Este Conjunto de Datos espaciales incluye información sobre plantas de combustión de gran tamaño, por encima de 50MW de potencia térmica nominal, que se encuentran siempre en instalaciones industriales IPPC porque se trata de una actividad de las enumeradas en el Anexo I de la Directiva de Emisiones Industriales y en el texto IPPC vigente en España. Así, en el Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aparecen como:
1. Instalaciones de combustión.
1.1 Instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW:
a) Instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario o en régimen especial, en las que se produzca la combustión de combustibles fósiles, residuos o biomasa.
b) Instalaciones de cogeneración, calderas, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea ésta o no su actividad principal.
Así, la presencia de este tipo de plantas en implica en general que existe una actividad IPPC (y por tanto una Installation en el CDE4), pero un caso muy general es que estas plantas existan en una instalación en la que la actividad principal sea otra, y la máquina provea de energía, electricidad o calor a la Instalación industrial. También se da el caso en el que una Instalación IPPC, por ejemplo una central térmica para producción de electricidad, tiene varios grupos de combustión de gran tamaño, que serían cada uno de ellos LCP/GIC.
En el esquema EU-Registry definido para la gestión de información DEI-PRTR en Europa, se ha generado el nivel "Installation Part" para recoger la información a reportar plantas de gran tamaño pero que constituyen o pueden constituir una parte de una instalación mayor. En la regulación DEI, las grandes plantas dentro de Instalaciones Industriales tienen obligaciones de reportar información en los siguientes casos:
• Grandes plantas de Combustión dentro del ámbito de aplicación del Capítulo III de la Directiva de Emisiones Industriales (2010/75/UE, DEI) y del Capítulo V del Reglamento de Emisiones Industriales (Real Decreto 815/2013, REI).
• Plantas de incineración de residuos y de coincineración de residuos en el ámbito de aplicación del Capítulo IV de la DEI y del IV del REI.
Este tipo de instalaciones reportan mucha información anualmente, según se establece en el artículo 72 de la DEI, que se corresponde con información sobre su funcionamiento (horas de funcionamiento anuales, consumos de combustibles, desulfuración de los mismos), y emisiones de los contaminantes considerados principales (SO2, NOx, partículas), además de información descriptiva del grupo/planta y posibles particularidades del mismo. Esta información es la que se ha tratado de incluir en el CDE generado para las LCP, que reúne información sobre los siguientes aspectos:
• Características básicas de la planta de combustión
• Posición Geográfica
• Derogaciones y condiciones específicas de funcionamiento
• Consumos y forma de funcionamiento (combustibles art72 DEI)
• Emisiones contaminantes principales (art72 DEI)
El origen de la información es la información comunicada por los titulares de las plantas en la herramienta PRTR-España. Dado que para cada año se comunican muchos datos variables (consumos y emisiones fundamentalmente), el CDE se ha generado como un tabla en la que existe un registro para cada planta y año incorporado al reporte, con los consumos y emisiones correspondientes a ese año. Se ha incorporado la información correspondiente a los años 2018 y 2019, para los que se cuenta con información conforme al modelo de datos EU-Registry en el sistema PRTR-España.
Debe señalarse que en PRTR-España existe información sobre más plantas que las reportadas e Europa, porque si resultan aplicables las excepciones de los artículos 42.2 y 43 del REI (art.28 y 29 en la DEI) no debe reportarse la información desarrollada en el artículo 72 de la DEI. El CDE está construido incorporando estas plantas de combustión, añadiendo un campo en el que se recoge si resultan aplicables o no tales excepciones.