Registro de agentes de cooperación para el desarrollo de Castilla y León
Se consideran agentes de cooperación para el desarrollo aquellas entidades, de carácter público o privado, que intervengan en las tareas de cooperación para el desarrollo y compartan y respeten los objetivos y principios previstos en la LEY 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo.
La inscripción en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León es un requisito imprescindible para que aquellos organismos o entidades de nuestra Comunidad, que no sean Administración Pública, puedan recibir ayudas de la Administración de Castilla y León.
El listado del presente registro corresponde con aquellas entidades que cumpliendo los requisitos mencionados tengan domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma o delegaciones o sedes permanentes radicadas en este territorio.
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