Orientaciones sobre la protección de datos en la reutilización de la información del sector público

Fecha del documento: 13-10-2016

LOPD, Datos abiertos

La Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, establece que las Administraciones y los organismos públicos tienen la obligación inequívoca de autorizar la reutilización de su información, incluyendo a aquellas instituciones del ámbito cultural como museos, archivos y bibliotecas.

Con el fin de que la puesta a disposición de la información para su reutilización no interfiera con la privacidad de los datos de carácter personal, la Agencia Española de Protección de Datos ha publicado un documento de Orientaciones sobre protección de datos en la reutilización de la información del sector público donde se reúnen aquellos aspectos a tener en cuenta por el sector público a la hora de abrir sus datos de forma compatible con la garantía del derecho fundamental a la protección de datos reconocido en el artículo 18.4 de la Constitución, en el artículo 4.6 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Tal y como se refiere en el documento, el tratamiento y reutilización de la información del sector público por parte del reutilizador puede comportar la combinación de dicha información con otras fuentes de datos, la utilización de tecnologías de datos masivos (big data) o de minería de datos (data mining) que limitan el seguimiento y control sobre el uso de los datos abiertos públicos y, por ende, lo que podría producir incertidumbre respecto de la privacidad de dicha información. Sin embargo, según la AEPD, estos riesgos asociados no deberían suponer una restricción de la reutilizaciónteniendo en cuenta las ventajas que supone para el conjunto de la sociedad. La guía intenta dar respuesta a esta cuestión, resaltando la importancia de metodologías preventivas como la evaluación de impacto de la reutilización en la protección de datos personales (EIPD) -que analiza los posibles riesgos que puede implicar el tratamiento de los datos personales- y de soluciones proactivas como la anonimización de los datos, así como  las garantías jurídicas e instrumentos jurídicos precisos para recoger estas garantías.

El documento muestra cómo realizar la evaluación de impacto en la protección de datos por parte del organismo que autoriza la reutilización, el cual puede elaborar el análisis de forma autónoma o con la ayuda del reutilizador, sin facilitar, en tal caso, datos sensibles o de carácter personal.

A su vez, el texto indica cómo la anonimización puede reforzarse por medio de compromisos jurídicamente vinculantes como la indicación expresa de prohibir la reidentificación y reutilización de los datos personales en la toma de decisiones. Por último, también incluye algunas medidas de ejemplo para asegurar el cumplimiento de dichas garantías jurídicas: desde las evaluaciones periódicas sobre el riesgo de reidentificación; la realización de auditorías sobre el uso de la información reutilizada o la inclusión de advertencias en los sitios web sobre la reidentificación de los datos personales.

Gracias a esta guía de orientación, la Agencia Española de Protección de Datos abre el camino para difundir buenas prácticas de cara a encontrar la respuesta a uno de los principales riesgos asociados a la reutilización de la información del sector público como es la reidentificación de los ciudadanos, instruyendo a los gestores de las instituciones públicas sobre cómo facilitar los datos abiertos cumpliendo las debidas garantías jurídicas de protección de datos.

Documentación

    • Orientaciones sobre la protección de datos en la reutilización de la información del sector público
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