Su funcionamiento se crea por el artículo 27 del RD 1463/2007 –hoy sin contenido– y se regula por el artículo 11 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Esta Base de datos permite realizar consultas de los siguientes entes:
- Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares.
- Ayuntamientos.
- Entidades de ámbito territorial inferior al municipio.
- Mancomunidades.
- Áreas metropolitanas.
- Comarcas.
- Agrupaciones de Municipios.
- Consorcios.
- Fundaciones.
- Instituciones sin ánimo de lucro.
- Organismos Autónomos.
- Entidades Públicas Empresariales.
- Sociedades Mercantiles.
De cada uno de ellos aparece la siguiente información:
- La denominación de la corporación local, según corresponda, y de las entidades, organismos, entes, instituciones, consorcios y sociedades mercantiles vinculadas o dependientes de ella o en las que participe.
- Los códigos INE y NIF identificativos.
- El domicilio y código postal.
- El teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
- Las fechas de alta, baja o modificación, en su caso.
- La finalidad institucional, estatutaria o societaria atribuida a cada sujeto.
- Las competencias y actividades que tengan encomendadas por su respectiva norma o acuerdo de creación.
- Los recursos que financian sus actividades.
- El régimen presupuestario y contable.
- En el supuesto de entidades de carácter asociativo, a todo lo anterior se añadirá su composición y, en su caso, el porcentaje de participación de cada entidad.
Cualesquiera otros datos de carácter jurídico, económico u organizativo que, pudieran resultar de interés para el análisis económico-financiero de los entes integrantes del Inventario. En particular, la Intervención General de la Administración del Estado podrá recabar de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales cuanta información sea necesaria para realizar la clasificación de las entidades participadas o dependientes de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.