Las claves de la Ley sobre reutilización de la información del sector público en España

Fecha de la noticia: 10-03-2023

Las claves de la Ley sobre reutilización de la información del sector público en España

El sector público en España tendrá el deber de garantizar la apertura de sus datos desde el diseño y por defecto, así como su reutilización. Así lo recoge la modificación de la Ley 37/2007 sobre la reutilización de la información del sector público en aplicación de la Directiva Europea 2019/1024.

Esta nueva redacción de la norma busca ampliar el ámbito de aplicación de la Ley para acercar las garantías y obligaciones jurídicas al contexto tecnológico, social y económico actual. En este escenario, la normativa vigente tiene en cuenta que una mayor disponibilidad de los datos del sector público puede contribuir al desarrollo de tecnologías tan punteras como la inteligencia artificial y todas sus aplicaciones.

Además, esta iniciativa está alineada con la Estrategia de datos de la Unión Europea dirigida a la creación de un mercado único de datos en el que la información fluya libremente entre los estados y el sector privado en un intercambio que beneficie ambas partes.

De los datos de alto valor a la unidad responsable de información: obligaciones de la Ley 37/2007

En la siguiente infografía, destacamos las principales obligaciones que recoge el texto consolidado de la ley. Se enfatiza en deberes como impulsar la apertura de datos de alto valor (HVDS, por sus siglas en inglés, High Value Datasets), es decir, conjuntos de datos con un gran potencial para generar beneficios sociales, medioambientales y económicos. Tal y como dicta la Ley, los HVDS deberán publicarse con licencia de atribución de datos abiertos (CC BY 4.0 o equivalente), en formato legible por máquinas y acompañados de metadatos que describan las características de los conjuntos de datos. Todo ello será de acceso público y gratuito con el objetivo de incentivar el desarrollo tecnológico, económico y social, especialmente de las PYMEs.

Además de la publicación de los datos de alto valor, todas las administraciones públicas tendrán la obligación de disponer de catálogos propios de datos que interoperarán con el Catálogo Nacional siguiendo la NTI-RISP, con el objetivo de contribuir a su enriquecimiento. Como ocurre con los HVDS, el acceso a los conjuntos de datos de las AA. PP. deberá ser gratuito salvo excepciones en las que se podrían aplicar costes marginales resultado del tratamiento de los datos.

Para garantizar la gobernabilidad del dato, la ley establece la necesidad de designar una unidad responsable de información para cada entidad que coordine la apertura y reutilización de los datos, y que se encargue de responder a las solicitudes y demandas ciudadanas.

En definitiva, la Ley 37/2007, ha sido modificada con el objetivo de ofrecer garantías jurídicas a las exigencias de competitividad e innovación que suscitan tecnologías como la inteligencia artificial o el internet de las cosas, así como a realidades como los espacios de datos donde los datos abiertos se presentan como una pieza clave.

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