El sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC) se regula en el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre. Es el sistema de identificación de parcelas agrícolas (LPIS en inglés) previsto en la normativa comunitaria de la política agrícola común (PAC) como uno de los componentes del sistema integrado de gestión y control (SIGC) de las ayudas directas y otras asimiladas. Contiene la delimitación gráfica y atributos de los recintos ("parcelas de referencia" en la normativa comunitaria). Un recinto se define como una superficie continua de terreno, delimitada geográficamente, dentro de una parcela con un uso único de los definidos en el anexo II y con una referencia alfanumérica única. La parcela del SIGPAC es coincidente con la parcela catastral, salvo cuando por modificación de esta última aún no se haya registrado dicha modificación en SIGPAC. El sistema incluye además la capa de parcelas SIGPAC y la capa de ortofotos, entre otras, que completan a la capa de recintos. Los atributos de los recintos que contiene el SIGPAC son, aparte de sus datos gráficos e identificativos, el uso agrícola (dentro de las categorías definidas en el Anexo II del R.D.), la pendiente media, el coeficiente de regadío, la región del Régimen de Pago Básico y el coeficiente de admisibilidad en pastos (definido en el Art. 3.l. del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural). El ámbito del SIGPAC es nacional, y jurídicamente se configura como un registro público de carácter administrativo, dependiente del Fondo Español de Garantía Agraria y de las consejerías con competencias en materia de agricultura de las comunidades autónomas.