado su Carta del Dominio Público, donde recoge una serie de principios y guías esenciales para un dominio público robusto y vibrante en el entorno digital. Entre otras cuestiones, menciona cómo los avances tecnológicos y los cambios normativos han ampliado las posibilidades de acceso al patrimonio cultural, pero también han generado riesgos para la disponibilidad y reutilización de los materiales en dominio público. Por ello, propone ocho medidas para proteger y fortalecer el dominio público:

  1. Abogar contra la ampliación de los plazos o el alcance del copyright, que limita el acceso ciudadano a la cultura compartida.
  2. Oponerse a intentos de control indebido sobre materiales libres, evitando licencias, tarifas o restricciones contractuales que reconstituyan derechos.
  3. Garantizar que las reproducciones digitales no generen nuevas capas de protección, incluyendo fotos o modelos 3D, salvo que sean creaciones originales.
  4. Evitar contratos que restrinjan la reutilización: la financiación de la digitalización no debe traducirse en barreras legales.
  5. Etiquetar de forma clara y precisa las obras en dominio público, proporcionando datos como autor y fecha para facilitar su identificación.
  6. Equilibrar el acceso con otros intereses legítimos, respetando leyes, valores culturales y la protección de grupos vulnerables.
  7. Salvaguardar la disponibilidad del patrimonio, frente a amenazas como conflictos, cambio climático o la fragilidad de plataformas digitales, promoviendo una preservación sostenible.
  8. Ofrecer reproducciones y metadatos de alta calidad y reutilizables, en formatos abiertos y legibles por máquina, para potenciar su uso creativo y educativo.

Otras plataformas para acceder a obras de dominio público

Además de Europeana, en España contamos con un ecosistema de proyectos que ponen al alcance de todos el patrimonio cultural en dominio público:

  • La Biblioteca Nacional de España (BNE) desempeña un papel clave: cada año publica la lista de autores españoles que entran en dominio público y ofrece acceso a sus obras digitalizadas a través de BNE Digital, un portal que permite consultar manuscritos, libros, grabados y otros materiales históricos. Así, podemos encontrar obras de autores de la talla de Antonio Machado o Federico García Lorca. Además, la BNE publica en abierto el conjunto de datos con información sobre los autores en dominio público.
  • La Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico (BVPB), impulsada por el Ministerio de Cultura, reúne miles de obras antiguas digitalizadas, garantizando que textos y materiales fundamentales de nuestra historia literaria y científica puedan ser preservados y reutilizados sin restricciones. Incluye reproducciones facsímiles digitales de manuscritos, libros impresos, fotografías históricas, materiales cartográficos, partituras, mapas, etc.
  • Hispana actúa como un gran agregador nacional al conectar colecciones digitales de archivos, bibliotecas y museos españoles, ofreciendo un acceso unificado a materiales que forman parte del dominio público. Para ello, recolecta y hace accesibles los metadatos de los objetos digitales, permitiendo visualizar dichos objetos a través de enlaces que dirijan a las páginas de las instituciones propietarias.

En conjunto, todas estas iniciativas refuerzan la idea de que el dominio público no es un concepto abstracto, sino un recurso vivo y accesible que se expande cada año y que permite que nuestra cultura siga circulando, inspirando y generando nuevas formas de conocimiento.

Gracias a Europeana, BNE Digital, la BVPB, Hispana y otros muchos proyectos de este tipo, hoy tenemos la posibilidad de acceder a un patrimonio cultural inmenso que nos conecta con nuestro pasado y nos impulsa hacia el futuro. Cada obra que entra en el dominio público amplía las oportunidades de aprendizaje, innovación y disfrute colectivo, recordándonos que la cultura, cuando se comparte, se multiplica.

*De acuerdo con la Ley de Propiedad intelectual, la integridad de la obra hace referencia a impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación.

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