Según el artículo 4.1 de la La Ley 13/2004, de Caza de la Comunitat Valenciana “la titularidad de los derechos de caza sobre un terreno, entendiendo como tal el derecho de decidir su aprovechamiento cinegético, corresponde a sus propietarios”, por ello para la realización del registro de espacios cinegéticos el nivel de detalle usado ha sido la parcela catastral, unidad mínima para la formación de los cotos, observando además la colindancia de los diferentes espacios cinegéticos. Para la zonificación de los cotos según cuarteles o zonas con reglamentación especial, se realiza la digitalización de la cartografía aportada en los correspondientes PTOC (Plan Técnico de Ordenación Cinegética) vigentes. La cartografía digital realizada incluye una tabla asociada, relativa a las características legales y administrativas de cada uno de los espacios cinegéticos. Esta cobertura se presenta a título informativo