La Comisión Europea abre una consulta pública para conocer la opinión de la ciudadanía sobre su proyecto de ley de datos de alto valor
Fecha de la noticia: 08-06-2022
La actual Directiva 2019/1024 relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, adoptada en junio de 2019, se estableció para sustituir y mejorar la antigua Directiva 2003/98/CE. Entre sus objetivos estaba el impulso de la disponibilidad de los datos del sector público para su reutilización, estableciendo algunas normas mínimas de armonización que favorezcan su uso como materia prima para la innovación en todos los sectores económicos. Cabe destacar que esta directiva se ha incorporado en el ordenamiento español a través del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de varias directivas de la Unión Europea.
Entre los cambios más significativos que presentó la Directiva 2019/1024 se encontraba la elaboración de una lista de conjuntos de alto valor a resaltar entre aquellos en poder de los organismos públicos.
Datos de alto valor: definición y características
La Directiva describe los datos de alto valor como “documentos cuya reutilización está asociada a considerables beneficios para la sociedad, el medio ambiente y la economía, en particular debido a su idoneidad para la creación de servicios de valor añadido, aplicaciones y puestos de trabajo nuevos, dignos y de calidad, y al número de beneficiarios potenciales de los servicios de valor añadido y aplicaciones basados en tales conjuntos de datos”.
Esta definición nos ofrece algunas pistas sobre la forma en que se pueden identificar dichos conjuntos de datos de alto valor. La identificación se puede llevar a cabo a través de una serie de indicadores que incluyan:
- Potencial para generar:
- Beneficios sociales o medioambientales significativos
- Beneficios económicos y nuevos ingresos
- Servicios innovadores
- Potencial en cuanto a número de usuarios beneficiados, con atención particular a las PYMEs.
- Capacidad para ser combinados con otros conjuntos de datos.
¿Cómo se deben publicar los datos de alto valor?
Según la Directiva, la publicación de estos conjuntos de datos ha de cumplir los siguientes requisitos:
- Ser reutilizables de manera gratuita.
- Ofrecerse a través de interfaces de programación de aplicaciones (APIs).
- Estar disponibles en un formato legible por las máquinas.
- Presentar una opción de descarga masiva, siempre que sea posible.
Además, deben ser compatibles con las licencias estándar abiertas.
¿Qué categorías temáticas se consideran datos de alto valor?
La Estrategia Europea de Datos incorpora los datos de alto valor como una capa de datos común que facilita, junto con los datos procedentes del sector privado, el despliegue de espacios de datos sectoriales en áreas estratégicas.
Originalmente, la directiva incluía en su anexo una serie de temáticas prioritarias que podrían ser consideradas datos de alto valor: datos geoespaciales, observación de la tierra y medioambientales, meteorológicos, estadísticos, registros empresariales o datos sobre el transporte.
Sin embargo, estas categorías eran muy amplias. Por ello, la UE ha puesto en marcha una iniciativa para la realización de una lista donde se indique más concretamente qué tipo de datos son considerados de alto valor y cómo deben publicarse. Tras una amplia consulta a las partes interesadas y teniendo en cuenta el resultado de la evaluación de impacto, la Comisión determinó, dentro de cada una de las seis categorías de datos, varios conjuntos de datos de especial valor y las disposiciones para su publicación y reutilización.
La lista adopta la forma de un acto de ejecución vinculante. La granularidad y modalidad de publicación varía de un conjunto de datos a otro, intentando conseguir un balance entre los potenciales beneficios socioeconómicos y medioambientales, y la carga financiera y organizativa a soportar por los titulares de los datos públicos. También se deben tener en cuenta las legislaciones sectoriales ya existente que regulen estos conjuntos de datos.
Abierto el periodo de comentarios al proyecto de ley “Datos abiertos: disponibilidad de conjuntos de datos públicos”
El siguiente paso es conocer la opinión de la ciudadanía sobre los datasets propuestos. Actualmente la Comisión Europea mantiene abierta una sección específica en su web, al final de la cual, cualquier ciudadano de la Unión Europea puede aportar sus comentarios para ayudar a mejorar y enriquecer esta iniciativa. La consulta pública tendrá una duración de cuatro semanas, desde el pasado 24 de mayo hasta el próximo 21 de junio de 2022.
Para poder presentar tu comentario, tan solo necesitarás registrarte utilizando tu correo electrónico o algunas redes sociales más populares, como Twitter o Facebook.
Recuerda que para poder expresar tu opinión y que sea tenida en cuenta por el organismo público, tu comentario deberá cumplir con las reglas y normas establecidas. Además, puedes consultar los comentarios ya realizados por otros ciudadanos de diferentes países y que se ofrecen de manera pública. La web también incluye una visualización que presenta datos sobre el número de opiniones ofrecidas por país o la categoría a la que pertenecen los participantes (empresas privadas, instituciones académicas, de investigación, ONGs, ciudadanía, etc.).
Esta lista supondrá un hito realmente importante ya que, por primera vez en muchos años, se podrá establecer una guía explícita y común sobre cuáles son los conjuntos mínimos de datos que deben estar siempre disponibles y cuáles deben ser las condiciones para su reutilización en toda la Unión Europea.
A nivel de España, la Oficina del Dato, en colaboración de los actores interesados, será la encargada de aterrizar esta lista y especificar otros conjuntos de datos adicionales, tanto públicos como privados, en base a lo indicado en el Real Decreto-ley 24/2021.