El uso de datos abiertos en la educación: riesgos jurídicos a tener en cuenta
Fecha de la noticia: 19-11-2020

La conexión de los datos abiertos y la educación puede valorarse desde el punto de vista jurídico, al menos, desde una doble perspectiva. Así, en primer lugar, cabría poner el foco en las posibilidades de reutilización de aquellos que se generan en las actividades de gestión administrativa vinculadas a la prestación del servicio. Así, existen conjuntos de datos vinculados a la estadística, a la evolución de las matriculaciones en función de criterios diversos, a la ubicación de los centros educativos y sus respectivas áreas de influencia territorial, a las entidades privadas que gestionan ciertas actividades o, entre otros ejemplos, a la realización de determinadas actividades y el ofrecimiento de concretas opciones curriculares. Desde esta perspectiva son muchos los retos que pueden ayudar a mejorar los resultados del aprendizaje y, en general, la prestación del servicio.
Sin embargo, en segundo lugar, la utilización de los datos abiertos también puede integrarse en las metodologías y actividades propias del proceso educativo, ayudando así a modernizar el sistema con el objetivo de formar profesionales competentes capaces de hacer frente a los desafíos que plantea la sociedad digital. Desde esta segunda perspectiva, aun advirtiendo que no existe una regulación específica en el ámbito de la educación, deberían tenerse en cuenta las implicaciones jurídicas de las actividades que se realicen utilizando datos abiertos.
A este respecto, en el ámbito educativo resulta indiscutible la relevancia que el uso de datos abiertos puede tener si se integra en metodologías basadas en la interacción y la apuesta decidida por el conocimiento científico-tecnológico, en particular a la hora de fomentar el pensamiento crítico y la iniciativa autónoma, así como dinamizar la cohesión social. En este sentido debe destacarse la estrecha vinculación entre las actividades educativas y el ámbito cultural, interacción en la que la reutilización de la información del sector público adquiere una especial utilidad, tal y como se ha demostrado en el caso de los archivos, las bibliotecas o los museos.
3 consideraciones legales a tener en cuenta
A la hora de poner en marcha una iniciativa relacionada con los datos abiertos en el contexto de la educación la valoración de los requerimientos jurídicos adquiere una singular trascendencia, sobre todo desde una aproximación preventiva que evite problemas futuros, en particular por lo que se refiere a la responsabilidad en que pudiera incurrirse.
En este contexto, ¿cuáles son las principales variables a tener en cuenta?
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En primer lugar, ha de comprobarse que los contenidos objeto de la reutilización se encuentren publicados en condiciones que permitan su uso para las finalidades educativas o, al menos, para otros propósitos que sean compatibles, en particular desde la perspectiva de las normas sobre propiedad intelectual. A este respecto, la información relativa a las licencias de uso puede ofrecer una orientación inicial, si bien es cierto que la fuente de la que provienen los datos no siempre habrá realizado la oportuna indicación de manera específica. En caso de duda, antes de iniciar el proyecto conviene confirmar expresamente la viabilidad de los usos que se pretenda llevar a cabo contactando con algún responsable del portal donde se encuentren disponibles los datos o, en caso de existir, con el proveedor que los hubiese suministrado.
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En segundo lugar, conviene plantearse anticipadamente los términos y condiciones jurídicas en los que se ofrecerían a terceros los resultados del proyecto o iniciativa que se lleve a cabo en el ámbito educativo; particularmente si está prevista su difusión o, incluso, su comercialización, siempre que fuera posible teniendo en cuenta las restricciones derivadas del origen de los datos antes indicadas. En concreto, si se valora el uso de redes sociales debería revisarse el alcance de los términos de uso de la respectiva plataforma. Asimismo, es imprescindible tener en cuenta que el uso de las redes sociales no conlleve alguna restricción incompatible con las políticas de difusión de los resultados que se estén planteando, en particular si no se contempla la gratuidad. Por otro lado, cuando la actividad educativa en la que se utilicen los datos esté conectada con un proyecto investigador financiado con fondos públicos también sería necesario ponderar si la normativa sobre ciencia y tecnología o, en su caso, las bases de la convocatoria conllevan una obligación específica dirigida a facilitar el acceso libre, lo que resulta frecuente en el ámbito de la Unión Europea.
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Al margen de las anteriores consideraciones, es necesario evaluar sobre todo las implicaciones relativas a la protección de los datos de carácter personal. En concreto, la vinculación a personas físicas identificadas o identificables puede suponer un riesgo importante, ya que normalmente se requerirá disponer de su consentimiento, en particular si se pretende utilizar la información para otras finalidades distintas de aquella que justificará su difusión inicial. Es decir, el hecho de que los datos se hubiesen hecho públicos no autoriza necesariamente a su reutilización, salvo que se proceda a utilizar técnicas de anonimización con las garantías técnicas y jurídicas adecuadas. Por otro lado, a la hora de difundir el resultado de la actividad educativa realizada debería valorarse si la utilización de medios audiovisuales conlleva el tratamiento de datos de carácter personal y, singularmente, si puede verse afectado el derecho a la propia imagen, en particular si hay personas menores de edad implicadas.
En definitiva, la adecuada evaluación de las exigencias y requerimientos que contemplan las normas jurídicas constituye una exigencia ineludible a la hora de diseñar, ejecutar y poner en valor el uso de los datos abiertos en proyectos e iniciativas realizados en el ámbito educativo. Así pues, se trata de una variable que habrán tenido que tener en cuenta los equipos participantes en el Desafío Aporta 2020, que en esta ocasión se ha centrado en el valor del dato en la educación digital, sin duda uno de los ámbitos donde se requiere un mayor esfuerzo a la hora de afrontar los desafíos que está generando la pandemia del COVID-19.
Contenido elaborado por Julián Valero, catedrático de la Universidad de Murcia y Coordinador del Grupo de Investigación “Innovación, Derecho y Tecnología” (iDerTec).
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