El Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, para el ámbito del sector público estatal, establece en su Disposición adicional segunda la obligación de los órganos de la Administración General del Estado y de los demás organismos y entidades a los que hace referencia la citada norma, de aprobar "... un plan propio de medidas de impulso de la reutilización de la información del sector público, por medios electrónicos, dentro de su ámbito de competencias". También establece que los organismos deben recopilar y remitir información sobre las actividades realizadas en materia de reutilización dentro de su ámbito.
Estos documentos, recogidos según fecha de publicación, son los que han pasado a conocerse como "Planes RISP" donde se incluyen las principales líneas de la política general de apertura y reutilización de la información del sector público (RISP) de cada organismo público implicado y "Evaluación en la adaptación al RD 1495/2011" respectivamente.