Accidentes de Tráfico con víctimas

Descripción

Se consideran accidentes de tráfico con víctimas los que se producen, o tienen su origen en una de las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y a consecuencia de los mismos una o varias personas resultan muertas y/o heridas. Se considera víctima mortal, toda persona que, como consecuencia del accidente, fallezca en el acto o dentro de los treinta días siguientes. Se consideran heridos graves, aquellas personas heridas en un accidente de circulación y cuyo estado precise una hospitalización superior a veinticuatro horas. Se consideran heridos leves, aquellas personas heridas en un accidente de circulación a los que no puede aplicarse la definición de herido grave. Las anteriores definiciones están recogidas en la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 18 de febrero de 1993, por la que se modifica la estadística de accidentes de circulación. Los datos que se muestran en esta sección son definitivos e integran la estadística de accidentes de tráfico con víctimas incluida en los Planes Estadísticos

Distribuciones

  • Accidentes de Tráfico (DGT en cifras) application/vnd.ms-excel
    XLS

Información adicional

Fecha de creación 31/12/1992 23:00 (UTC)
Fecha última actualización 19/10/2022 22:00 (UTC)
Frecuencia de actualización

Continuo

Cobertura temporal
  • Desde 17/02/1993 23:00 (UTC) hasta 17/12/2021 23:00 (UTC)
Cobertura geográfica España
Idiomas Español
Normativa
Tarifa Gratuita