Accidentes de Tráfico con víctimas

Descripció

Se consideran accidentes de tráfico con víctimas los que se producen, o tienen su origen en una de las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y a consecuencia de los mismos una o varias personas resultan muertas y/o heridas. Se considera víctima mortal, toda persona que, como consecuencia del accidente, fallezca en el acto o dentro de los treinta días siguientes. Se consideran heridos graves, aquellas personas heridas en un accidente de circulación y cuyo estado precise una hospitalización superior a veinticuatro horas. Se consideran heridos leves, aquellas personas heridas en un accidente de circulación a los que no puede aplicarse la definición de herido grave. Las anteriores definiciones están recogidas en la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 18 de febrero de 1993, por la que se modifica la estadística de accidentes de circulación. Los datos que se muestran en esta sección son definitivos e integran la estadística de accidentes de tráfico con víctimas incluida en los Planes Estadísticos

Distribucions

  • Accidentes de Tráfico (DGT en cifras)
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Informació addicional

Data de creació 31/12/1992 23:00 (UTC)
Data d'última actualització 19/10/2022 22:00 (UTC)
Freqüència d'actualització

Continu

Cobertura temporal
  • De 17/02/1993 23:00 (UTC) a 17/12/2021 23:00 (UTC)
Cobertura geogràfica España
Idiomes Espanyol
Normativa
Tarifa Gratuita