Cumpliendo con Europa. El Reglamento de Conjuntos de Alto Valor de observación de la Tierra y medio ambiente
Fecha de la noticia: 07-06-2024

El Reglamento de ejecución (UE) 2023/138 de la Comisión Europea establece pautas claras para los organismos públicos en la disponibilidad de conjuntos de datos de alto valor en un plazo de 16 meses desde el 20 de enero de 2023. Estos conjuntos de datos de alto valor (High value datasets en inglés o HVD) se agrupan en los siguientes temas, los cuales ya se describían en este post: geoespacial, observación de la Tierra y medio ambiente, meteorología, estadística, sociedades y propiedad de sociedades, y movilidad.
Este artículo se centra en la categoría observación de la Tierra y medio ambiente, denominados como conjuntos de datos de alto valor de observación de la Tierra y medio ambiente (HVDOM en sus siglas en inglés).
Los datos de observación de la Tierra y medio ambiente en el reglamento de los conjuntos de alto valor
Los HVDOM incluyen los datos obtenidos en los siguientes ámbitos:
- Los datos espaciales u obtenidos por detección a distancia.
- Los datos terrestres o in situ.
En concreto, los organismos públicos se encuentran con la obligación de poner a la disposición de los ciudadanos los conjuntos de datos de alto valor que aparecen en diversas legislaciones:
- Los conjuntos de datos medioambientales y climáticos recogidos en los anexos de la Directiva 2007/2/CE del parlamento europeo y del consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la comunidad europea (Infrastructure for Spatial Information in Europe o INSPIRE), indicados en el siguiente visual:
Figura 1: Visual que resumen los conjuntos de datos medioambientales y climáticos recogidos en los anexos de la Directiva INSPIRE.
2. Los conjuntos de datos producidos en el contexto de los actos jurídicos y conocidos como datos prioritarios, definidos en la siguiente tabla:
Ámbito Medioambiental | Actos jurídicos que establecen las principales variables | |
Aire | Directiva 2008/50/CE | Directiva sobre calidad del aire |
Directiva 2004/107/CE | Aborda el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente. | |
Clima | Reglamento (UE) 2018/1999 | Gobernanza de la Unión de la Energía y la Acción Climática. |
Reglamento (CE) 1005/2009 | Sustancias que agotan la capa de ozono | |
Emisiones | Directiva 2010/75/UE | Directiva sobre emisiones industriales |
Directiva 2012/18/UE | Directiva SEVESO III | |
Directiva 91/676/CEE | Directiva de nitratos | |
Reglamento (CE) 166/2006 | Registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes | |
Reglamento (UE) 2017/852 | Regulación del Mercurio | |
Directiva (EU) 2016/2284 | Reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos | |
Protección de la naturaleza y biodiversidad |
Directiva 2009/147/CE | Directiva sobre aves |
Directiva 92/43/CEE | Directiva de hábitats | |
Reglamento (UE) 1143/2014 | Directiva sobre especies exóticas invasoras | |
Datos para el inventario de zonas protegidas designadas a nivel nacional (CDDA), regiones biogeográficas nacionales | Programa de trabajo anual de la AEMA - Áreas designadas a nivel nacional - CDDA Legislación nacional - Regiones biogeográficas nacionales |
|
Ruido | Directiva 2002/49/CE | Directiva sobre ruido |
Residuos | Directiva 1999/31/CE | Directiva sobre vertederos de residuos |
Directiva 2006/21/CE | Directiva sobre residuos extractivos | |
Directiva 86/278/CEE | Directiva sobre lodos de depuradora | |
Directiva 91/271/CEE | Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas | |
Reglamento (UE) 2019/1021 | Reglamento sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP) | |
Recomendación 2014/70/UE | Recomendación sobre fracturación hidráulica | |
Agua | Directiva 91/271/CEE | Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas |
Directiva 98/83/CE | Directiva sobre agua potable | |
Directiva 2006/7/CE | Directiva sobre aguas de baño | |
Directiva 2000/60/CE | Directiva marco del agua | |
Directiva 2006/118/CE | Directiva de Aguas Subterráneas | |
Directiva 2008/105/CE | Directiva de Normas de Calidad Ambienta | |
Directiva 2020/2184/UE | Directiva del Agua Potable | |
Directiva 2007/60/CE | Directiva sobre inundaciones | |
Directiva 2008/56/CE | Directiva marco sobre estrategia marina | |
Legislación horizontal | Directiva 2004/35/CE | Prevención y reparación de daños ambientales |
Reglamento (UE) 2020/852 | Taxonomía de la UE |
Figura 2: Tabla con las categorías de datos de HVDM y los actos jurídicos donde se recogen.
En esta URL del registro INSPIRE, está publicada la lista de los conjuntos de datos relativos a la presentación de informes medioambientales, que los Estados miembros deben facilitar de forma gradual.
Para garantizar la accesibilidad y la reutilización de todos estos valiosos conjuntos de datos, es imperativo seguir ciertas disposiciones que faciliten su publicación. Aquí están los requisitos clave, que son comunes para todas las categorías:
- Licencia abierta: Todos los conjuntos de datos deben estar disponibles para su reutilización bajo una licencia Creative Commons BY 4.0 o cualquier licencia abierta equivalente menos restrictiva. Esto fomenta la libertad de compartir y adaptar la información.
- Formato abierto y legible por máquina: Los datos deben presentarse en un formato abierto, legible por máquina y estar documentados públicamente. Esto asegura que la información sea fácilmente comprensible y accesible para cualquier persona o sistema automatizado.
- Interfaces de Programación de Aplicaciones (API) y descarga masiva: Se deben proporcionar interfaces de programación de aplicaciones (API) para facilitar el acceso programático a los datos como por ejemplo los servicios de descarga de acceso directo como los Web Feature Service, WFS. Además, la descarga masiva directa de conjuntos de datos debe ser posible, permitiendo opciones flexibles para los usuarios según sus necesidades
- Versión actualizada: La disponibilidad de los conjuntos de datos en su versión más actualizada es esencial. Esto garantiza que los usuarios accedan a la información más reciente, promoviendo la relevancia y la precisión de los datos. Por ello, será necesario disponer de los conjuntos de datos más actualizados, así como las versiones históricas de los conjuntos de datos disponibles.
- Escala y granularidad: Será necesario publicar los datos a los niveles de generalización disponibles hasta la escala de 1:5000, y abarcando todo el Estado miembro una vez combinados. Si los conjuntos de datos no están disponibles a esta escala, pero están disponibles con resoluciones espaciales superiores, se facilitarán con la resolución espacial disponible.
- Metadatos: Los metadatos que describan los datos relativos al conjunto de temas en el ámbito de la infraestructura de información espacial INSPIRE contendrán, como mínimo, los elementos de metadatos establecidos en el anexo del Reglamento (CE) nº 1205/2008 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2008.
- Semántica: Los conjuntos de datos se describirán en una documentación en línea completa y públicamente disponible que describa al menos la estructura de los datos y la semántica.
- Vocabularios: Los conjuntos de datos utilizarán vocabularios y taxonomías controlados por la Unión o internacionalmente reconocidos y documentados públicamente. Como las listas controladas definidas en el registro INSPIRE.
En España, ¿quién es el responsable de la creacion y mantenimiento de los HVD de observación de la Tierra y medio ambiente?
Hay varias organizaciones responsables de estos conjuntos de datos, por ejemplo, a nivel nacional, destacamos:
-
El Sistema Cartográfico Nacional (SCN), que publica las ortoimágenes, hidrografía, elevaciones, uso o cobertura del suelo.
-
El Instituto Geológico y Minero (IGME), responsable de los datos geológicos.
-
El Instituto Español de Oceanografía (IEO) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) se encarga de los rasgos oceanográficos.
-
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura publica los lugares protegidos de patrimonio histórico y cultura.
- El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) son los responsables de los conjuntos de datos sometidos a otras legislaciones medio ambientales, los datos prioritarios.
Todas estas organizaciones desempeñan un papel crucial en la implementación y el cumplimiento de las Directivas INSPIRE y LISIGE (Ley sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España), ambas fundamentales en la gestión de la información geográfica y medioambiental.
- La Directiva INSPIRE fue desarrollada en colaboración con los Estados miembros y países en proceso de adhesión de la Unión Europea. Su objetivo principal es hacer disponible la información geográfica necesaria para la gestión de políticas ambientales de la UE.
- En España, se transpone mediante la Ley 14/2010, conocida como LISIGE, que posteriormente fue modificada por la Ley 2/2018. Esta ley regula los datos y servicios geográficos, aplicándose a aquellos que se refieran a una zona geográfica del territorio nacional y que hayan sido generados o estén bajo la responsabilidad de las Administraciones públicas. Estos datos deben estar en formato electrónico y ser competencia de una Administración u organismo del sector público.
Tanto el SCN, instrumento regulado por la LISIGE que publica la información geográfica mediante la coordinación de organizaciones nacionales y las CC. AA, como MITECO y MAPA, coordinado con las comunidades autónomas, proporcionan acceso a una amplia gama de datos e información relacionada con la biodiversidad, el cambio climático, la calidad ambiental y muchos otros temas ambientales. Esto incluye el mantenimiento de la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) de MITECO y MAPA, que se alinea con las Directivas INSPIRE, medio ambientales y LISIGE, publicando los conjuntos de datos a través de servicios interoperables y localizables en el Catálogo Oficial de Datos y Servicios INSPIRE (CODSI), donde se encuentran disponibles datos y servicios geográficos regulados por la LISIGE en materia medioambiental y observación de la Tierra.
Destacamos, por ejemplo, que MITECO realiza esfuerzos para garantizar la adaptación de los principales conjuntos de datos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a la Directiva INSPIRE, cubriendo temas como las regiones biogeográficas, hábitats, biotopos y la distribución de especies.
El MITECO desempeña un papel esencial en la implementación de las Directivas INSPIRE y LISIGE en España, proporcionando acceso a datos e información geográfica clave para la gestión de políticas ambientales y la protección del patrimonio natural, ya que el patrimonio histórico y cultura le corresponde al Ministerio de Cultura.
¿Cumple España con el Reglamento de los HVD de observación de la Tierra y medio ambiente?
Gracias a la constante labor del Consejo Directivo de la Infraestructura de Información Geográfica de España (CODIIGE) desde la implementación de la LISIGE, España ha alcanzado un logro importante. Actualmente, en el Geoportal de INSPIRE se encuentra disponible una extensa variedad de información, clasificada como conjuntos de datos de observación de la Tierra y medio ambiente de alto valor. Esta información, procede de los recursos almacenados en el CODSI.
Figura 3: Captura del Geoportal Inspire.
A mayo de 2024 España tiene publicado en el Geoportal CODSI la siguiente información:
- Conjuntos de Datos INSPIRE: A continuación, se recoge el número de conjuntos de datos publicados por España en cada una de las temáticas INSPIRE obligatorias.
Temática INSPIRE |
Número de conjuntos de datos publicados |
Hidrografía |
33 |
Lugares protegidos |
27 |
Elevaciones |
20 |
Geología |
10 |
Cubierta terrestre |
60 |
Ortoimágenes |
16 |
Zonas sujetas a ordenación, a restricciones o reglamentaciones y unidades de notificación |
147 |
Regiones biogeográficas |
1 |
Instalaciones de observación ambiental |
100 |
Recursos energéticos |
10 |
Hábitats y biotopos |
9 |
Uso del suelo |
25 |
Recursos minerales |
0 |
Zonas de riesgo natural |
70 |
Rasgos geográficos oceanográficos |
2 |
Instalaciones de prodicción e industriales |
27 |
Distribuciones de las especies |
10 |
Suelo |
17 |
Regiones marinas |
9 |
TOTAL GENERAL | 593 |
Figura 4: Tabla con los conjuntos de datos publicados por España en cada una de las temáticas INSPIRE.
Véase aquí la definición de cada uno de los temas INSPIRE.
- Legislación medioambiental: se refiere a conjuntos de datos prioritarios agrupados por legislación pertinente en materia de presentación de informes medioambientales. La comisión, denominó a estos conjuntos de datos, “Datos Prioritarios” para fortalecer su importancia una vez que los datos de referencia ya estaban publicados.
Figura 5: Captura del Geoportal INSPIRE, donde se muestran los dominios medioambientales.
A continuación, se recogen todas las categorías (indicando también aquellas que no aplican para España con las siglas N/D):
Ámbito Medioambiental | Actos jurídicos que establecen las principales variables | ||
Aire |
Directiva 2008/50/CE |
Directiva sobre calidad del aire |
4 |
Directiva 2004/107/CE |
Aborda el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente. |
N/D* |
|
Clima |
Reglamento (UE) 2018/1999 |
Gobernanza de la Unión de la Energía y la Acción Climática. |
0 |
Reglamento (CE) 1005/2009 |
Sustancias que agotan la capa de ozono |
0 |
|
Emisiones |
Directiva 2010/75/UE |
Directiva sobre emisiones industriales |
1 |
Directiva 2012/18/UE |
Directiva SEVESO III |
0 |
|
Directiva 91/676/CEE |
Directiva de nitratos |
5 |
|
Reglamento (CE) 166/2006 |
Registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes |
2 |
|
Reglamento (UE) 2017/852 |
Regulación del Mercurio |
0 |
|
Directiva (EU) 2016/2284 |
Reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos |
0 |
|
Protección de la naturaleza y biodiversidad |
Directiva 2009/147/CE |
Directiva sobre aves |
3 |
Directiva 92/43/CEE |
Directiva de hábitats |
8 |
|
Reglamento (UE) 1143/2014 |
Directiva sobre especies exóticas invasoras |
1 |
|
Datos para el inventario de zonas protegidas designadas a nivel nacional (CDDA), regiones biogeográficas nacionales |
Programa de trabajo anual de la AEMA - Áreas designadas a nivel nacional - CDDA y Legislación nacional - Regiones biogeográficas nacionales |
0 |
|
Ruido |
Directiva 2002/49/CE |
Directiva sobre ruido |
0 |
Residuos |
Directiva 1999/31/CE |
Directiva sobre vertederos de residuos |
2 |
Directiva 2006/21/CE |
Directiva sobre residuos extractivos |
1 |
|
Directiva 86/278/CEE |
Directiva sobre lodos de depuradora |
1 |
|
Directiva 91/271/CEE |
Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas |
9 |
|
Reglamento (UE) 2019/1021 |
Reglamento sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP) |
0 |
|
Recomendación 2014/70/UE |
Recomendación sobre fracturación hidráulica |
0 |
|
Agua |
Directiva 91/271/CEE |
Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas |
9 |
Directiva 98/83/CE |
Directiva sobre agua potable |
0 |
|
Directiva 2006/7/CE |
Directiva sobre aguas de baño |
1 |
|
Directiva 2000/60/CE |
Directiva marco del agua |
17 |
|
Directiva 2006/118/CE |
Directiva de Aguas Subterráneas |
N/D* |
|
Directiva 2008/105/CE |
Directiva de Normas de Calidad Ambienta |
0 |
|
Directiva 2020/2184/UE |
Directiva del Agua Potable |
0 |
|
Directiva 2007/60/CE |
Directiva sobre inundaciones |
31 |
|
Directiva 2008/56/CE |
Directiva marco sobre estrategia marina |
4 |
|
Legislación horizontal |
Directiva 2004/35/CE |
Prevención y reparación de daños ambientales |
N/D* |
Reglamento (UE) 2020/852 |
Taxonomía de la UE |
N/D* |
|
Total |
99 |
Figura 5: Tabla con los conjuntos de datos publicados por España en cada una de las categoría en el contexto de los actos jurídicos destacados. *N/D = No data, se trata de categorías que no aplican para España.
La publicación de todos estos conjuntos de datos de alto valor supone un logro que refleja el compromiso continuo de nuestro país con la transparencia y el acceso a datos medioambientales y de observación de la Tierra de alta calidad.
España ha hecho avances significativos en el cumplimiento del Reglamento de Conjuntos de Alto Valor de observación de la Tierra y medio ambiente, con una notable cantidad de conjuntos de datos disponibles a través del Geoportal de INSPIRE. Esto abarca desde la Directiva 2008/50/CE sobre calidad del aire hasta la Directiva 2008/56/CE sobre estrategia marina, reflejando un enfoque integral en la gestión de información ambiental.
El cumplimiento con las Directivas y regulaciones europeas demuestra el compromiso de España con la transparencia y el acceso a la información ambiental de alta calidad. Además, se destacan los esfuerzos para asegurar la actualización y la accesibilidad de los datos, lo que incluye la adaptación de los principales conjuntos de datos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a la Directiva INSPIRE.
El esfuerzo conjunto entre el MITECO, MAPA y el Sistema Cartográfico Nacional y las comunidades autónomas subraya la importancia de un enfoque colaborativo para la gestión de la información ambiental y la observación de la Tierra, fundamentales en la protección y el desarrollo sostenible del patrimonio natural.
En definitiva, podemos decir que, en la actualidad, España cumple con el Reglamento de los HVD en casi todas las categorías, pero no cumple en las siguientes categorías:
No disponen de una API o descarga masiva
- Ortoimágenes
- Características geográficas oceanográficas
Falta de datos relacionado con las siguientes legislaciones medioambiental:
- Directiva 98/83/CE - Directiva sobre agua potable
- Directiva 2002/49/CE - Directiva sobre ruido
- Directiva 2012/18/UE - Directiva SEVESO III
- Legislación nacional - Regiones biogeográficas nacionales
- Recomendación 2014/70/UE - Recomendación sobre fracturación hidráulica
- Reglamento (UE) 2017/852 - Regulación del Mercurio
En resumen, España ha demostrado un fuerte compromiso con la transparencia y la accesibilidad a la información medioambiental de alta calidad, cumpliendo con la mayoría de las directivas europeas, aunque todavía necesita mejorar en áreas específicas como la provisión de API y la actualización de ciertos conjuntos de datos ambientales.
Contenido elaborado por Mayte Toscano, Senior Consultant en Tecnologías ligadas a la economía del dato. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.