La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) se publicita a través del sitio web del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, y es el sistema que de forma agregada proporciona la adecuada transparencia a las subvenciones y demás ayudas que conceden las Administraciones públicas en España. En concreto, ofrece información sobre las subvenciones y ayudas públicas concedidas por el sector público estatal desde 2014 y por el resto de las Administraciones públicas desde 2016, con las restricciones temporales previstas en el Real Decreto 130/2019. Su información es proporcionada por los órganos y entidades del sector público y se publica respetando y salvaguardando el honor y la intimidad personal o familiar de las personas físicas. La BDNS se regula en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 130/2019 por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, y se custodia en la Intervención General de la Administración del Estado.
Los derechos de oposición, rectificación y cancelación se ejercitarán ante el órgano o la entidad que concede cada subvención
La información es consultable en formato HTML, y es exportable a formatos CSV, XLS y PDF. Posibilita el acceso a datos mediante API-REST en formato JSON.
Comentarios
In reply to Buenos dias, necesitamos... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
El enlace para acceder a la BDNS, para registrar una convocatoria es el siguiente: https://webpub2.igae.hacienda.gob.es
Debe autenticarse con certificado electrónico, o Cl@ve, pulsando en el botón correspondiente:
La pantalla Aplicaciones del usuario le mostrara la BDNS:
Primeramente, para registrar una convocatoria, deberán seleccionar, en la BDNS, en el menú principal: Gestión de Datos > Convocatorias:
Y, en la página que se les abrirá, deberán seleccionar arriba a la derecha el icono de
A continuación, deberán completar el formulario que se les abrirá, con los datos de la convocatoria, siendo obligatorio completar los campos en amarillo, salvo el apartado
que sólo deberán completar si está cofinanciado con fondos de la UE.
En el siguiente enlace http://run.gob.es/tisomv en el apartado de documentación general puede encontrar un ZIP (Manuales BDSN 20) donde puede encontrar el Manual de Registro de Convocatorias, para que puedan consultar el procedimiento, así como el contenido de los campos a completar.
A efectos la BDNS se registran dos tipos de convocatorias:
- Convocatorias canónicas. Cuando el procedimiento de concesión de las subvenciones o ayudas públicas consta de un acto administrativo de convocatoria. La convocatoria canónica sigue los esquemas especiales de publicidad establecidos en la LGS: la convocatoria se publica en el Portal del SNPSAP (www.infosubvenciones.es) y su extracto se publica en el diario oficial correspondiente.
- Convocatorias instrumentales. Cuando el procedimiento de concesión prescinde del acto administrativo de convocatoria. El régimen especial de publicidad de la convocatoria previsto en la LGS (publicación de la convocatoria en el SNPSAP y publicación del extracto de la convocatoria en el diario oficial) no es de aplicación a las convocatorias instrumentales.
Una vez completados los campos, deben pinchar arriba a la derecha en el icono de
. Hecho esto, habrá quedado la convocatoria registrada en la BDNS.
A continuación, le explicamos como puede registrar las concesiones y pagos en BDNS, por si les es de ayuda:
Para registrar una concesión, previamente debe existir la convocatoria a la que esta pertenece y el beneficiario al que se le concede. Sin la preexistencia de estas entidades de información en BDNS, no se puede efectuar este registro. (Puede consultar el manual de Gestión de Personas que se encuentra dentro el ZIP mencionado anteriormente).
La secuencia natural de registro en BDNS es:
Por ello, el registro de concesiones se hace en dos fases:
Las concesiones y pagos puede registrarlos mediante cliente ligero (registrando cada una de las concesiones y los pagos correspondientes, individualmente) o mediante la carga de ficheros Excel válidos, conforme a las plantillas de carga definida en el proceso de registro de información, denominado “cargas masivas”.
El Manual BDNS-Cargas masivas de datos, (que puede enccontrar en el ZIP que se menciona más arriba) puede serle de ayuda.
La funcionalidad de la carga masiva de datos mediante plantillas Excel se encuentra dentro de la función “Gestión de Datos” del Menú de inicio:
Le recomendamos esta forma de registro de la información en la BDNS si tiene que registrar un número elevado de concesiones y pagos.
Para el registro de las concesiones mediante cliente ligero:
En el menú de inicio de la BDNS, debe acceder a: Gestión de datos >> Concesiones >> Concesiones. Una vez abierta la ventana de Relación de concesiones podrá crear una nueva concesión pulsando
y asociarla a la convocatoria que corresponda. No olvide al finalizar, pulsar el botón
.
(Se recomienda la lectura del apartado 5. Registro de Concesiones del Manual de Concesiones y Tesorería que se encuentra en el mismo ZIP que se menciona anteriormente).
Para el registro de los pagos:
En el menú de inicio de la BDNS, debe acceder a: Gestión de datos >> Concesiones >> Concesiones. Una vez abierta la ventana de Relación de concesiones podrá buscar la concesión a la que quiere asociarle el pago. Para acceder a ella, debe pulsar
y al final de la página Detalle concesión encontrará dónde añadir dichos pagos.
(Se recomienda la lectura del apartado 6.1. Añadir pagos del Manual de Concesiones y Tesorería que se encuentra en el ZIP mencionado anteriormente).
Les recordamos que, la información relativa a los pagos se deberá registrar en la BDNS cuando se vayan produciendo los hechos registrales de acuerdo con lo establecido en el art 5.2.b) del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas:
Creemos que podría serles útil realizar un Curso de Formación de la BDNS, para conocer bien el sistema de registro y utilización de la misma. Si quieren apuntarse pueden presentar su solicitud por escrito al correo bdns@igae.hacienda.gob.es.
Estamos a su disposición para aclarar cualquier duda que tenga al respecto.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Un saludo.
Unidad responsable de información RISP
Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y
Transparencia
Secretaría General Técnica. Ministerio de Hacienda.
C/ Alcalá nº 9, 4ª planta, 28071 Madrid.
datos.abiertos@hacienda.gob.es
http://www.hacienda.gob.es
In reply to Buenos dias, necesitamos... by ANNA CUFÍ
In reply to Pedimos des el... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
Necesitamos que nos indiquen desde qué órgano nos consultan, para poder indicarles correctamente los pasos a seguir para darle de Alta a su ayuntamiento en la BDNS.
Nos pueden responder directamente a través de la siguiente dirección de correo electrónico: BDNS@igae.hacienda.gob.es
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Un saludo.
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En enero puse aerotermia y solicité la subvención ...me gustaría alguna información de como van los trámites.. o saber donde puedo mirar como van ..gracias
In reply to Buenas tardes!! En... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
Consultado el SNPSAP www.infosubvenciones.es en la pestaña convocatorias utilizando el filtro “aerotermia” en este momento se muestran 12 registros (convocatorias):
Las convocatorias registradas en la BDNS en el ejercicio 2025 que contienen la palabra aerotermia en el título de la convocatoria son las siguientes:
Un saludo.
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Gracias y un saludo.
In reply to Buenas tardes, le... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
Para contactar con la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) por favor escriba a este correo: bdns@igae.hacienda.gob.es
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Un saludo.
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Al revisar la página web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el apartado de Concesiones y aplicando un filtro por fecha de concesión entre el 01/01/2016 y el 31/12/2019, no se muestra ninguna concesión. En la tabla aparece el mensaje: "No existen resultados para el filtro seleccionado."
¿Podrían indicarme a qué se debe que no aparezcan las concesiones otorgadas en ese periodo en la base de datos? ¿Es posible que los datos aún no estén cargados o se deba a algún tipo de incidencia técnica?
Gracias de antemano por su atención.
In reply to Buenos días, Al... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Buenos díass
En el SNPSAP hay un aviso legal:
Entre otras cosas dice:
La información sobre concesiones permanecerá publicada durante 4 años naturales siguientes al año en que se concedió, siendo retirada automáticamente por el propio SNPSAP transcurrido dicho plazo. En el caso de concesiones a favor de personas físicas, la publicidad se reduce al año de concesión y al año siguiente- No obstante, estos plazos se sustituirán por los establecidos en la normativa europea, en casi de que ésta señale plazos superiores.
Este es el motivo por el que las concesiones buscadas en las fechas indicadas (01/01/2016 y el 31/12/2019) no se muestran en el SNPSAP.
Un saludo
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In reply to En mis datos... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Buenos días,
Puede consultar en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (www.infosubvenciones.es) las subvenciones y ayudas públicas que ha recibido durante el año en curso y el año anterior.
Para ello, una vez acceda al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, en la parte superior de la página web seleccione la opción “Concesiones”. Por defecto, aparece seleccionada la opción “Inicio”.
Al clicar sobre la opción de “Concesiones” cambiará la página, mostrándose la subvenciones y ayudas públicas concedidas por el Sector Público Institucional.
En el margen izquierdo de la pantalla se le mostrará una relación de filtros de búsqueda. En el filtro de búsqueda “Beneficiario” teclee su DNI, NIE o NIF. Al clicar sobre el comando “Filtrar” se le mostrará las subvenciones y ayudas públicas que ha recibido en el año en curso y en el anterior.
La información que ofrece esta consulta comprende, entre otros aspectos, el órgano concedente de la ayuda, la convocatoria en virtud de la cual se le ha concedido la ayuda, la fecha de concesión de la ayuda, así como el importe concedido. Si clica sobre el texto que figura en la columna “Convocatoria” se abrirá una nueva página que muestra el detalle de la convocatoria.
El hecho de que no obtenga resultados no debe ser interpretado como que no ha recibido subvenciones y/o ayudas públicas entre 2024 y 2025. Cabe la posibilidad de que el órgano concedente no haya registrado la información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Si el pago de la ayuda que figura en sus datos fiscales corresponde a una subvención o ayuda pública concedida con anterioridad a 2024, por razones de protección de datos, el sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas no le mostrará información al respecto.
Un saludo.
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¿Cómo se puede tener información de por qué no tienen datos asociados de beneficiarios dos publicaciones? Son las correspondientes a los códigos BDNS 815003 y 814957, publicadas el 14/02/2025. No tienen datos para consultar los beneficiaros, cuando en las convocatorias equivalentes de años anteriores sí figuran esos datos en el portal. Gracias.
In reply to Hola, ¿Cómo se... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
La información que ofrece el portal público de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) es proporcionada por las administraciones públicas y las entidades integrantes del sector público institucional en cumplimiento de la obligación de suministro de información prevista en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La BDNS es un sistema integrado por la información aportada por diferentes Administraciones y órganos que conceden subvenciones y ayudas públicas; cada uno de ellos mantiene la propiedad y responsabilidad del contenido suministrado a la BDNS.
El tiempo del que disponen los órganos concedentes para informar a BDNS de sus concesiones debe aportarse antes de que finalice el mes siguiente al de su producción. Nosotros no disponemos de las fechas de producción hasta que nos informan.
Dada la fecha de registro de las convocatorias 14/02/2025 no ha transcurrido un plazo excesivo para la resolución de concesión y, una vez resuelto, el plazo legal de registro.
Anualmente se hace un seguimiento de las posibles incongruencias por falta de información.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente.
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Cuando cuente con perfil, ¿Cómo se da publicidad a las subvenciones directas? ¿Esa publicidad es anterior o posterior al convenio?
¿La entidad beneficiaria ha de estar federada o basta con que tenga personalidad jurídica?
In reply to Desde el Ayuntamiento... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario
Para suministrar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) es preciso que el Ayuntamiento está federado a la BDNS. Póngase en contacto con la BDNS a través de la dirección de correo BDNS@igae.hacienda.gob.es, y le indicarán los pasos a realizar.
Atentamente.
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In reply to Buenos días, como... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
Puede consultar la información que desea en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio.
El SNPSAP (www.infosubvenciones.es) es la parte pública de la BDNS, a través de la cual se da cumplimiento a las obligaciones de publicidad establecidas en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en el artículo 20 de la Ley General de Subvenciones. Así, el SNPSAP publica todas las convocatorias registradas en la BDNS, las concesiones de subvenciones y ayudas públicas que son publicables, los planes estratégicos de subvenciones y las sanciones firmes impuestas por infracciones graves cuando así se recoja expresamente en la sanción.
Tanto en la pestaña convocatorias, como en concesiones puede utilizar los distintos filtros de búsqueda:
Estamos a su disposición para aclarar cualquier duda que tenga al respecto.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente.
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In reply to Hola, existe alguna... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
Integración con el SNPSAP mediante una interfaz API REST
El Sistema Nacional de Publicidad y Transparencia de Subvenciones y Ayudas Públicas (www.infosubvenciones.es) ofrece, desde junio de 2022, una vía de integración automatizada para el acceso y descarga de información relativa a todas las convocatorias de subvenciones y ayudas públicas, y desde noviembre de 2023 se ha extendido a todos los conjuntos de datos que se visualizan en el portal.
Este acceso y posibilidad de descarga de datos, es complementario de las capacidades de descarga en los formatos abiertos CSV, PDF y XLSX que se vienen ofreciendo desde 2014, y está sometido a las mismas condiciones de uso y reutilización de información, que pueden (y deben) consultarse en el localizador https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.
Esta integración se ofrece mediante una interfaz API REST con descarga de archivos de datos en formato JSON. El acceso a esta API es público e irrestricto, al igual que el acceso manual al sitio web del SNPSAP.
¿Qué es una interfaz API REST?
Sin entrar en complejas definiciones informáticas, y a los simples efectos de esta Ayuda del SNPSAP, una API REST es un sistema de consulta y descarga de datos que permite prescindir de la consulta manual por “pantalla” mediante los filtros, y obtener los resultados de respuesta prescindiendo también de los cuadros de datos del SNPSAP.
Esta forma de consulta se basa en la especificación de un localizador URL (una dirección internet) que contiene todos los parámetros de la consulta. La posibilidad de integrar una consulta con todos sus parámetros en un URL hace viable automatizar estas consultas, de manera que pueden ser efectuadas periódicamente por un programa de ordenador, sin necesidad de intervención humana.
El resultado de la consulta a través de la API se devuelve al usuario (u ordenador) en un fichero con formato de datos JSON.
¿Qué es un archivo JSON?
JSON es un acrónimo de JavaScript Object Notation o Notación de Objetos de JavaScript. Es un formato ligero de intercambio de datos, que resulta sencillo de leer y escribir para los programadores, fácil de generar y de interpretar para los ordenadores, e independiente de cualquier lenguaje o programa. Es decir, es ideal para el intercambio de datos e información.
Trazabilidad de los accesos
Todas las operaciones y su respuesta generan una traza en los sistemas de la Oficina de Informática Presupuestaria de la IGAE.
Se conserva la siguiente información de cada petición:
Repositorio técnico para desarrolladores
La documentación técnica Swagger para desarrolladores se encuentra permanentemente actualizada en: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/doc/swagge
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente
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Un saludo
In reply to Buenos días, en... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
En la BDNS lo primero que tiene que hacer es registrar la convocatoria.
Registrada la convocatoria registrara el resto de las entidades de información: beneficiarios, concesiones, pagos …
En el siguiente enlace encontrará el manual en que se le indican los pasos de como registrarla en la BDNS.
Pueden descargarse el manual del siguiente enlace:
https://www.oficinavirtual.pap.hacienda.gob.es/sitios/oficinavirtual/es-ES/CatalogoSistemasInformacion/TESEOnet/Documents/Manual%20BDNS%20Registro%20de%20convocatorias.pdf
Cualquier duda no dude en comentárnosla.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente.
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Un saludo
In reply to Buenos días, acabamos... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
En primer lugar, desconocemos el órgano al que pertenece y desde el que nos escribe.
Para registrar información en la BDNS, el órgano debe estar federado.
Además, si el órgano esta federado, la persona que registre información en la BDNS debe ser usuario de la misma con perfil edición.
Por tanto, para poderle contestar con mayor exactitud a su consulta, le solicitamos que nos envíe un correo electrónico a bdns@igae.hacienda.gob.es, explicando cual es la situación en la que se encuentra y su relación con la BDNS.
Atentamente.
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Una convocatoria de un concurso de cesión temporal de cuotas de participación de instalaciones solares fotovoltaicas municipales se debe publicar en el BOPB mediante la base de datos de subvenciones del ministerio de hacienda?Se trata como una subvención?
In reply to Buenas, Una convocatoria... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
La obligación de publicar en el Diario Oficial correspondiente el extracto de la convocatoria con la intermediación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones es aplicable únicamente a las convocatorias de subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que han sido aprobadas por el sector público estatal, local y las Comunidades Autónomas que han optado por no prescindir de este procedimiento.
La cesión temporal de cuotas de participación de las instalaciones solares fotovoltaicas municipales no es una subvención, por tanto, la convocatoria del concurso para la cesión temporal no está sujeta a la obligación de publicidad en el Diario Oficial, con la intermediación de la BDNS, del extracto de la convocatoria que establece el artículo20.8.a) de la Ley General de Subvenciones.
Si su duda versa sobre la obligación de registrar en la BDNS la información relativa a esta cesión temporal de las cuotas de participación de instalaciones solares fotovoltaicas municipales, debe ponerse en contacto con el equipo de la BDNS a través del siguiente correo electrónico: bdns@igae.hacienda.gob.es
Atentamente.
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In reply to Hemos aprobado el... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
El personal del Ayuntamiento que tenga la condición de usuario de la BDNS con perfil de edición debe registrar en la BDNS el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado. En el manual se explica cómo registrar el PES en la BDNS, dicho manual lo encontrara en el siguiente enlace, en concreto en la carpeta zip que tiene por nombre Manuales BDNS20
https://www.oficinavirtual.pap.hacienda.gob.es/sitios/oficinavirtual/es-ES/CatalogoSistemasInformacion/TESEOnet/Paginas/Documentaci%C3%B3n.aspx
En cualquier caso, indicar que el Ayuntamiento de Lucena del Puerto actualmente no está adherido a la BDNS por lo que no puede cumplir con la obligación de suministro de información a la BDNS ni puede consultar la información que obra en dicha Base.
Para que el Ayuntamiento se adhiera a la BDNS le recomendamos que se ponga en contacto con el equipo de administración y custodia de la BDNS a través de la siguiente dirección de correo electrónico: bdns@igae.hacienda.gob.es
Atentamente.
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In reply to Buenas, hemos cancelado... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) dispone de la información sobre subvenciones y ayudas públicas concedidas por las administraciones públicas y las entidades integrantes del sector público institucional que éstas facilitan en cumplimiento de la obligación de suministro de información prevista en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cada uno de los órganos obligados a suministrar la información a la BDNS mantiene la propiedad y responsabilidad del contenido de dicha información.
Por tanto, el equipo de la BDNS no puede eliminar de la Base de Datos Nacional de Subvenciones ninguna información registrada en ella, ni siquiera las ayudas al KIT Consulting registradas por Red.es.
Es la propia Red.es, entidad concedente de las subvenciones quien debe eliminar de la BDNS cualquier información errónea que haya registrado en la Base Nacional.
Así se recoge en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas que establece expresamente que los derechos de oposición, rectificación y cancelación de la información que obre en la BDDNS se ejercitarán ante el órgano responsable del suministro de esa información.
Le recomendamos que ejerza ante Red.es su derecho a la rectificación o, en su caso, a la supresión de la información errónea registrada en la BDNS.
Atentamente.
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In reply to <p>Estimado usuario,</p> <p>La Base... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
In reply to Hola, quiero saber... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuario,
Los órganos obligados a suministrar información a la BDNS están obligados a actualizar dicha información cuando se producen cambios que afectan a la misma.
A modo de ejemplo, si una convocatoria es anulada esta circunstancia se debe reflejar en la BDNS, al igual que si la convocatoria resulta desierta. Si se aprueban modificaciones en la convocatoria que afecta a alguno de los aspectos recogidos en el extracto de la convocatoria (crédito disponible, plazo de presentación de solicitudes,…), además de modificar la información en la BDNS, el órgano convocante debe publicar en el diario oficial una modificación del extracto de la convocatoria ya publicado.
El Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP) no tiene habilitado un sistema de notificaciones de los cambios efectuados en una convocatoria. El interesado debe consultar nuevamente la convocatoria en el SNPSAP para conocer esos cambios.
Ahora bien, el SNPSAP ofrece información sobre la fecha de registro y la fecha de publicación de los documentos que acompañan la convocatoria que permiten conocer los nuevos documentos asociados a la convocatoria.
En cuanto a las subvenciones concedidas en virtud de la convocatoria, se pueden consultar clicando sobre el comando “Ver concesiones de esta convocatoria” que ofrece el detalle de la convocatoria. Si el órgano concedente no ha registrado concesiones, el SNPSAP informa que no hay resultados que mostrar.
Atentamente.
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Estimado usuario,
Los órganos obligados a suministrar información a la BDNS están obligados a actualizar dicha información cuando se producen cambios que afectan a la misma.
A modo de ejemplo, si una convocatoria es anulada esta circunstancia se debe reflejar en la BDNS, al igual que si la convocatoria resulta desierta. Si se aprueban modificaciones en la convocatoria que afecta a alguno de los aspectos recogidos en el extracto de la convocatoria (crédito disponible, plazo de presentación de solicitudes,…), además de modificar la información en la BDNS, el órgano convocante debe publicar en el diario oficial una modificación del extracto de la convocatoria ya publicado.
El Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP) no tiene habilitado un sistema de notificaciones de los cambios efectuados en una convocatoria. El interesado debe consultar nuevamente la convocatoria en el SNPSAP para conocer esos cambios.
Ahora bien, el SNPSAP ofrece información sobre la fecha de registro y la fecha de publicación de los documentos que acompañan la convocatoria que permiten conocer los nuevos documentos asociados a la convocatoria.
En cuanto a las subvenciones concedidas en virtud de la convocatoria, se pueden consultar clicando sobre el comando “Ver concesiones de esta convocatoria” que ofrece el detalle de la convocatoria. Si el órgano concedente no ha registrado concesiones, el SNPSAP informa que no hay resultados que mostrar.
Atentamente.
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¿Cómo podemos saber cuándo desaparecemos de dicha base de datos? Nos urgen muchísimo porque el plazo para la presentación finaliza el 28 de febrero. ya me he puesto en contacto con Red.es y me comentan que es un problema de lentitud de BDNS en hacer el trámite. Necesito contestación urgente ya que perderemos la posibilidad de pedir la subvención.
Gracias, saludos.
In reply to Hemos recibido la... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
BDNS no hace , ni tiene que hacer, ningún trámite. Es el propietario de la información, RED.ES, el responsable de sus trámites, y la entidad a quien tiene que dirigirse para instarle el cumplimiento de sus obligaciones de registro y actualización.
Atentamente.
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In reply to Buenas tardes, les... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
La BDNS es un sistema integrado por la información aportada por diferentes Administraciones y órganos; cada uno de ellos mantiene la propiedad y responsabilidad del contenido suministrado a la BDNS
Por tanto, si la información de las concesiones relativas a su NIF no se muestra en el SNPSAP, puede ejercer el derecho de rectificación de sus datos ante el órgano responsable del suministro de la información (artículo 9.3 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas).
Indicarle que la información sobre concesiones permanecerá publicada durante los cuatro años naturales siguientes al año en que se concedió la subvención, siendo retirada automáticamente por el propio SNPSAP transcurrido dicho plazo. En el caso de concesiones a favor de personas físicas, la publicidad se reduce al año de concesión y al año siguiente. No obstante, estos plazos se sustituirán por los establecidos en la normativa europea, en caso de que ésta señale plazos superiores.
Atentamente.
Unidad responsable de información RISP
Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y Transparencia
Secretaría General Técnica. Ministerio de Hacienda.
C/ Alcalá nº 9, 4ª planta, 28071 Madrid.
datos.abiertos@hacienda.gob.es
http://www.hacienda.gob.es
In reply to En la Base... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario:
El portal SNPSyAP mantiene como información a consultar las concesiones hechas a personas físicas durante el año de concesión y el siguiente. Respecto a las personas jurídicas, permanecen durante los cuatro años naturales siguientes al año en el que se concedión la subvención. No obstante, estos plazos se sustituirán por los establecidos en la normativa europea, en caso de que ésta señale plazos superiores.
Por otro lado el SNPSAP es un portal integrado por la información aportada por diferentes Administraciones y órganos; cada uno de ellos mantiene la propiedad y responsabilidad del contenido suministrado a la BDNS (art. 9.1 del RD 130/2019). De acuerdo con lo previsto en el apartado 3 del artículo 9 del Real Decreto 130/2019, la Intervención General de la Administración del Estado es el órgano ante el que se ejercitará el derecho de acceso. Los derechos de oposición, rectificación y cancelación se ejercitarán ante el órgano responsable del suministro de la información.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Un cordial saludo,
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¿Cómo podemos saber cuándo desaparecemos de dicha base de datos? Nos urgen muchísimo porque el plazo para la presentación finaliza el 31 de dic iembre.
Gracias, saludos.
In reply to Hemos recibido la... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada Usuaria,
La BDNS es un sistema integrado por la información aportada por diferentes Administraciones y órganos; cada uno de ellos mantiene la propiedad y responsabilidad del contenido suministrado a la BDNS
Por tanto, si la información de las concesiones relativas a su empresa que obra en la BDNS no refleja fielmente el importe de la subvención o ayuda pública concedida, la empresa beneficiaria puede ejercer el derecho de rectificación de sus datos ante el órgano responsable del suministro de la información, que es el órgano concedente de la subvención o ayuda pública (artículo 9.3 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas), en su caso la Entidad Pública Empresarial Red.Es.
Le corresponde a la Entidad Pública Empresarial Red.Es que es el órgano concedente de la subvención o ayuda pública la baja en la BDNS de la ayuda concedida.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente
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In reply to Hemos recibido la... by Rosa Farre
In reply to Me pasa exactamente... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
BDNS no hace , ni tiene que hacer, ningún trámite. Es el propietario de la información, RED.ES, el responsable de sus trámites, y la entidad a quien tiene que dirigirse para instarle el cumplimiento de sus obligaciones de registro y actualización.
Atentamente.
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In reply to Hemos recibido la... by Rosa Farre
Donde puedo ver Confirmación a través de la BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES que no hay infracciones y sanciones contra la sociedad.
Gracias.
In reply to Buenos días: Donde... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Usuario,
De acuerdo con los prescrito por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el portal público del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas solo se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas en virtud del procedimiento sancionador establecido en esa última ley, y por el tiempo que en la resolución sancionadora se establezca. Estas se pueden consultar en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/infracionesSanciones
El resto de sanciones e inhabilitaciones por sentencia judicial firme son materia reservada y no se publicitan a través de este sistema.
Las condenas por sentencia firme del orden penal deberían estar, en principio, en el registro central de penados y rebeldes del Ministerio de Justicia.
Asimismo le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS 2020, además de en la sección “noticias” de la pantalla de entrada a la BDNS.
Atentamente
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podrían decirme dónde consultar las ayudas minimis cobradas??
In reply to Buenos días podrían... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada Usuaria,
Las ayudas concedidas las puede consultar en el portal del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/minimis
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In reply to Me gustaría saber... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Usuario,
No existe una categoría específica para las ayudas a los afectados por la DANA. Se pueden buscar en el portal filtrando por la palabra “DANA” siempre que esta figure en el título de la convocatoria.
Asimismo le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS 2020, además de en la sección “noticias” de la pantalla de entrada a la BDNS.
Saludos
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In reply to Hola. Me gustaría... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada Usuaria,
Para poder informalarla, por favor escribanos al siguiente correo electrónico: bdns@igae.hacienda.gob.es
Saludos
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Me gustaría saber si hay alguna forma de obtener los siguientes datos de una convocatoria:
- Ayuda máxima a recibir
- Presupuesto mínimo del proyecto para ser elegible
Estos dos datos se pueden encontrar abriendo los documentos vinculados a la convocatoria y buscando manualmente, pero quisiera saber si hay alguna manera de obtenerlos vía API directamente, o consultando en otra web usando el ID de la convocatoria.
Muchas gracias.
In reply to Hola, Me gustaría... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Usuario,
No todas las convocatorias incluyen esos dos condicionantes. Es más, en la mayoría de ellas no existen. Y si se establecen, están en el texto de la convocatoria, que es uno de los documentos que acompaña al registro de la convocatoria en el portal.
Puestos que esos datos estarían, en su caso, en el documento PDF de la convocatoria y no como datos estructurados de la misma, no hay en el Portal posibilidad de automatizar su búsqueda, salvo descargar uno a uno los PDF y buscar individualmente en su contenido.
Asimismo le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS 2020, además de en la sección “noticias” de la pantalla de entrada a la BDNS.
Saludos
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Es decir, se aprueba una convocatoria nueva, y es accesible su búsqueda mediante este endpoint. ¿Durante cuánto tiempo? ¿Cómo se determina su caducidad?
Gracias.
In reply to Hola, me gustaría... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Usuario
Tiene usted la explicación en la parte alta, encima de la tabla de datos:
<<En esta sección se muestran las últimas convocatorias cuyo extracto se publica en un boletín oficial y que han sido registradas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. Pulsando sobre el título (en español o en lengua cooficial) o sobre el código BDNS, puede acceder a los datos y documentos de la convocatoria.>>
Asimismo le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS 2020, además de en la sección “noticias” de la pantalla de entrada a la BDNS.
Saludos
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Estoy tratando de usar esta API para un proyecto de master y tenía un par de dudas.
1. Para que sirve exactamente crear una suscripción? Es simplemente un dato que luego puedo consultar o tiene alguna implicación más
2. Como puedo obtener todos los detalles de una convocatoria mediante la API. He visto el Schema pero no el endpoint para acceder a ellos.
Gracias de antemano,
Un saludo
In reply to Buenas tardes, Estoy... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario,
En la página 22 del Manual de Ayuda (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/estaticos/ayuda/AYUDA%20-%20Sistema%20Nacional%20de%20Publicidad%20de%20Subvenciones%20y%20Ayudas%20P%C3%BAblicas%20v2023.pdf) puede encontrar una descripción del servicio de alertas, su operación y objetivos.
Toda la información sobre la API REST para el acceso a datos la puede encontrar en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/doc/swagger
Saludos
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In reply to <p>Estimado usuario,</p> <p>En... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Creo que he podido encontrar casi todo, sin embargo me hace falta saber a que hace referencia el código vpd o identificador de portal.
No he encontrado nada en internet tampoco sobre él, ni un listado con estos códigos.
Hay algún documento que deba ver sobre él?
Un saludo
In reply to Gracias por la... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario.
El parámetro VPD sirve para identificar cada uno de los portales de las distintas administraciones que están alojados en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (en el caso del portal general: VPD = GE). En la página de inicio (columna de cajas de la izquierda) puede encontrar los enlaces a los microportales alojados actualmente.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente
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In reply to buenas, Hace un... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria
La cuestión que nos plantea no está dentro de la problemática de datos abiertos ni de la plataforma Base de Datos Nacional de Subvenciones. Para informarse sobre su problema específico debe dirigirse a la entidad pública que le otorgó en su momento la ayuda y a quien compete la gestión de la misma, incluida la de su publicidad y transparencia.
Le recomendamos dirigirse al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública en concreto a red.es.
Atentamente.
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In reply to buenas, Hace un... by Iago
In reply to Ante la misma... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Usuario,
El derecho de rectificación se ejerce ante el órgano propietario de los datos, que no es la IGAE, sino RED.ES.
Nosotros no podemos corregir esa información. (Artículo 9.3 del Real Decreto 130/2019) https://www.boe.es/eli/es/rd/2019/03/08/130
Inste a RED.ES, e infórmeles que si no acceden a la corrección (en el caso de ser esta necesaria) pueden incurrir en responsabilidades civiles por daños y perjuicios.
Atentamente
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http://www.hacienda.gob.es
In reply to Me han concedido... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario
La cuestión que nos plantea no está dentro de la problemática de datos abiertos ni de la plataforma Base de Datos Nacional de Subvenciones. Para informarse sobre su problema específico debe dirigirse a la entidad pública que le otorgó en su momento la ayuda y a quien compete la gestión de la misma, incluida la de su publicidad y transparencia.
Le recomendamos dirigirse al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública en concreto a red.es.
Atentamente.
Unidad responsable de información RISP
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In reply to Buenas tardes me... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria
La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) es el órgano responsable de la administración y custodia de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), actualmente la IGAE está encuadrada en la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la cual pertenece al Ministerio de Hacienda.
Atentamente
Reutilización de la Información del Sector Público
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Ministerio de Hacienda
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In reply to Cuándo se publicarán... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada Usuaria.
En relación a su consulta sobre la publicación de las convocatorias de ayudas 2024 para los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial (barrios, edificios y viviendas), entendemos que se refiere a la publicación de las mismas en el SNPSAP.
El Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP) es el sitio web a través del cual se cumple el mandato legal de dar publicidad y transparencia a las convocatorias de subvenciones o ayudas públicas, concesiones de éstas e infracciones y sanciones derivadas de la LGS. El sistema SNPSAP es accesible a través de distintas URLs, siendo la más sencilla www.infosubvenciones.es.
La BDNS es el sistema que está detrás (backend) y que se usa en el SNPSAP para cumplir sus fines. Así, una parte de la BDNS es de libre acceso público (www.infosubvenciones.es), mientras que el resto de elementos de información existentes en la BDNS se mantienen de acceso reservado, sólo accesibles a los órganos gestores de subvenciones, órganos remitentes y órganos de control en los términos previstos en la normativa vigente
Cuando se registra una convocatoria en la BDNS y, en el caso de una convocatoria canónica, se ha cumplimentado el formulario del extracto de la convocatoria y ordenado su publicación en el diario oficial, la Base de Datos ordena su publicación en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Ahora bien, la BDNS y el SNPSAP no son sistemas perfectamente sincrónicos, sino que existe un pequeño desfase o gap entre ambos. Los horarios en que el SNPSAP se actualiza con la nueva información de convocatorias (o la modificada) en BDNS son los siguientes: 9:15, 11:15, 13:15, 15:15 y 18:15. Además, de madrugada se refresca toda la información del InfoSubvenciones.es, incluyendo concesiones y demás entidades de información.
Le recordamos que en la dirección http://run.gob.es/tisomv puede encontrar permanentemente actualizados los documentos de divulgación sobre la BDNS, además de en la sección “noticias” de la pantalla de inicio de la aplicación web BDNS.
Atentamente.
Reutilización de la Información del Sector Público.
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Me he dirigido inicialmente al ICO para consultar la posición de riesgo. Han sido ellos quienes me han sugerido contactara con la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En cualquier caso, ¿disponen ustedes de alguna información relacionada con el ICO?
In reply to Hola de nuevo,... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada Sra., a través del buzón de correo electrónico bdns@igae.hacienda.gob.es puede dirigirse a los responsables de la Base de Datos Nacional de Subvenciones para trasladarles las cuestiones que Ud. plantea.
Unidad responsable de información RISP
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In reply to Buenas tardes, ¿... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
En relación a la consulta que nos plantea, le sugerimos dirigirse al Instituto de Credito Oficial (ICO) para solicitar dicha información, a través del siguiente enlace:
https://www.ico.es/contacto
Atentamente.
Unidad responsable de información RISP
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In reply to Buenas tardes, quisiera... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimada usuaria,
Puede consultar a través de su DNI si se le ha concedido alguna subvención a través del siguiente buscador: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/consulta
Con respecto a la expedición del certificado, en el caso que ser refiera a las ayudas de minimis dispone del siguiente enlace:
https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Procedimientos/Paginas/default.aspx?IdProcedimiento=2083&p=0&TMs=29&txtServiceSearch=certificado+subvenciones
Unidad responsable de información RISP
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In reply to ¡Buenas tardes, quisiera... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Sr., a través del buzón de correo electrónico bdns@igae.hacienda.gob.es puede dirigirse a los responsables de la Base de Datos Nacional de Subvenciones para trasladarles las cuestiones que Ud. Plantea.
Atentamente.
Unidad responsable de información RISP
Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y Transparencia
Secretaría General Técnica. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
C/ Alcalá nº 9, 4ª planta, 28071 Madrid.
datos.abiertos@hacienda.gob.es
http://www.hacienda.gob.es
Serian ustedes tan amables de compartir los links con la documentación actualizada?
In reply to Buenas, parece que... by Alfonso
In reply to Al igual que... by datos.gob.es
Estimado.
Le remitimos a la respuesta facilitada al comentario anterior por parte del organismo responsable de esta información.
Un saludo.
In reply to <p>Estimado.</p> <p>Le remitimos... by datos.gob.es
503 Service Temporarily Unavailable
muchas gracias por su atenciónIn reply to Muchas gracia por... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Usuario,
En la página web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) en la esquina superior derecha encontrará tres iconos para poder elegir el formato de descarga que desee, en concreto los formatos disponibles son: PDF, XLSX y CSV.
En relación a la pregunta del formato JSON, tienen usted un buzón para soporte técnico Contact Soporte técnico BDNS soportetecnicobdns@igae.hacienda.gob.es que le podrá informar de la cuestión que nos plantea.
Atentamente.
Reutilización de la Información del Sector Público
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Secretaría General Técnica
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In reply to Buenas, parece que... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Buenas noches:
Hemos comprobado que la Base de Datos Nacional de Subvenciones, vuelve a estar operativa, disculpen las molestias.
Atentamente
Reutilización de la Información del Sector Público
Subdirección General de Información de Transparencia, Protección de Datos y Servicios Web (DiR3: EA0023035)
Secretaría General Técnica
datos.abiertos@hacienda.gob.es
http://www.hacienda.gob.es
Desde Asedie queremos trasladar un problema que hemos venido encontrando recientemente sobre la reutilización de esta base de datos (Base de datos Nacional de subvenciones).
Para nuestros asociados y muchas otras empresas del Sector, es una información relevante ya que permite conocer que tipos de ayudas han sido beneficiarios los agentes económicos en España, pudiendo a partir de esta información generar un valor añadido en los productos y servicios que se pone a disposición de ciudadanos, empresas y sociedad en general.
El portal tiene una sería de funcionalidades que no permite una reutilización completa. Las funcionalidades disponibles son:
• Buscadores para localizar convocatorias, Concesiones, Ayudas de Estado, Minimis (concedidas por los Estados miembros de la Unión Europea con un importe inferior a 200.000 €). Dentro de los criterios de selección de cada uno de estos buscadores no se permite filtrar por la fecha de incorporación del registro o de actualización en el sistema, sino por la fecha de concesión o la fecha de registro de las convocatorias que no siempre se corresponden con el momento en el tiempo que se incorporan las mismas a este portal. Entendemos que esta circunstancia podría contemplarse como una mejora.
• A partir de los resultados obtenidos, el sistema permite la navegación registro a registro con una profundidad de información muy relevante y que sería la deseada por el Sector o la descarga en PDF, CSV o XLS que está limitada a un máximo de 10.000 registros y cuyo contenido esta también limitado a un conjunto de campos que no cumplen con las necesidades del Sector.
Sería muy beneficioso si se adaptase el sistema para permitir una reutilización completa, lógicamente bajo las condiciones que se crean necesarias para que se realice un acceso y reutilización responsable por parte del reutilizador.
Muchas gracias y un saludo,
In reply to Buenos días Desde... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado Sr., a través del buzón de correo electrónico bdns@igae.hacienda.gob.es puede dirigirse a los responsables de la Base de Datos Nacional de Subvenciones para trasladarles las cuestiones que Ud. plantea.
Atte
Reutilización de la Información del Sector Público
Subdirección General de Servicios Web, Transparencia y Protección de Datos (DiR3: EA0044689)
Secretaría General Técnica
datos.abiertos@hacienda.gob.es
http://www.hacienda.gob.es
Error 404 no encontrado
Desde el protocolo de transferencia de hipertexto RFC 2068 - HTTP / 1.1 :
10.4.5 404 no encontrado
El servidor no ha encontrado nada que coincida con el Request-URI. No se da ninguna indicación de si la condición es temporal o permanente.
Si el servidor no desea que esta información esté disponible para el cliente, se puede utilizar el código de estado 403 (Prohibido) en su lugar. El código de estado 410 (Gone) DEBE usarse si el servidor sabe, a través de algún mecanismo configurable internamente, que un recurso antiguo no está disponible permanentemente y no tiene una dirección de reenvío.
In reply to Intento acceder a... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
Estimado usuario, aunque lo sucedido pueda tratarse de un error puntual, le rogamos que con el fin de poder darle una respuesta adecuada a su comentario nos precise los pasos que llevado a cabo para realizar la consulta o acceso que ha devuelto el error señalado.
Atte.
Unidad RISP del Ministerio de Hacienda
In reply to Buen día, con... by datos.gob.es
Estimado:
Puede consultar en el área de descargas del DIR3 los nombres oficiales y los códigos de unidad orgánicas, consulte "Consulta de unidades y oficinas en DIR3"
Un saludo cordial,
datos.gob.es
In reply to <p>Estimado:</p> <p>Puede consultar... by Jose Carlos Montes
In reply to Ya he hecho... by Ministerio de Hacienda y Función Pública
BDNS utiliza para la identificación de los órganos gestores adheridos a la misma el código DIR3 y, solo como dato, la denominación DIR3.
En algunos casos particulares puede no coincidir la denominación, y en un menor número de casos, puede no coincidir el código. El motivo es que DIR3 no publica periódicamente actualizaciones, así por ejemplo, la última actualización es de 12 de abril de 2021, como puede verse en https://administracionelectronica.gob.es/ctt/dir3/descargas#.YMCUDWQzbIV , y la anterior actualización se había producido el 1 de enero de 2020.
En principio, BDNS no actualiza códigos y denominaciones sino cuando aparecen en DIR3, sin embargo, en ocasiones surge la necesidad de hacerlo para que los órganos gestores de BDNS puedan mantener su adecuada comunicación de información a BDNS y de BDNS con otros órganos intermediarios (Diarios Oficiales), Cesionarios,…
Por último, indicar que también puede, en algún caso, cometerse algún error o falta de actualización en BDNS por fallo u omisión de su personal, ya que la gestión de órganos en BDNS se efectúa de forma manual. Si nos concreta algún caso particular, trataremos de explicarle si efectivamente es un error en BDNS y lo rectificaríamos.
Saludos
Muchas gracias.
In reply to Estimados sres., En... by datos.gob.es
El nombre que aparece asociado al comentario se trata de un campo de carácter no obligatorio. El objetivo es ofrecer la oportunidad al interesado de incluir un campo de identificación que facilite la interacción entre usuarios
Se lo comunicamos a la BDNS Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y nos dicen: La limitación de 10.000 registros es una limitación técnica por capacidad de los servidores informáticos para atender solicitudes voluminosas de información simultáneamente. Pueden intentar fragmentar los conjuntos de datos en subconjuntos más pequeños empleando los filtros disponibles.
Como no podemos emplear más filtros, la conclusión es que no podemos obtener la información que es pública.
¿Por qué no se puede obtener esa información?, ¿si de verdad tienen problemas de capacidad con el servidor porqué no se amplía?. ¿ en última instancia porqué no nos mandan directamente la BDNS esa información.?, no será que ponen esa limitación para que no se pueda obtener la información que es pública, les rogaríamos nos puedan contestar a estas preguntas porque no podemos dejar nuestros estudio de una información pública porque los responsables de proporcionarlas nos la impiden por unos problemas técnicos que tienen que tener una solución. La información pública ha de proporcionarse siempre, las cuestiones técnicas se solucionan.
Esperamos una solución ya que no solo hay ese problema en esos días sino también en los días 06/03/2019, 11/03/2019, 15/03/2019, 15/03/2019 de otro organismo también, 21/03/2019, 11/04/2019/ 23/04/2019, 23/04/2019 de otro organismo también, 10/05/2019,……
También le hemos propuesto que en la selección de la Entidades Locales, debería haber una opción de seleccionar todas ya que actualmente hay que seleccionar pulsando en cada una de las 3019 entidades que tiene la pantalla, lo que hace inviable poder hacerlo por un problema de tiempo en pulsar esas 3019 veces, la contestación fue:
Respectos a las EELL, se puede solicitar varias simultáneamente, pero no hay una opción “todas”, por la tecnología informática en que está desarrollado el sistema.
Es decir que no la van a solucionar sino que no se puede pedir la información de las 3019 entidades por el problema de tiempo que indicamos.
No entendemos como si la aplicación a nuestro entender es casi perfecta, por estas dos cuestiones la hacen imposible de obtener la información.
Rogamos una respuesta, saludos
In reply to Estamos haciendo un... by MHAP RISP
A efectos de evitar la reutilización de la información para fines distintos de los establecidos durante su recogida, sólo se permite la descarga de información hasta un máximo de 10.000 registros.
Respecto a este límite conviene reproducir el criterio de la AEPD cuando tuvo ocasión de analizar este tema. En su informe señaló: “La limitación de las descargas de datos a un volumen máximo de 10.000 registros en cada consulta se valora positivamente, sin perjuicio de señalar que cabría estudiar si es posible rebajar esa cantidad de 10.000 registros en cada consulta, pues no deja de parecer algo elevada (o muy elevada) a los efectos de un mero registro de publicidad de las subvenciones, el cual, por comprender datos personales, plantea un riesgo para el derecho a la protección de datos de los interesados que se puede concretar en que el tercero pueda hacer caso omiso de los requisitos establecidos para el tratamiento posterior de dichos datos en la normativa de protección de datos o para la reutilización de dichos datos.”
Como se deduce del citado párrafo, la AEPD no solo valora positivamente el ejercicio de limitación al acceso a la información, sino que propugna una solución incluso más restrictiva que la adoptada finalmente en el SNPSAP.
La petición de la descarga de “una copia de la base de datos completa…”, podría ser inadmitida según el artículo 18.1.e) de la Ley 19/2013, que contempla el caso de inadmisión cuando la solicitud tenga un carácter abusivo no justificado con la finalidad de transparencia de esta Ley.
Esa petición incumpliría, probablemente, el principio de “minimización de datos” establecido en el artículo 5.1.c del Reglamento UE 2016/679, pues cabe colegir que difícilmente sería precisa toda la información para realizar cualquiera de las tareas previstas en el artículo 7.7 del RD130/2019 (BDNS), únicas que habilitan para acceder y reutilizar la información que se proporciona a través del SNPSAP.
En lo referente a la imposibilidad de seleccionar todos los municipios simultáneamente, además de todo lo anterior, no tiene ningún sentido desde un punto de vista informático funcional, siendo mucho más eficaz y eficiente el diseño actual.
Finalmente, conviene recordar que la información sobre subvenciones se recaba para cumplir los fines del artículo 20 de la LGS y por esta razón tiene carácter reservado y, por tanto, debe ser cedida (tanto mediante publicidad activa como mediante el ejercicio del derecho de acceso a la información) de forma restrictiva, cumpliendo siempre el principio de “limitación de la finalidad” contemplado en el artículo 5.1.b Reglamento UE 2016/679, principio que se pondría en riesgo si se cediera la información de forma completa.
En consecuencia, se considera que el SNPSAP cumple adecuadamente con el deber de publicidad establecido en la Ley 19/2013 y que por lo demás el contenido de la BDNS tiene carácter reservado. Según lo indicado en los artículos 16 y 22.3 de la Ley 19/2013 se permite el acceso parcial a la información en los términos en que se muestra en el SNPSAP y es posible denegar el suministro de la información mediante descarga de la totalidad de la información.
Reutilización de la Información del Sector Público
Subdirección General de Información de Transparencia, Protección de Datos y Servicios Web (DiR3: EA0023035)
Secretaría General Técnica
datos.abiertos@hacienda.gob.es
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In reply to <p>A efectos de... by andalucía por la enseñanza pública
Además lo que dicen de: En lo referente a la imposibilidad de seleccionar todos los municipios simultáneamente, además de todo lo anterior, no tiene ningún sentido desde un punto de vista informático funcional, siendo mucho más eficaz y eficiente el diseño actual.
Es una apreciación personal de ustedes porque si quiero saber las subvenciones que han realizado todas las Entidades Locales en un periodo de tiempo, no tengo que pulsar 3000 veces a todos lo municipios, por lo que desde un punto de vista informático eso es una aberración, pero comprendemos que cuando lo hicieron se equivocasen, pero por favor no dighan que es más operativo marcar 3000 poblaciones que marcar una vez quiero todas.
Vamos a mandar la queja al Consejo de Transparencia para ver si también opinan lo mismo que ustedes y la persona defensora del pueblo español para que podamos obtener los datos públicos de una manera lógica (descargar en formato informático) sin limitaciones, que por transparencia creemos que son públicas, tanto es así que si pedimos que nos digan todas las subvenciones desde los seis últimos años nos da POR PANTALLA en menos de 1 minuto, todos los registros Página de 166.447 Mostrando 1 - 50 de 8.322.310
Pero claro los puedos ver, pantalla a pantalla y copiar pantalla a pantalla, pero si queremos descargarlos para ver el total por entidad jurídica, nos topamos con las limitaciones, parecen que lo que hacen, en lugar de transparencia es proteger a las entidades júidicas, no sabemos en base a qué.
De todas formas esperando que no quiten de esta página nuestra opinión, el tratamiento que han tenido con nuestra entidad ha sido muy correcto aunque no coincidimos en el concepto de TRANSPARENCIA y DATOS PÚBLICOS.
Como ejemplo la Base de Datos de subvenciones de la Junta de Andalucía se puede descargar con más de 500.000 registros en menos de 1 minuto en formato informático.
Curiosamente la misma Base de datos que tienen ustedes en la Región de Murcia se puede descargar 50.000 registyros.
Qué pasa, ¿que estas dos comunidades incumplen la ley? o bien, quien la incumple son ustedes, pregunta sin respuesta de momento.
In reply to Lo que dice... by MHAP RISP
Efectivamente, el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP) sólo permite extraer información hasta un máximo de 10.000 registros de cada vez. Las razones ya se han recogido en comentarios anteriores así como en la respuesta a su solicitud de acceso a la información con referencia 001-047877 y a través del servicio de presentación de Quejas y Sugerencias ante el Ministerio de Hacienda y la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la empresa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Ahora se incorpora al comentario la cuestión acerca de la posibilidad de discernir dentro del SNPSAP entre concesiones otorgadas a personas físicas y a personas jurídicas. Al día de hoy, no se puede hacer tal diferenciación, lo cual no implica que se esté ocultando la información tal y como se señala; como se puede comprobar en la misma pantalla de concesiones del SNPSAP se puede consultar por el NIF o por el nombre (o secuencia de caracteres del nombre) de la entidad y el sistema proporciona todas las subvenciones y demás ayudas que haya percibido ese concreto beneficiario. Por lo demás, salvo por la limitación de los 10.000 registros, toda la información es pública y se puede acceder a ella de una forma u otra.
En cualquier caso, agradecemos nuevamente su interés y continuaremos en el esfuerzo de ir mejorando el acceso al contenido del SNPSAP a partir de las necesidades mostradas por todos los usuarios.
Atentamente,
Reutilización de la Información del Sector Público
Subdirección General de Servicios Web, Transparencia y Protección de Datos (DiR3: EA0044689)
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In reply to <p>Efectivamente, el Sistema... by andalucía por la enseñanza pública
La pregunta sin respuesta es ¿son todos los datos públicos? creemos que sí, ¿están protegidos las personas físicas? creemos que sí por los asterisco, ¿existe un problema informático para dar la base de datos? ninguno en menos de un minuto la base de datos de 50.000 registro de la región de Murcia (que es la misma que la de ustedes) se puede descargar. entonces ¿cual es el problema? pregunta sin respuesta por parte de ustedes, de momento, esperemos que las quejas a la persona defensora del pueblo español les haga reconocer su error, muchísimas gracias.
saludos
In reply to Estimados Sres, la... by MHAP RISP
Estimado señor: efectivamente, hay un límite de 10 000 registros por descarga debido a razones de capacidad de los servidores de la OIP.
Por otra parte, dicha limitación ha sido muy bien valorada por la Agencia Española de Protección de Datos, como mecanismo de refuerzo de la protección de datos personales frente a usos indebidos.
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In reply to <p>Estimado señor: efectivamente, hay... by ManuelArias
saludos cordiales
In reply to estoy intentando acceder... by MHAP RISP
Buenos días:
Se ha comprobado que la Base de Datos funciona correctamente (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) . Es posible que fuera un fallo puntual, vuelva a intentar acceder de nuevo.
Atentamente,
Reutilización de la Información del Sector Público
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In reply to <p style="margin: 0cm... by Andrés del Teso
Failure of Web Server bridge:
No backend server available for connection: timed out after 10 seconds or idempotent set to OFF or method
not idempotent.
Por otra parte no entiendo la razón por la que este mensaje solo se puede enviar si se acepta que red.es procese los datos proporcionados por mí sin explicar con detalle en qué consiste ese procesamiento, y mucho menos que se me obligue a aceptar que se obtengan otros datos indirectamente a partir de mi actividad. Por ello expongo m más rotunda disconformidad con esta aceptación
In reply to Los errores de... by MHAP RISP
El pasado sábado se interrumpió el servicio de la BDNS durante unas pocas horas para realizar actuaciones de mantenimiento urgente. La necesidad se detectó el mismo viernes por la tarde, de ahí la rapidez de la actuación, y la falta aviso previo para los usuarios. Disculpen las molestias que estos trabajos hayan podido causar.
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In reply to Los errores de... by datos.gob.es
En cuanto a la aclaración que reclama sobre la necesidad de aceptación de las condiciones fijadas por Red.es, indicarle que éstas son las condiciones genéricas fijadas por la Entidad. Le ofrecemos el teléfono que Red.es pone a disposición de los usuarios para atender cualquier consulta relacionada con la Protección de datos de carácter personal. Este es: 901 100 167