Esta capa representa la delimitación de los ámbitos de actuación de las Zonas de Actuación Urgente (ZAU) de la Comunitat Valenciana, a título informativo. La Ley 3/1993 Forestal de la Comunidad Valenciana, en su Capítulo II, Art. 24 indica que previa audiencia a los afectados, se podrá declarar, mediante Decreto, ciertas áreas forestales como Zonas de Actuación Urgente con el fin de conservarlas y favorecer su restauración siempre que concurran en ellas ciertas circunstancias, entre ellas el riesgo de incendios forestales, aparece en el apartado g) terrenos afectados por cualquier alteración ecológica grave o con riesgo de afectarle. Se declaran mediante Decreto del Gobierno Valenciano y supone la obligación de la ejecución de las actuaciones previstas en el proyecto de declaración. Implica tanto a terrenos públicos como privados.