En febrero de 2024, la comunidad geoespacial europea dio un gran paso adelante con la primera actualización importante de los esquemas de aplicación de INSPIRE en casi una década. Esta actualización, que genera la versión 5.0 de los esquemas, introduce cambios que afectan a la forma en que se armonizan, transforman y publican los datos espaciales en Europa. Para implementadores, responsables de políticas y usuarios de datos, estas modificaciones suponen tanto desafíos como oportunidades.
En este artículo, explicaremos qué implican estos cambios, cómo impactan en la validación de los datos y qué pasos se deben seguir para adaptarse a este nuevo escenario.
¿Qué es INSPIRE y por qué importa?
La Directiva INSPIRE (Infrastructure for Spatial Information in Europe) determina las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información espacial en la Comunidad Europea basada en las Infraestructuras de los Estados miembros. Aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 14 de marzo de 2007 (Directiva 2007/2/CE), está diseñada para lograr estos objetivos, asegurando que la información espacial sea coherente y accesible a lo largo de los países miembros de la UE.
Un elemento clave de INSPIRE son los "esquemas de aplicación". Estos esquemas definen cómo deben estructurarse los datos para que cumplan con las normas de INSPIRE, garantizando que los datos de diferentes países sean compatibles entre sí. Además, los esquemas facilitan que los datos puedan ser validados con herramientas oficiales, asegurando su calidad y conformidad con los estándares europeos.
¿Qué cambia con la actualización a la versión 5.0?
La transición a la versión 5.0 trae modificaciones significativas, algunas de las cuales no son compatibles con versiones anteriores. Entre los cambios más destacados están:
- Eliminación de propiedades obligatorias: esto simplifica los modelos de datos, pero requiere que los implementadores revisen sus configuraciones previas y ajusten los datos para cumplir con las nuevas reglas.
- Renombramiento de tipos y propiedades: con la actualización de los esquemas INSPIRE a la versión 5.0, algunos nombres y definiciones de elementos han cambiado. Esto significa que los datos que se armonizaron siguiendo los esquemas de la versión 4.x ya no coinciden exactamente con las nuevas especificaciones. Para que estos datos sigan siendo conformes con las normas actuales, es necesario volver a transformarlos usando herramientas actualizadas. Esta retransformación garantiza que los datos sigan cumpliendo con los estándares de INSPIRE y que puedan ser compartidos y utilizados sin problemas en toda Europa. La tabla completa con estas actualizaciones es la siguiente:
| Esquema | Descripción del cambio | Tipo de cambio | Última versión |
|---|---|---|---|
| ad | Cambiado el tipo de dato para la asociación "building" del tipo de entidad Address. | No disruptivo | v4.1 |
| au | Eliminada la enumeración del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| BaseTypes.xsd | Eliminada la enumeración VerticalPositionValue del esquema BaseTypes. | Disruptivo | v4.0 |
| ef | Añadido un nuevo atributo "thematicId" al tipo de objeto espacial AbstractMonitoringObject. | No disruptivo | v4.1 |
| el-cov | Cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| ElevationBaseTypes.xsd | Eliminada la enumeración del esquema. | Disruptivo | v5.0. |
| el-tin | Cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| el-vec | Eliminada la enumeración del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| hh | Añadidos nuevos atributos al tipo EnvHealthDeterminantMeasure, nuevos tipos de entidad y eliminados algunos tipos de datos. | Disruptivo | v5.0 |
| hy | Actualizado a la versión 5.0 ya que el esquema importa el esquema hy-p que se actualizó a la versión 5. | Disruptivos y no disruptivos | v5.0 |
| hyp | Cambiado el tipo de dato del atributo geometry del tipo DrainageBasin. | Disruptivos y no disruptivos | v5.0 |
| lcv | Añadido rol de asociación al tipo de entidad LandCoverUnit. | Disruptivo | v5.0 |
| mu | Cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones | Disruptivo | v4.0 |
| nz-core | Eliminada la enumeración del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| ObservableProperties.xsd | Eliminada la enumeración del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v4.0 |
| pf | Cambiada la definición del tipo de entidad ProductionInstallation. | No disruptivo | v4.1 |
| plu | Corregido error tipográfico en el atributo "backgroudMapURI" del tipo de dato BackgroundMapValue. | Disruptivo | v4.0.1 |
| ps | Corregido error tipográfico en inspireId, añadido un nuevo atributo, y movidos atributos al tipo de dato. | Disruptivo | v5.0 |
| sr | Cambiado el estereotipo del objeto ShoreSegment de featureType a datatype. | Disruptivo | v4.0.1 |
| su-vector | Añadido un nuevo atributo StatisticalUnitType al tipo de entidad VectorStatisticalUnit | No disruptivo | v4.1 |
| tn | Eliminada la enumeración del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| tn-a | Cambiado el tipo de dato para la asociación "controlTowers" del tipo de entidad AerodromeNode. | No disruptivo | v4.1 |
| tn-ra | Eliminadas las enumeraciones del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| tn-ro | Eliminadas las enumeraciones del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| tn-w | Eliminado el estereotipo abstracto para el tipo de entidad TrafficSeparationScheme. Eliminadas enumeraciones del esquema y cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivos y no disruptivos | v5.0 |
| us-govserv | Actualizada la versión del esquema importado us-net-common (de 4.0 a 5.0). | Disruptivo | v5.0 |
| us-net-common | Definido el tipo de dato para el atributo authorityRole. Cambiado el encoding de los atributos que se refieren a enumeraciones. | Disruptivo | v5.0 |
| us-net-el | Actualizada la versión del esquema importado us-net-common (de 4.0 a 5.0). | Disruptivo | v5.0 |
| us-net-ogc | Actualizada la versión del esquema importado us-net-common (de 4.0 a 5.0). | Disruptivo | v5.0 |
| us-net-sw | Actualizada la versión del esquema importado us-net-common (de 4.0 a 5.0). | Disruptivo | v5.0 |
| us-net-th | Actualizada la versión del esquema importado us-net-common (de 4.0 a 5.0). | Disruptivo | v5.0 |
| us-net-wa | Actualizada la versión del esquema importado us-net-common (de 4.0 a 5.0). | Disruptivo | v5.0 |
Figura 1. Últimas actualizaciones de INSPIRE.
- Cambios importantes en la versión 4.0: aunque normalmente un cambio importante en un esquema llevaría a una nueva versión principal (por ejemplo, de la 4.0 a la 5.0), algunos esquemas de INSPIRE en la versión 4.0 han recibido actualizaciones significativas sin cambiar de número de versión. Un ejemplo notable de esto es el esquema de Uso del Suelo Planificado (PLU). Estas actualizaciones implican que los proyectos y servicios que utilizan el esquema PLU en la versión 4.0 deben ser revisados y modificados para adaptarse a las nuevas especificaciones. Esto es particularmente relevante para aquellos que trabajan con XPlanung, un estándar utilizado en la planificación urbana y del uso del suelo en algunos países europeos. Los cambios realizados en el esquema de PLU obligan a los implementadores a actualizar sus proyectos de transformación y a republicar los datos para asegurarse de que cumplen con las nuevas reglas de INSPIRE.
Impacto en la validación y el monitoreo
La actualización no solo afecta a la forma en que se estructuran los datos, sino también a cómo se validan. Las herramientas oficiales de INSPIRE, como el Validador, han incorporado las nuevas versiones de los esquemas, lo que genera diferentes escenarios de validación:
- Datos conformes con versiones anteriores: los datos armonizados según la versión 4.x aún pueden superar las pruebas básicas de validación, pero podrían fallar en pruebas específicas que exijan el uso de los esquemas actualizados.
- Pruebas específicas para temas actualizados: algunos temas, como los Sitios Protegidos, requieren que los datos sigan las versiones más recientes de los esquemas para superar todas las pruebas de conformidad.
Además, el Centro Común de Investigación (JRC en sus siglas en inglés) ha indicado que estas versiones actualizadas se utilizarán en el monitoreo oficial de INSPIRE a partir de 2025, lo que subraya la importancia de adaptarse lo antes posible.
¿Qué significa esto para los implementadores?
Para garantizar que los datos sean conformes con las últimas versiones de los esquemas y que puedan ser utilizados en sistemas europeos, es esencial tomar medidas concretas:
- Si estás publicando nuevos conjuntos de datos: utiliza las versiones actualizadas de los esquemas desde el principio.
- Si trabajas con datos existentes: actualiza los esquemas de tus conjuntos de datos para reflejar los cambios introducidos. Esto puede implicar ajustar tipos de características y realizar nuevas transformaciones.
- Servicios de publicación: si tus datos ya están publicados, necesitarás retransformarlos y republicarlos para garantizar que sean conformes con las nuevas especificaciones.
Estas acciones son esenciales no solo para cumplir con los estándares de INSPIRE, sino también para asegurar la interoperabilidad de los datos a largo plazo.
Conclusión
La actualización a la versión 5.0 de los esquemas INSPIRE representa un desafío técnico, pero también una oportunidad para mejorar la interoperabilidad y la usabilidad de los datos espaciales en Europa. Adoptar estas modificaciones no solo garantiza la conformidad normativa, sino que también posiciona a los implementadores como líderes en la modernización de la infraestructura de datos espaciales.
Aunque las actualizaciones pueden parecer complejas, tienen un propósito claro: fortalecer la interoperabilidad de los datos espaciales en Europa. Con datos mejor armonizados y herramientas actualizadas, será más fácil para gobiernos, empresas y organizaciones colaborar y tomar decisiones informadas sobre temas cruciales como la sostenibilidad, la gestión del territorio y el cambio climático.
Además, estas mejoras refuerzan el compromiso de INSPIRE con la innovación tecnológica, permitiendo que los datos espaciales europeos sean más accesibles, útiles y relevantes en un mundo cada vez más interconectado.
Contenido elaborado por Mayte Toscano, Senior Consultant en Tecnologías ligadas a la economía del dato. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
En el ámbito de los datos geoespaciales, la codificación y estandarización juegan un papel fundamental para garantizar la interoperabilidad entre sistemas y mejorar la accesibilidad a la información.
La Directiva INSPIRE (Infrastructure for Spatial Information in Europe) determina las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información espacial en la Comunidad Europea basada en las Infraestructuras de los Estados miembros. Aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 14 de marzo de 2007 (Directiva 2007/2/CE), está diseñada para lograr estos objetivos, asegurando que la información espacial sea coherente y accesible a lo largo de los países miembros de la UE.
Entre las diversas codificaciones disponibles para los conjuntos de datos INSPIRE, el estándar GeoPackage emerge como una alternativa flexible y eficiente frente a formatos tradicionales como GML o GeoJSON. Este artículo explorará cómo el GeoPackage puede mejorar la gestión de datos INSPIRE y cómo puede implementarse utilizando herramientas como hale studio, una plataforma visual que facilita la transformación de datos conforme a especificaciones INSPIRE.
¿Qué es GeoPackage?
GeoPackage es un estándar desarrollado por el Open Geospatial Consortium (OGC) que utiliza SQLite como base para almacenar información geoespacial de manera compacta y accesible. A diferencia de otros formatos que requieren procesos de transformación intermedios, los datos en un fichero GeoPackage pueden ser leídos y actualizados directamente en su formato nativo. Esto permite una mayor eficiencia en las operaciones de lectura y escritura, especialmente en aplicaciones GIS.
Principales características de GeoPackage
-
Formato abierto y estándar: al ser un estándar abierto, GeoPackage es adecuado para la publicación de datos espaciales abiertos, facilitando el acceso a datos geoespaciales en formatos que los usuarios pueden manejar sin licencias costosas o restricciones de uso.
-
Contenedor único: un archivo GeoPackage puede almacenar datos vectoriales, mosaicos de imágenes y datos no espaciales.
-
Compatibilidad: es soportado por diversas plataformas GIS, incluyendo QGIS y ArcGIS, así como por herramientas ETL como FME.
- Indexación espacial: el formato incluye índices espaciales (RTree) que permiten una búsqueda y manipulación de datos más rápida.
Para obtener más detalles técnicos, puedes consultar el estándar GeoPackage en la web de OGC.
¿Por qué utilizar GeoPackage en INSPIRE?
INSPIRE requiere que los datos espaciales sean interoperables a nivel europeo, y su estándar de codificación por defecto es GML. No obstante, GeoPackage se ofrece como una alternativa que puede reducir la complejidad en ciertos casos de uso, especialmente en aquellos donde el rendimiento y la usabilidad son cruciales.
El uso de GeoPackage dentro de INSPIRE está respaldado por las buenas prácticas desarrolladas para crear modelos lógicos optimizados que faciliten el uso en entornos GIS. Estas prácticas permiten crear esquemas específicos según el caso de uso y ofrecen una flexibilidad que otros formatos no proporcionan. Además, GeoPackage es especialmente útil en escenarios donde se manejan conjuntos de datos de tamaño medio a grande, ya que su formato compacto reduce el tamaño del archivo y, por lo tanto, facilita el intercambio de datos.
Implementación de GeoPackage en INSPIRE usando Hale Studio
Una de las herramientas recomendadas para implementar GeoPackage en INSPIRE es el software open-source hale studio. Este software de transformación de datos permite mapear y transformar modelos de datos de forma visual y sin necesidad de programar.
A continuación, se describen los pasos básicos para transformar un conjunto de datos conforme a INSPIRE usando hale studio:
- Cargar el modelo fuente: importar el conjunto de datos en su formato original, como GML.
- Definir el modelo de destino (GeoPackage): cargar un archivo GeoPackage en blanco que actúe como modelo de destino para almacenar los datos transformados.
- Configurar el mapeo de datos: a través de la interfaz visual de hale, mapear los atributos y aplicar reglas de transformación para asegurar la conformidad con el modelo GeoPackage de INSPIRE.
- Exportar el conjunto de datos: una vez validada la transformación, exportar el archivo en formato GeoPackage.
Hale studio facilita esta transformación y permite optimizar los modelos de datos para un rendimiento mejorado en entornos GIS. Más información sobre hale studio y sus capacidades de transformación está disponible en su página oficial.
Ejemplos de implementación
La aplicación del estándar GeoPackage en INSPIRE ya ha sido probada en varios casos de uso, proporcionando un marco sólido para futuras implementaciones.
- Directiva de Ruido Ambiental (END): en este contexto, el GeoPackage se ha utilizado para almacenar y gestionar datos relacionados con el ruido, alineando los modelos con las especificaciones de INSPIRE. La Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA) proporciona plantillas y guías para facilitar esta implementación, disponibles en su repositorio.
- Proyecto GO-PEG: este proyecto utiliza el GeoPackage para desarrollar modelos 3D en geología, permitiendo la representación detallada de zonas geológicas, como la cuenca del Po en Italia. Las directrices y ejemplos de implementación del GO-PEG están disponibles aquí.
Estos ejemplos ilustran cómo el GeoPackage permite mejorar la eficiencia y usabilidad de los datos INSPIRE en aplicaciones prácticas, especialmente en entornos GIS que requieren la manipulación rápida y directa de datos espaciales.
La implementación de GeoPackage en el marco de INSPIRE demuestra su aplicabilidad en datos abiertos a nivel europeo. Iniciativas como la Directiva de Ruido Ambiental (END) y el Proyecto GO-PEG han mostrado cómo los datos abiertos en GeoPackage pueden servir a múltiples sectores, desde la gestión ambiental hasta estudios geológicos.
Beneficios del GeoPackage para los proveedores y usuarios de datos
La adopción del GeoPackage en INSPIRE ofrece beneficios tanto para quienes generan como para quienes consumen los datos:
-
Para proveedores: el modelo simplificado de GeoPackage permite reducir los errores de codificación y mejora la armonización de datos, lo que facilita su distribución en formatos compactos.
- Para usuarios: la compatibilidad con herramientas GIS permite acceder a los datos sin necesidad de transformaciones adicionales, mejorando la experiencia de consumo y reduciendo los tiempos de carga y consulta.
Limitaciones y retos
Si bien el GeoPackage es una alternativa robusta, existen ciertos desafíos a considerar:
- Limitaciones en la interoperabilidad: a diferencia de GML, GeoPackage no es compatible con todos los servicios de publicación de datos en red, aunque algunos avances en protocolos como STAC están mejorando estas limitaciones.
- Optimización para conjuntos de datos grandes: aunque GeoPackage es óptimo para conjuntos de datos medianos a grandes, el tamaño del archivo puede ser un obstáculo en datos extremadamente grandes o en redes de bajo ancho de banda.
Conclusión
La incorporación del estándar GeoPackage en INSPIRE representa un avance significativo para la gestión y distribución de datos espaciales en Europa, promoviendo una infraestructura de datos espaciales más eficiente y accesible. Este enfoque contribuye a la interoperabilidad de datos y facilita su uso en diversos sistemas GIS, mejorando tanto la experiencia de los proveedores como de los usuarios.
Para quienes deseen implementar este formato, herramientas como hale studio ofrecen soluciones prácticas y accesibles que simplifican el proceso de transformación de datos INSPIRE. Con la adopción de buenas prácticas y el uso de modelos de datos optimizados, el GeoPackage puede desempeñar un papel crucial en el futuro de la infraestructura de datos espaciales en Europa. A lo que se suma que este enfoque alineado con los principios de transparencia y reutilización de datos permite que las administraciones y organizaciones aprovechen los datos abiertos para apoyar la toma de decisiones informadas y el desarrollo de aplicaciones innovadoras en diversas áreas.
Contenido elaborado por Mayte Toscano, Senior Consultant en Tecnologías ligadas a la economía del dato. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
España, como parte de la Unión Europea, está comprometida con la implementación de las directivas europeas sobre datos abiertos y reutilización de la información del sector público. Esto incluye la adopción de iniciativas como el Reglamento de Implementación (UE) 2023/138, emitido por la Comisión Europea, que define directrices específicas para las entidades gubernamentales con respecto a la disponibilidad de conjuntos de datos de alto valor (High value datasets en inglés o HVD) . Estos datos se categorizan en temáticas previamente detalladas en discusiones anteriores: Geoespacial, Observación de la Tierra y Medio Ambiente, Meteorología, Estadística, Sociedades y Propiedades de Sociedades, y Movilidad. En este artículo nos centraremos en el último grupo mencionado.
La categoría de Movilidad engloba colecciones de datos que caen bajo el dominio de la "Redes de Transporte", como se demarca en el Anexo I de la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE). En concreto, esta Directiva hace referencia a que se deben poner a disposición de los usuarios los conjuntos de datos relativos a redes de carreteras, ferrocarril, transporte aéreo y vías navegables, con sus correspondientes infraestructuras, las conexiones entre redes diferentes y la red transeuropea de transporte, según la definición de la Decisión no 1692/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte.
Además, se incluyen los conjuntos de datos tal como se describe en la Directiva 2005/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa a los servicios de información fluvial (SIF) armonizados en las vías navegables interiores de la Comunidad. Esta Directiva establece un marco armonizado para la creación de una red transeuropea de información fluvial (RIS, por sus siglas en inglés). El objetivo principal de la Directiva es mejorar el tráfico y el transporte fluvial y se aplican a los canales, ríos, lagos y puertos capaces de albergar buques de entre 1.000 y 1.500 toneladas. Estos conjuntos de datos incluyen:
| Conjunto de datos | Conjuntos de datos sobre vías navegables interiores |
|---|---|
| Datos estáticos |
|
| Datos dinámicos |
|
| Cartas electrónicas y de navegación interior (ENC Fluvial según la norma SIVCE Fluvial) |
|
Figura 1: Tabla con los conjuntos de datos de alto valor relativos a la Directiva 2005/44/CE para la creación de una red transeuropea de información fluvial.
Para que todos podamos aprovechar al máximo la información disponible, el Reglamento define algunas reglas básicas sobre cómo se comparten estos datos:
- Uso libre y fácil. Los datos tienen que estar listos para usarse y compartirse con todos y para cualquier fin reconociendo y citando la fuente de los datos, tal como prescribe la licencia tipo Creative Commons BY 4.0.
- Fácil de leer y usar. Se presentarán de una manera que tanto las personas como las computadoras puedan entenderlos fácilmente y estará todo explicado en público.
- Acceso directo y sencillo. Habrá maneras especiales (llamadas APIs) que permiten a los programas acceder a los datos automáticamente. Además, el usuario podrá alternativamente descargar mucha información de una vez.
- Siempre al día. Es importante que los datos estén actualizados, así que existirá el acceso a la versión más reciente. Pero si el usuario necesita acceder a los datos previos, también se podrá ver las versiones anteriores.
- Detallados y precisos. Los datos se compartirán con tanto detalle como sea posible, hasta un nivel muy fino de precisión, de manera que se cubra todo el territorio al combinarse.
- Información sobre la información. Habrá "información sobre la información" (metadatos) que contará todo sobre los datos. Los elementos de metadatos contendrán como mínimo los recogidos en el anexo del Reglamento (CE) nº 1205/2008 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2008.
- Entendible y ordenado: Se explicará bien cómo están organizados los datos y qué significa todo, de manera que sea fácil de entender para todos (estructura y semántica).
- Lenguaje común. Los datos usarán vocabularios, listas controladas y categorías que sean reconocidos y aceptados a nivel europeo o mundial.
¿En España quién es el responsable de la creacion y mantenimiento de los datos de movilidad?
En España, la responsabilidad de la creación y mantenimiento de los datos de movilidad recae generalmente en distintas entidades gubernamentales, dependiendo del tipo de movilidad y del ámbito territorial:
- Nivel nacional. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible es el organismo principal encargado de la movilidad en cuanto a infraestructuras y transportes a nivel nacional. Este incluiría datos sobre carreteras, ferrocarriles, transporte aéreo y marítimo.
- Nivel autonómico y local. Las comunidades autónomas y los ayuntamientos también desempeñan un papel importante en la movilidad urbana y regional. Se encargan de la movilidad urbana, el transporte público y las vías públicas, dentro de sus respectivas jurisdicciones.
- Entidades públicas empresariales. Hay entidades como ADIF (acrónimo de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), AENA (acrónimo de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea), Puertos del Estado y otras que gestionan datos específicos relacionados con su campo de acción en el transporte ferroviario, aéreo y marítimo, respectivamente.
En España, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en colaboración con las comunidades autónomas, juega un rol clave en proporcionar acceso a una amplia gama de datos de movilidad. En conformidad con INSPIRE y LISIGE (la Ley 14/2010 de 5 de julio sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España, que transpone la Directiva INSPIRE), ofrece recursos como el Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE), donde la ciudadanía y los profesionales pueden acceder a datos y servicios geográficos, especialmente en lo referente a movilidad.
¿Cumple España con el Reglamento de los HVD de movilidad?
Para resolver esta pregunta nos tenemos que ir al el Geoportal de INSPIRE que es donde se encuentra disponible la información oficial clasificada como conjuntos de datos de alto valor en Europa. En concreto en la categoría de movilidad.

Figura 2: Captura del Geoportal Inspire.
A abril de 2024 España tiene publicado en el Geoportal de INSPIRE la siguiente información:
- Zonas de servicio portuarias de España. Las zonas de servicio portuarias de los puertos de interés general del Estado, incluyen la información cartográfica y alfanumérica de la zona de servicio terrestre y de la zona I y II de aguas. El Sistema Portuario español de titularidad estatal está integrado por 46 puertos de interés general, gestionados por 28 Autoridades Portuarias.
- Redes de Transporte de España. La Red de Transporte de la Información Geográfica de Referencia del Sistema Cartográfico Nacional de España, es una red tridimensional de cobertura nacional, definida y publicada en conformidad con la Directiva INSPIRE, que contempla cinco modos de transporte: red viaria, raíl, vías navegables, aéreo y cable, junto con sus respectivas conexiones intermodales y las infraestructuras asociadas a cada modo. Dicha información tiene la geometría lineal de los viales y la puntual de los portales y puntos kilométricos.
- Red de Transporte Ferroviario de ADIF de España. Conjunto de datos geográficos de carácter público sobre la adaptación de la Tramificación Común de ADIF a la normativa INSPIRE (Redes de Transporte Anexo I).
La publicación de estos conjuntos de datos de alto valor responde positivamente a la pregunta de si España cumple con el reglamento de HVD, y supone un logro que refleja el compromiso continuo de nuestro país con la transparencia y el acceso a datos de movilidad.
El esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Sistema Cartográfico Nacional y las Comunidades Autónomas y las Entidades Públicas Empresariales subraya la importancia de un enfoque colaborativo para la gestión de la información de movilidad.
La disponibilidad de estos datos destaca el compromiso de España en publicar datos de alto valor y subraya la importancia de mejorar continuamente el acceso a la información para optimizar la navegación interior y los datos de movilidad.
Contenido elaborado por Mayte Toscano, Senior Consultant en Tecnologías ligadas a la economía del dato. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
El Reglamento de ejecución (UE) 2023/138 de la Comisión Europea establece pautas claras para los organismos públicos en la disponibilidad de conjuntos de datos de alto valor en un plazo de 16 meses desde el 20 de enero de 2023. Estos conjuntos de datos de alto valor (High value datasets en inglés o HVD) se agrupan en los siguientes temas, los cuales ya se describían en este post: geoespacial, observación de la Tierra y medio ambiente, meteorología, estadística, sociedades y propiedad de sociedades, y movilidad.
Este artículo se centra en la categoría observación de la Tierra y medio ambiente, denominados como conjuntos de datos de alto valor de observación de la Tierra y medio ambiente (HVDOM en sus siglas en inglés).
Los datos de observación de la Tierra y medio ambiente en el reglamento de los conjuntos de alto valor
Los HVDOM incluyen los datos obtenidos en los siguientes ámbitos:
- Los datos espaciales u obtenidos por detección a distancia.
- Los datos terrestres o in situ.
En concreto, los organismos públicos se encuentran con la obligación de poner a la disposición de los ciudadanos los conjuntos de datos de alto valor que aparecen en diversas legislaciones:
- Los conjuntos de datos medioambientales y climáticos recogidos en los anexos de la Directiva 2007/2/CE del parlamento europeo y del consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la comunidad europea (Infrastructure for Spatial Information in Europe o INSPIRE), indicados en el siguiente visual:
![Conjuntos de datos medioambientales y climáticos recogidos en los anexos de la Directiva INSPIRE. Anexo I: hidrografía y lugares protegidos. Anexo II: elevaciones; geología; cubierta terrestre y ortoimágenes. Anexo III: zonas sujetas a ordenación, a restricciones o reglamentaciones y unidades de notificación; regiones biogeográficas; recursos energéticos; instalaciones de observación del medio ambiente; hábitats y biotopos; uso del suelo; recursos minerales; zonas de riesgos naturales; rasgos geográficos oceanográficos; instalaciones de producción e industriales; regiones marinas; suelo; distribución de las especies. [12:15] Laura Castillo Martinez Fuente: Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire).](/sites/default/files/datosgobes/conjunto-datos-medioambientales_es_0.jpg)
Figura 1: Visual que resumen los conjuntos de datos medioambientales y climáticos recogidos en los anexos de la Directiva INSPIRE.
2. Los conjuntos de datos producidos en el contexto de los actos jurídicos y conocidos como datos prioritarios, definidos en la siguiente tabla:
| Ámbito Medioambiental | Actos jurídicos que establecen las principales variables | |
|---|---|---|
| Aire | Directiva 2008/50/CE | Directiva sobre calidad del aire |
| Directiva 2004/107/CE | Aborda el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente. | |
| Clima | Reglamento (UE) 2018/1999 | Gobernanza de la Unión de la Energía y la Acción Climática. |
| Reglamento (CE) 1005/2009 | Sustancias que agotan la capa de ozono | |
| Emisiones | Directiva 2010/75/UE | Directiva sobre emisiones industriales |
| Directiva 2012/18/UE | Directiva SEVESO III | |
| Directiva 91/676/CEE | Directiva de nitratos | |
| Reglamento (CE) 166/2006 | Registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes | |
| Reglamento (UE) 2017/852 | Regulación del Mercurio | |
| Directiva (EU) 2016/2284 | Reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos | |
| Protección de la naturaleza y biodiversidad |
Directiva 2009/147/CE | Directiva sobre aves |
| Directiva 92/43/CEE | Directiva de hábitats | |
| Reglamento (UE) 1143/2014 | Directiva sobre especies exóticas invasoras | |
| Datos para el inventario de zonas protegidas designadas a nivel nacional (CDDA), regiones biogeográficas nacionales | Programa de trabajo anual de la AEMA - Áreas designadas a nivel nacional - CDDA Legislación nacional - Regiones biogeográficas nacionales |
|
| Ruido | Directiva 2002/49/CE | Directiva sobre ruido |
| Residuos | Directiva 1999/31/CE | Directiva sobre vertederos de residuos |
| Directiva 2006/21/CE | Directiva sobre residuos extractivos | |
| Directiva 86/278/CEE | Directiva sobre lodos de depuradora | |
| Directiva 91/271/CEE | Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas | |
| Reglamento (UE) 2019/1021 | Reglamento sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP) | |
| Recomendación 2014/70/UE | Recomendación sobre fracturación hidráulica | |
| Agua | Directiva 91/271/CEE | Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas |
| Directiva 98/83/CE | Directiva sobre agua potable | |
| Directiva 2006/7/CE | Directiva sobre aguas de baño | |
| Directiva 2000/60/CE | Directiva marco del agua | |
| Directiva 2006/118/CE | Directiva de Aguas Subterráneas | |
| Directiva 2008/105/CE | Directiva de Normas de Calidad Ambienta | |
| Directiva 2020/2184/UE | Directiva del Agua Potable | |
| Directiva 2007/60/CE | Directiva sobre inundaciones | |
| Directiva 2008/56/CE | Directiva marco sobre estrategia marina | |
| Legislación horizontal | Directiva 2004/35/CE | Prevención y reparación de daños ambientales |
| Reglamento (UE) 2020/852 | Taxonomía de la UE | |
Figura 2: Tabla con las categorías de datos de HVDM y los actos jurídicos donde se recogen.
En esta URL del registro INSPIRE, está publicada la lista de los conjuntos de datos relativos a la presentación de informes medioambientales, que los Estados miembros deben facilitar de forma gradual.
Para garantizar la accesibilidad y la reutilización de todos estos valiosos conjuntos de datos, es imperativo seguir ciertas disposiciones que faciliten su publicación. Aquí están los requisitos clave, que son comunes para todas las categorías:
- Licencia abierta: Todos los conjuntos de datos deben estar disponibles para su reutilización bajo una licencia Creative Commons BY 4.0 o cualquier licencia abierta equivalente menos restrictiva. Esto fomenta la libertad de compartir y adaptar la información.
- Formato abierto y legible por máquina: Los datos deben presentarse en un formato abierto, legible por máquina y estar documentados públicamente. Esto asegura que la información sea fácilmente comprensible y accesible para cualquier persona o sistema automatizado.
- Interfaces de Programación de Aplicaciones (API) y descarga masiva: Se deben proporcionar interfaces de programación de aplicaciones (API) para facilitar el acceso programático a los datos como por ejemplo los servicios de descarga de acceso directo como los Web Feature Service, WFS. Además, la descarga masiva directa de conjuntos de datos debe ser posible, permitiendo opciones flexibles para los usuarios según sus necesidades
- Versión actualizada: La disponibilidad de los conjuntos de datos en su versión más actualizada es esencial. Esto garantiza que los usuarios accedan a la información más reciente, promoviendo la relevancia y la precisión de los datos. Por ello, será necesario disponer de los conjuntos de datos más actualizados, así como las versiones históricas de los conjuntos de datos disponibles.
- Escala y granularidad: Será necesario publicar los datos a los niveles de generalización disponibles hasta la escala de 1:5000, y abarcando todo el Estado miembro una vez combinados. Si los conjuntos de datos no están disponibles a esta escala, pero están disponibles con resoluciones espaciales superiores, se facilitarán con la resolución espacial disponible.
- Metadatos: Los metadatos que describan los datos relativos al conjunto de temas en el ámbito de la infraestructura de información espacial INSPIRE contendrán, como mínimo, los elementos de metadatos establecidos en el anexo del Reglamento (CE) nº 1205/2008 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2008.
- Semántica: Los conjuntos de datos se describirán en una documentación en línea completa y públicamente disponible que describa al menos la estructura de los datos y la semántica.
- Vocabularios: Los conjuntos de datos utilizarán vocabularios y taxonomías controlados por la Unión o internacionalmente reconocidos y documentados públicamente. Como las listas controladas definidas en el registro INSPIRE.
En España, ¿quién es el responsable de la creacion y mantenimiento de los HVD de observación de la Tierra y medio ambiente?
Hay varias organizaciones responsables de estos conjuntos de datos, por ejemplo, a nivel nacional, destacamos:
- El Sistema Cartográfico Nacional (SCN), que publica las ortoimágenes, hidrografía, elevaciones, uso o cobertura del suelo.
- El Instituto Geológico y Minero (IGME), responsable de los datos geológicos.
- El Instituto Español de Oceanografía (IEO) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) se encarga de los rasgos oceanográficos.
- La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura publica los lugares protegidos de patrimonio histórico y cultura.
- El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) son los responsables de los conjuntos de datos sometidos a otras legislaciones medio ambientales, los datos prioritarios.
Todas estas organizaciones desempeñan un papel crucial en la implementación y el cumplimiento de las Directivas INSPIRE y LISIGE (Ley sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España), ambas fundamentales en la gestión de la información geográfica y medioambiental.
- La Directiva INSPIRE fue desarrollada en colaboración con los Estados miembros y países en proceso de adhesión de la Unión Europea. Su objetivo principal es hacer disponible la información geográfica necesaria para la gestión de políticas ambientales de la UE.
- En España, se transpone mediante la Ley 14/2010, conocida como LISIGE, que posteriormente fue modificada por la Ley 2/2018. Esta ley regula los datos y servicios geográficos, aplicándose a aquellos que se refieran a una zona geográfica del territorio nacional y que hayan sido generados o estén bajo la responsabilidad de las Administraciones públicas. Estos datos deben estar en formato electrónico y ser competencia de una Administración u organismo del sector público.
Tanto el SCN, instrumento regulado por la LISIGE que publica la información geográfica mediante la coordinación de organizaciones nacionales y las CC. AA, como MITECO y MAPA, coordinado con las comunidades autónomas, proporcionan acceso a una amplia gama de datos e información relacionada con la biodiversidad, el cambio climático, la calidad ambiental y muchos otros temas ambientales. Esto incluye el mantenimiento de la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) de MITECO y MAPA, que se alinea con las Directivas INSPIRE, medio ambientales y LISIGE, publicando los conjuntos de datos a través de servicios interoperables y localizables en el Catálogo Oficial de Datos y Servicios INSPIRE (CODSI), donde se encuentran disponibles datos y servicios geográficos regulados por la LISIGE en materia medioambiental y observación de la Tierra.
Destacamos, por ejemplo, que MITECO realiza esfuerzos para garantizar la adaptación de los principales conjuntos de datos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a la Directiva INSPIRE, cubriendo temas como las regiones biogeográficas, hábitats, biotopos y la distribución de especies.
El MITECO desempeña un papel esencial en la implementación de las Directivas INSPIRE y LISIGE en España, proporcionando acceso a datos e información geográfica clave para la gestión de políticas ambientales y la protección del patrimonio natural, ya que el patrimonio histórico y cultura le corresponde al Ministerio de Cultura.
¿Cumple España con el Reglamento de los HVD de observación de la Tierra y medio ambiente?
Gracias a la constante labor del Consejo Directivo de la Infraestructura de Información Geográfica de España (CODIIGE) desde la implementación de la LISIGE, España ha alcanzado un logro importante. Actualmente, en el Geoportal de INSPIRE se encuentra disponible una extensa variedad de información, clasificada como conjuntos de datos de observación de la Tierra y medio ambiente de alto valor. Esta información, procede de los recursos almacenados en el CODSI.

Figura 3: Captura del Geoportal Inspire.
A mayo de 2024 España tiene publicado en el Geoportal CODSI la siguiente información:
- Conjuntos de Datos INSPIRE: A continuación, se recoge el número de conjuntos de datos publicados por España en cada una de las temáticas INSPIRE obligatorias.
| Temática INSPIRE | Número de conjuntos de datos publicados |
|---|---|
| Hidrografía | 33 |
| Lugares protegidos | 27 |
| Elevaciones | 20 |
| Geología | 10 |
| Cubierta terrestre | 60 |
| Ortoimágenes | 16 |
| Zonas sujetas a ordenación, a restricciones o reglamentaciones y unidades de notificación | 147 |
| Regiones biogeográficas | 1 |
| Instalaciones de observación ambiental | 100 |
| Recursos energéticos | 10 |
| Hábitats y biotopos | 9 |
| Uso del suelo | 25 |
| Recursos minerales | 0 |
| Zonas de riesgo natural | 70 |
| Rasgos geográficos oceanográficos | 2 |
| Instalaciones de prodicción e industriales | 27 |
| Distribuciones de las especies | 10 |
| Suelo | 17 |
| Regiones marinas | 9 |
| TOTAL GENERAL | 593 |
Figura 4: Tabla con los conjuntos de datos publicados por España en cada una de las temáticas INSPIRE.
Véase aquí la definición de cada uno de los temas INSPIRE.
- Legislación medioambiental: se refiere a conjuntos de datos prioritarios agrupados por legislación pertinente en materia de presentación de informes medioambientales. La comisión, denominó a estos conjuntos de datos, “Datos Prioritarios” para fortalecer su importancia una vez que los datos de referencia ya estaban publicados.


Figura 5: Captura del Geoportal INSPIRE, donde se muestran los dominios medioambientales.
A continuación, se recogen todas las categorías (indicando también aquellas que no aplican para España con las siglas N/D):
| Ámbito Medioambiental | Actos jurídicos que establecen las principales variables | ||
|---|---|---|---|
| Aire | Directiva 2008/50/CE | Directiva sobre calidad del aire | 4 |
| Directiva 2004/107/CE | Aborda el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente. | N/D* | |
| Clima | Reglamento (UE) 2018/1999 | Gobernanza de la Unión de la Energía y la Acción Climática. | 0 |
| Reglamento (CE) 1005/2009 | Sustancias que agotan la capa de ozono | 0 | |
| Emisiones | Directiva 2010/75/UE | Directiva sobre emisiones industriales | 1 |
| Directiva 2012/18/UE | Directiva SEVESO III | 0 | |
| Directiva 91/676/CEE | Directiva de nitratos | 5 | |
| Reglamento (CE) 166/2006 | Registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes | 2 | |
| Reglamento (UE) 2017/852 | Regulación del Mercurio | 0 | |
| Directiva (EU) 2016/2284 | Reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos | 0 | |
| Protección de la naturaleza y biodiversidad |
Directiva 2009/147/CE | Directiva sobre aves | 3 |
| Directiva 92/43/CEE | Directiva de hábitats | 8 | |
| Reglamento (UE) 1143/2014 | Directiva sobre especies exóticas invasoras | 1 | |
| Datos para el inventario de zonas protegidas designadas a nivel nacional (CDDA), regiones biogeográficas nacionales | Programa de trabajo anual de la AEMA - Áreas designadas a nivel nacional - CDDA y Legislación nacional - Regiones biogeográficas nacionales | 0 | |
| Ruido | Directiva 2002/49/CE | Directiva sobre ruido | 0 |
| Residuos | Directiva 1999/31/CE | Directiva sobre vertederos de residuos | 2 |
| Directiva 2006/21/CE | Directiva sobre residuos extractivos | 1 | |
| Directiva 86/278/CEE | Directiva sobre lodos de depuradora | 1 | |
| Directiva 91/271/CEE | Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas | 9 | |
| Reglamento (UE) 2019/1021 | Reglamento sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP) | 0 | |
| Recomendación 2014/70/UE | Recomendación sobre fracturación hidráulica | 0 | |
| Agua | Directiva 91/271/CEE | Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas | 9 |
| Directiva 98/83/CE | Directiva sobre agua potable | 0 | |
| Directiva 2006/7/CE | Directiva sobre aguas de baño | 1 | |
| Directiva 2000/60/CE | Directiva marco del agua | 17 | |
| Directiva 2006/118/CE | Directiva de Aguas Subterráneas | N/D* | |
| Directiva 2008/105/CE | Directiva de Normas de Calidad Ambienta | 0 | |
| Directiva 2020/2184/UE | Directiva del Agua Potable | 0 | |
| Directiva 2007/60/CE | Directiva sobre inundaciones | 31 | |
| Directiva 2008/56/CE | Directiva marco sobre estrategia marina | 4 | |
| Legislación horizontal | Directiva 2004/35/CE | Prevención y reparación de daños ambientales | N/D* |
| Reglamento (UE) 2020/852 | Taxonomía de la UE | N/D* | |
| Total | 99 | ||
Figura 5: Tabla con los conjuntos de datos publicados por España en cada una de las categoría en el contexto de los actos jurídicos destacados. *N/D = No data, se trata de categorías que no aplican para España.
La publicación de todos estos conjuntos de datos de alto valor supone un logro que refleja el compromiso continuo de nuestro país con la transparencia y el acceso a datos medioambientales y de observación de la Tierra de alta calidad.
España ha hecho avances significativos en el cumplimiento del Reglamento de Conjuntos de Alto Valor de observación de la Tierra y medio ambiente, con una notable cantidad de conjuntos de datos disponibles a través del Geoportal de INSPIRE. Esto abarca desde la Directiva 2008/50/CE sobre calidad del aire hasta la Directiva 2008/56/CE sobre estrategia marina, reflejando un enfoque integral en la gestión de información ambiental.
El cumplimiento con las Directivas y regulaciones europeas demuestra el compromiso de España con la transparencia y el acceso a la información ambiental de alta calidad. Además, se destacan los esfuerzos para asegurar la actualización y la accesibilidad de los datos, lo que incluye la adaptación de los principales conjuntos de datos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a la Directiva INSPIRE.
El esfuerzo conjunto entre el MITECO, MAPA y el Sistema Cartográfico Nacional y las comunidades autónomas subraya la importancia de un enfoque colaborativo para la gestión de la información ambiental y la observación de la Tierra, fundamentales en la protección y el desarrollo sostenible del patrimonio natural.
En definitiva, podemos decir que, en la actualidad, España cumple con el Reglamento de los HVD en casi todas las categorías, pero no cumple en las siguientes categorías:
No disponen de una API o descarga masiva
- Ortoimágenes
- Características geográficas oceanográficas
Falta de datos relacionado con las siguientes legislaciones medioambiental:
- Directiva 98/83/CE - Directiva sobre agua potable
- Directiva 2002/49/CE - Directiva sobre ruido
- Directiva 2012/18/UE - Directiva SEVESO III
- Legislación nacional - Regiones biogeográficas nacionales
- Recomendación 2014/70/UE - Recomendación sobre fracturación hidráulica
- Reglamento (UE) 2017/852 - Regulación del Mercurio
En resumen, España ha demostrado un fuerte compromiso con la transparencia y la accesibilidad a la información medioambiental de alta calidad, cumpliendo con la mayoría de las directivas europeas, aunque todavía necesita mejorar en áreas específicas como la provisión de API y la actualización de ciertos conjuntos de datos ambientales.
Contenido elaborado por Mayte Toscano, Senior Consultant en Tecnologías ligadas a la economía del dato. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
Los datos geográficos nos permiten conocer el mundo que nos rodea. Desde la localización de rutas óptimas para viajar hasta el monitoreo de ecosistemas naturales, pasando por la planificación y el desarrollo urbano o la gestión de emergencias, los datos geográficos presentan un gran potencial para impulsar el desarrollo y la eficiencia en múltiples áreas económicas y sociales. Por todo ello, se consideran conjuntos de datos de alto valor por la Comisión Europea, y cuentan con unas obligaciones específicas para que su publicación sea accesible e interoperable.
Para conocer cuál es el impacto real de esta tipología de datos, se han realizado diversos informes y estudios. A continuación, se recogen varios de ellos, que inciden en el reto de medir el impacto de la información geográfica.
Los datos geoespaciales en el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Impacto de la información coproducida por IGN y CNIG (2024)
- Puedes leer el informe entero aquí.
Este informe, elaborado por ASEDIE y el CNIG, pretende obtener conclusiones acerca del uso y la percepción de los servicios coproducidos por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) y el Centro Nacional de información Geográfica (CNIG) con el fin de conocer el beneficio que aportan a la actividad diaria de las empresas que los utilizan y a la sociedad. Para ello se ha realizado una encuesta dirigida a las empresas usuarias de datos geoespaciales, gracias a la cual se ha podido elaborar una clasificación de las empresas reutilizadoras de datos geográficos.
De las 170 empresas consideradas, el 70,0% están constituidas por autónomos y microempresas (menos de 10 empleados). Estas empresas se ubican principalmente en la Comunidad de Madrid (25,6%), Cataluña (16,3%), Andalucía (14%), Comunidad Valenciana (11,6%) y Castilla y León (11,6%). El 53,3% asegura reutilizar datos de las Infraestructuras de Datos Espaciales (IDE) y el 51% datos abiertos del INE, entre otros. Los productos más utilizados son las ortofotos e imágenes de satélite (74%), seguido de los Mapas vectoriales y las bases cartográficas y topográficas (63%), y del LiDAR (58%).

Con respecto a su impacto económico, el informe estima un impacto medio del 35,7% en las ventas de las empresas encuestadas. En concreto, la información geográfica abierta del IGN y CNIG suponen un impacto del 12,4% de las ventas.
El informe también incluye el análisis de casos de uso recopilados, así como entrevistas en profundidad a empresas del sector como ejemplo de buenas prácticas y, por otra parte, actualiza la información procedente del informe anual de Asedie sobre la Economía del dato en su ámbito infomediario de 2023 respecto a los datos económicos del subsector geográfico.
Beneficios económicos del nodo central de la IDE por CNIG y Universidad de Leuven (2021)
-
Puedes leer el informe entero aquí.
Este documento desarrolla y prueba una metodología para estimar los beneficios económicos generados por la IDEE, Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE), que establece la publicación y accesibilidad de los datos espaciales a través servicios web geográficos gratuitos de visualización y de descarga producidos por las organizaciones cartográficas, medioambientales, catastrales, de observación del territorio a nivel nacional, regional y local desde el 2004, de acuerdo con normas, estándares y recomendaciones que garantizan su interoperabilidad.
El estudio debía responder a la pregunta qué pasaría si la IDEE desaparecería. Para el estudio solo se consideró el nodo central de la IDEE, entendiendo como tal los servicios y datos geográficos coproducidos entre los socios del Sistema Cartográfico Nacional, y centrándose en servicio web de mapas (WMS) y teselas de mapas (WMTS). Los nodos de los ministerios, comunidades autónomas y entidades locales no fueron parte de su alcance.
Para realizar el cálculo se utilizaron dos vías de investigación:
-
Comparación con los costes de usar Google Maps. La aplicación de los diferentes escenarios condujo a un beneficio/valor de los 6 WMTS y 13 WMS de mínimo 355.646 y máximo 891.144 euros.
-
Comparación con las tasas que otros países aplican por el uso de sus datos y servicios. A pesar de las dificultades de calcular la tasa por solicitud, debido a la existencia de diferentes enfoques en cada país, el valor total de la IDEE se estimó entre 34.000 y 14 millones de euros.
Para que otros organismos puedan adaptar el estudio a sus particularidades, se ha creado un fichero Excel, a modo de calculadora, con la siguiente plantilla de cálculo.
Este informe se une a otros realizados por la IDEE, como estos documentos para estimar el coste medio de la generación de metadatos o la implementación de servicios de visualización y descarga de conjuntos de datos conformes a Inspire, ambos realizado en 2019.
Informe de rendimiento de ICEARAGON y ARAGEA por el Gobierno de Aragón (2024)
-
Puedes leer el informe entero aquí.
Los gobiernos regionales también tienen interés en conocer el impacto de sus servicios de información geográfica. Es el caso del Gobierno de Aragón, que recientemente presentó un informe sobre el rendimiento de la Infraestructura de Conocimiento Espacial de Aragón (ICEARAGON) y la Red de Geodesia Activa de Aragón (AREAGA).
En total, se estima que estos servicios han supuesto un ahorro de casi dos millones de euros a todos los aragoneses en 2023. De acuerdo con el informe, ICEARAGÓN recibió casi 5 millones de visitas en 2023, lo cual supuso un incremento del 58,6% respecto a 2022. Estos usuarios realizaron 1,7 millones de descargas. La mayoría de la información descargada (47,8%) se refiera a capas medioambientales. También han supuesto un gran éxito la información relativa a los límites administrativos (13,8%) y los mapas de Aragón (13,4%). Respecto al perfil del usuario, el 71% es del campo de la topografía y el 27% pertenece al sector agrícola.
Estos informes sirven de base a los trabajos que realiza la Comisión Europea de manera periódica, donde recopila los avances en los distintos ámbitos de aplicación de INSPIRE. Fruto de este trabajo se generan informes anuales relativos a cada país que incluyen un apartado sobre los costes y beneficios.
Todo este trabajo de medición y estimación de beneficios pone de manifiesto el valor económico de proporcionar datos y servicios geográficos a la sociedad. Gracias a ello se pueden crear nuevos productos y servicios que impulsan la economía de todo el país y proporcionan beneficios a todos sus ciudadanos.
El Reglamento de ejecución (UE) 2023/138 de la Comisión Europea establece pautas claras para los organismos públicos en la disponibilidad de conjuntos de datos de alto valor en un plazo de 16 meses. Estos conjuntos de datos de alto valor (High value datasets o HVD) se agrupan en los siguientes temas, los cuales ya se describían en este post:

Este artículo se centra en la categoría geoespacial, denominada Conjuntos de Datos de Alto Valor Geoespacial (HVDG).
Para todos los HVDG se deberá aplicar lo indicado en la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE), a excepción de parcelas agrícolas y de referencia, para las que se aplica el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
Tal y como se refleja en la tabla siguiente, el reglamento proporciona información detallada sobre los requisitos a tener en cuenta para estos HVDG, tales como escalas o granularidad y atributos de cada conjunto de datos. Estos complementan a los atributos definidos en el Reglamento Europeo (nº 1089/2010), que establece la interoperabilidad de los conjuntos y los servicios de datos espaciales.
| Conjunto de datos | Escala | Atributos |
|---|---|---|
| Unidades administrativas |
Niveles de generalización disponibles con una granularidad hasta la escala de 1:5 000. De municipios a países; unidades marítimas. |
|
| Nombres geográficos | No se aplica |
|
| Direcciones | No se aplica |
|
| Edificios | Niveles de generalización disponibles con una granularidad hasta la escala de 1:5 000 |
|
| Parcelas catastrales |
Niveles de generalización disponibles con una granularidad hasta la escala de 1:5 000 |
|
| Parcelas de referencia |
Niveles de generalización disponibles con una granularidad hasta la escala de 1:5 000 |
|
| Parcelas agrícolas |
Nivel de precisión equivalente a la escala 1:10 000 y a partir de 2016, a escala de 1:5 000 |
|
Para garantizar la accesibilidad y la reutilización de todos estos valiosos conjuntos de datos, es imperativo seguir ciertas disposiciones que faciliten su publicación. Aquí están los requisitos clave:
- Licencia Abierta: Todos los conjuntos de datos deben estar disponibles para su reutilización bajo una licencia Creative Commons BY 4.0, o cualquier licencia abierta equivalente menos restrictiva. Esto fomenta la libertad de compartir y adaptar la información.
- Formato Abierto y Legible por Máquina: Los datos deben presentarse en un formato abierto, legible por máquina y estar documentados públicamente. Esto asegura que la información sea fácilmente comprensible y accesible para cualquier persona o sistema automatizado.
- Interfaces de Programación de Aplicaciones (API) y Descarga Masiva: Se deben proporcionar interfaces de programación de aplicaciones (API) para facilitar el acceso programático a los datos. Además, la descarga masiva directa de conjuntos de datos debe ser posible, permitiendo opciones flexibles para los usuarios según sus necesidades.
- Versión Actualizada: La disponibilidad de los conjuntos de datos en su versión más actualizada es esencial. Esto garantiza que los usuarios accedan a la información más reciente, promoviendo la relevancia y la precisión de los datos.
- Metadatos: La descripción de los datos también se cuidará de manera minuciosa mediante el uso de metadatos. Estos metadatos, como mínimo, incluirán los elementos definidos en el Reglamento (CE) nº 1205/2008 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2008. Este reglamento ejecuta la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y establece los estándares para los metadatos asociados a los conjuntos de datos. El uso de metadatos estandarizados proporciona información adicional esencial para entender, interpretar y utilizar los conjuntos de datos de manera efectiva. Al seguir estos estándares, se facilita la interoperabilidad y la coherencia en la presentación de información, promoviendo así una comprensión más completa y precisa de los datos disponibles.
Estas disposiciones no solo promueven la transparencia y la apertura, sino que también facilitan la colaboración y el uso efectivo de la información en diversos contextos.
¿Cumple España con el Reglamento de los HVD geoespaciales?
La Directiva INSPIRE (Infrastructure for Spatial Information in Europe) determina las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información espacial en la Comunidad Europea basada en las Infraestructuras de los Estados miembros. Aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 14 de marzo de 2007 (Directiva 2007/2/CE), entró en vigor el 25 de abril de 2007.
INSPIRE permite encontrar, compartir y utilizar con más facilidad los datos espaciales de diferentes países y en cada una de las regiones, estando los HVD disponibles en el nuevo catálogo de la Comisión de los HVD y en cada uno de los catálogos de las Infraestructuras de Datos Espaciales de las Comunidades Autónomas, así como en el Catálogo Oficial de Datos y Servicios INSPIRE de España. La información está disponible a través de una plataforma online desde la que se puede encontrar datos de distintos países.

ADVERTENCIA: En la actualidad están trabajando en este Geoportal realizando las tareas de volcado de datos, por lo tanto, puede existir alguna incongruencia temporal con los datos aportados, que se corresponden del Catalogo Oficial de Datos y Servicios INSPIRE (CODSI).
En España existe la Ley 14/2010 de 5 de julio sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE), que transpone la Directiva 2007/2/CE INSPIRE. Esta ley enmarca los trabajos para poner a disposición todos los datos espaciales nacionales y obliga a adaptarlos a las Guías Técnicas o Directrices recogidos por la Directiva INSPIRE, asegurando así que estos datos sean compatibles e interoperables en un contexto comunitario y transfronterizo.
La LISIGE se aplica a los datos geográficos que cumplan estas condiciones:
- Referirse a una zona geográfica del territorio nacional, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva.
- Haber sido generados por o bajo la responsabilidad de las Administraciones públicas.
- Estar en formato electrónico.
- Ser su producción y mantenimiento competencia de una Administración u organismo del sector público.
- Estar dentro de los temas de los anexos I (Información Geográfica de Referencia), II (Datos Temáticos Fundamentales) o III (Datos Temáticos Generales) referidos en mencionada ley
Además, se aclara que los datos y servicios geográficos regulados por la LISIGE estarán disponibles en el Geoportal de la IDEE y en el CODSI, así como en el resto de los catálogos de las CC. AA., cuyo mantenimiento es responsabilidad del Instituto Geográfico Nacional (IGN).
Gracias a los incansables esfuerzos realizados por toda la administración española desde la publicación de la LISIGE, España ha logrado un hito notable. En la actualidad, se encuentra disponible en el Geoportal de INSPIRE una amplia gama de información clasificada como HVDG. Este logro refleja el compromiso continuo de nuestro país con la transparencia y el acceso a datos geoespaciales de alta calidad.
A enero de 2024, España tiene publicado en el Geoportal de INSPIRE y en el CODSI la siguiente información relacionada con los conjuntos de alto valor geoespacial:
- 31 conjuntos de datos asociados a sus metadatos
- 34 servicios de descarga (WFS, ATOM Feed, OGC Api Feature)
- 28 servicios de visualización (WMS, WMTS)
Analizando los conjuntos de alto valor geoespaciales, vemos que según las temáticas se han publicado en la actualidad:
| HVDG España | Conjuntos de datos |
Servicios de descarga |
Servicios de visualización | Recubre el territorio español |
|---|---|---|---|---|
Unidades administrativas |
5 | 7 | 7 | Sí |
Nombres geográficos |
7 | 8 | 8 | Sí |
Direcciones |
6 | 5 | 7 | Sí |
Edificios |
5 | 3 | 4 | Sí |
Parcelas catastrales |
3 | 3 | 3 | Sí |
Parcelas de referencia |
3 | 0 | 3 | Sí |
Parcelas agrícolas |
2 | 2 | 2 | Sí |
En la actualidad España cumple con el Reglamento de los HVDG en todas las categorías. En concreto, cumple con la legislación establecida a nivel de escala o granularidad, atributos, licencia, formato, disponibilidad de los datos en API o descarga máxima, con ser la versión más actualizada y con los metadatos.
Al realizar un análisis detallado de los conjuntos de datos publicados en el marco de los HVD, se destacan varios aspectos clave:
- Cobertura Geográfica Integral: Se ha logrado poner a disposición al menos un conjunto de datos que abarca la totalidad del territorio español.
- Metadatos Exhaustivos: Se han generado metadatos para todos los Conjuntos de Alto Valor Geoespacial (HVDG). Estos metadatos se encuentran publicados en el Catálogo Oficial de Datos y Servicios INSPIRE (CODSI),validados para cumplir con los estándares del Reglamento (CE) nº 1205/2008 de la Comisión.
- Servicios de Visualización y Descarga: Todos los HVDG cuentan con servicios de visualización y de descarga. Los servicios de descarga pueden ser de descarga masiva o API de descarga y en estos momentos son WFS y ATOM y en un futuro pueden ser OGC API Feature o API Coverage.
- Licencias y Formatos Abiertos: Todos los servicios publicados están bajo licencia Creative Commons BY 4.0, y los servicios de descarga utilizan formatos estándares y abiertos como el formato GML documentado por la norma internacional ISO 19136.
- Cumplimiento con Modelos de Datos INSPIRE: Casi todos los conjuntos de datos cumplen con los modelos de datos INSPIRE, garantizando así la coherencia y calidad de los atributos establecidos en el reglamento de HVDG.
- Datos Actualizados y Mantenidos: Los servicios de descarga garantizan la disponibilidad de datos en su versión más actualizada. Cada administración pública responsable de los datos se encarga del mantenimiento y la actualización de la información.
Este análisis resalta el compromiso y la eficiencia en la gestión de datos geoespaciales en España, contribuyendo a la transparencia, accesibilidad y calidad en la información proporcionada a la comunidad.
Se debe resaltar que, en España, se cumple con todos los requisitos de los HVDG. Organismos como el CNIG y el ICGC o el Gob. de Navarra, además de publicar a través de servicios WFS o ATOM, está ya trabajando en tener publicados estos conjuntos de datos con las API de OGC.
El Geoportal de INSPIRE se ha convertido en una valiosa fuente de información, gracias a la dedicación y colaboración de diversas entidades gubernamentales, entre ellas las españolas. Este avance no solo resalta el progreso en la implementación de estándares geoespaciales, sino que también fortalece la base para el desarrollo sostenible y la toma de decisiones informadas en España. ¡Un logro significativo para el país en el ámbito geoespacial!
Contenido elaborado por Mayte Toscano, Senior Consultant en Tecnologías ligadas a la economía del dato. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
La conferencia INSPIRE 2020 tenía que haberse celebrado entre el 11 y 14 de mayo en Dubrovnik. Sin embargo, la pandemia mundial en la que estamos inmersos obligó a su aplazamiento, al igual que ha sucedido con gran cantidad de eventos divulgativos, culturales o deportivos.
Ante esta situación, el comité organizador no se ha dado por vencido, y ha puesto en marcha una edición virtual que tendrá lugar del 3 al 12 de junio.
¿De qué trata el evento?
El evento se desarrollará bajo el lema: “Bringing sustainability and digitalisation together” (Reuniendo la sostenibilidad y la digitalización). La idea es debatir sobre cómo la transición hacia el mundo digital podría ayudar a construir una Europa más sostenible, pero sin olvidar cuáles son los problemas y riesgos medioambientales, económicos y sociales que conlleva la digitalización.
En este proceso de búsqueda de equilibrio entre sostenibilidad y digitalización, los datos y la inteligencia artificial son fundamentales, como queda patente en el Pacto Verde. Cada vez son más las voces que se alzan en pro del desarrollo de un ecosistema digital específico para este ámbito, centrado no solo en datos, infraestructuras y algoritmos, sino también en su análisis y la puesta en marcha de ideas y aplicaciones. En concreto, el Pacto verde hace referencia a los datos accesibles e interoperables, y a su combinación con la infraestructura digital (superordenadores, nubes, redes ultrarrápidas) y las soluciones de inteligencia artificial, como claves de la estrategia económica de la UE para salir de la crisis ligada a la pandemia de la Covid-19.
Durante el evento se mostrarán formas innovadoras de utilizar datos y soluciones digitales para la implementación de políticas que buscan alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, con el foco puesto en la economía circular y la reducción de los niveles de carbono. Todo ello ayudará a guiar el trabajo futuro sobre la legislación de datos existente, en particular la Directiva INSPIRE.
¿Qué es la Directiva INSPIRE?
La Directiva INSPIRE establece una serie de reglas generales para la creación de una Infraestructura de Información Espacial en la Comunidad Europea, basada en las Infraestructuras de los estados miembros. Su objetivo es impulsar la disponibilidad de información geográfica de calidad, que sirva para la formulación, implementación, monitorización y evaluación de políticas en Unión Europea. Su transposición al ordenamiento jurídico español se desarrolla a través de la llamada ley LISIGE.
La hoja de ruta legal de INSPIRE está llegando a su fin, sin embargo, la evolución de la infraestructura continuará. Para que este proceso sea exitoso, debemos asegurar su sostenibilidad en colaboración y asociación con otros actores más allá del alcance inicial de la Directiva, un proceso al que pueden ayudar actos como la conferencia INSPIRE 2020.
¿Cuál es el programa de la Conferencia?
El programa previsto para la cita de mayo ha tenido que ser adaptado. Se ha invitado a los organizadores de las sesiones especiales y talleres a adaptar su participación en forma de seminarios web. Aunque en algunos casos no fue posible, un gran número de participantes accedió a la invitación. Gracias a ello se ha podido crear un interesante programa, que puedes ver en este link. Al pinchar en cada ponencia aparece un resumen de los contenidos concretos que se tratarán en la misma.
Habrá sesiones centradas en datos estadísticos y geoespaciales, las colaboraciones público-privadas o la democratización del uso de los datos. También se hablará del Pacto Verde, por ejemplo, del papel de las Smart cities a la hora de alcanzar los objetivos de sostenibilidad o de la importancia de construir un espacio común de datos, y se mostrarán ejemplos concretos de trabajos en esta dirección, como el ICT4Water cluster.
¿Qué hay que hacer para poder asistir a los seminarios?
Todos los seminarios son gratuitos. Para asistir tienes que registrarte de manera individual en cada uno de ellos. Es una oportunidad única para ponerte al día sobre qué sucede en Europa relacionado con la directiva Inspire, y el papel de los datos abiertos a la hora de conseguir una Europa sostenible y digital.
La Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE) es un ambicioso proyecto para armonizar y fusionar los datos geográficos que manejan todas las administraciones públicas españolas, así como los diferentes servicios de información geográfica existentes. El objetivo final del proyecto no es otro que conseguir que todos estos valiosos datos sean accesibles a través de Internet y en un formato integrado que aumente su utilidad respecto a cuando se manejan por separado.
Como cualquier esfuerzo de integración de datos, metadatos o servicios de información, la IDEE lleva implícito un importante esfuerzo para completar y normalizar datos, y para hacerlos accesibles cumpliendo no solo estándares y protocolos técnicos de interoperabilidad, sino también los correspondientes marcos legales. Pero, como también suele ocurrir en los esfuerzos de estas características, se producen una serie de externalidades positivas que se manifiestan en forma de avances tecnológicos para los participantes o mejoras en los procesos de coordinación de las que posteriormente se benefician otras iniciativas.
El encargado de coordinar la IDEE es el Ministerio de Fomento a través del Consejo Superior Geográfico que es un órgano colegiado en el que están representados todos los productores de los datos geográficos digitales que se pretende integrar en los tres niveles de gobierno existentes en España. También colaboran con la IDEE equipos de investigación de universidades y empresas públicas y privadas que trabajan con tecnologías de información geográfica.
El Consejo Superior Geográfico también ejerce como punto de contacto con la Comisión Europea para la implementación de la Directiva Inspire (Infrastructure for Spatial Information in Europe) en España, la cual proporciona a la IDEE el marco legal a nivel europeo. Inspire establece las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información Espacial en la UE, con una clara vocación medioambiental y basada en las Infraestructuras compatibles e interoperables de los Estados miembros. Además propone desde 2007 un modelo para incentivar la apertura y reutilización de los datos geográficos que ha servido de ejemplo para el impulso de las políticas de datos abiertos en el sector público a nivel europeo, incluida la Directiva relativa a la reutilización de la información del sector público.
Algunos de los beneficios que ya se han materializado como fruto de la IDEE son los grandes proyectos de producción de información geográfica que hemos descrito entre los tesoros digitales del Instituto Geográfico Nacional como el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA) o el Sistema de Información de Ocupación del Suelo de España (SIOSE).
En el geoportal de la IDEE se publican todos los conjuntos de datos y metadatos y los servicios de información geográfica que se integran en el proyecto. El geoportal incluye servicios como un catálogo de datos que permite localizar y acceder a los diferentes conjuntos de datos y metadatos o un visualizador de mapas que permite incluso realizar vuelos panorámicos. Por supuesto, los conjuntos de datos están disponibles no sólo para su consulta sino que también es posible en la mayoría de los casos descargarlos como datos abiertos para su posterior reutilización por los usuarios interesados.
En la sección de recursos del geoportal de la IDEE existen además dos secciones que aportan especial valor añadido más allá de los propios conjuntos de datos:
- Una recopilación de herramientas gratuitas de diferente naturaleza útiles para el trabajo con datos de carácter geográfico. Entre las herramientas gratuitas podemos encontrar por ejemplo diferentes visualizadores de mapas que pueden integrarse en aplicaciones web de terceros. Se trata de aplicaciones de visualización de datos sobre mapas que han sido desarrolladas por diferentes gobiernos regionales y que han sido puestas a disposición del público a través de un interfaz de programación de aplicaciones (API) como parte de sus infraestructuras de datos espaciales (IDE). En la sección también destacan servicios como el de descarga de objetos geográficos de forma asíncrona basado en el estándar Web Processing Service (WPS), servicios para la transformación de coordenadas o visualizadores 3D.
- El rincón del desarrollador, donde podemos encontrar un conjunto de documentos de referencia para desarrolladores de aplicaciones que utilicen conjuntos de datos de carácter geográfico. Estos documentos han sido creados a partir de las Directrices Técnicas paraservicios de red de la Directiva Inspire y con las especificaciones del Open Geospatial Consortium (OGC). Podemos encontrar por ejemplo una Guía para integrar servicios WMS y WFS en diversas aplicaciones o una guía técnica del Servicio de Visualización (WMS) o del Servicio de Descarga (WFS 2.0.0). Estos documentos resultan de gran utilidad para el desarrollo de servicios de visualización, descarga y localización con diferentes herramientas.
De acuerdo con el informe Reusing Open Data (https://www.europeandataportal.eu/sites/default/files/re-using_open_data.pdf), elaborado por el European Data Portal, los datos geográficos son la segunda categoría de datos más reutilizada y consultada por las empresas en los estados miembro de la Unión Europea. Tanto en términos de disponibilidad de conjuntos de datos como en su armonización existe un grado de madurez que aún no encontramos en otros sectores. Además, podemos decir que en materia de información geográfica, España no se ha limitado a seguir la estela de la legislación europea, cuyo despliegue no se completará hasta 2021, sino que ha representado un ejemplo en su compromiso y ha ido más allá de las obligaciones mínimas impuestas por Inspire.
Contenido elaborado por Jose Luis Marín, Head of corporate Technology Strategy en MADISON MK y CEO de Euroalert.
Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
La información geográfica generada en cualquier ámbito, y en particular en el público, posee un gran interés tanto por los cometidos específicos para los que se genera y mantiene como para otras aplicaciones, en muchos casos no previstas inicialmente, y supone un gran potencial para el desarrollo de la sociedad del conocimiento. Con estas palabras comienza la Exposición de Motivos de la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE), a través de la cual se incorpora al Derecho interno español la conocida como Directiva INSPIRE.
Resulta incuestionable que el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación ha permitido la integración de datos obtenidos de distintas procedencias, a partir de los que se pueden articular servicios de valor añadido basados en la interoperabilidad. Sin embargo, más allá de estas premisas tecnológicas y, sin duda, del evidente interés económico vinculado a tales servicios, lo cierto es que la popularización de los servicios de información geográfica con un indiscutible valor añadido sólo puede explicarse en última instancia, al menos desde el punto de vista jurídico, en la adecuada configuración del marco normativo en que se sustentan. Por tanto, resulta de especial interés identificar las claves del modelo regulatorio que, en definitiva, pudieran servir de enseñanza para otros sectores de la actividad pública en los que se pretendiera impulsar una efectiva política de datos abiertos que incentive su reutilización.
¿Cuáles son, pues, esas notas características de la regulación del acceso a las infraestructuras y servicios de información geográfica?
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En primer lugar, parece incuestionable la ventaja que supone la existencia de una normativa específica de ámbito europeo como la Directiva INSPIRE aprobada en 2007, mediante la cual se pretende asegurar que las infraestructuras de datos espaciales de los Estados miembros sean compatibles e interoperables en un contexto comunitario y transfronterizo. Al margen de las previsiones generales sobre acceso y reutilización, tiene por objeto facilitar la aplicación de políticas públicas basadas en la información geográfica; sin que, además, resulte casual que dicha información se encuentre íntimamente vinculada a un ámbito como el medio ambiente, donde existe un régimen jurídico especialmente garantista a la hora de facilitar el acceso a la información.
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Por otra parte, debe enfatizarse la exigencia de que los datos se encuentren en soporte electrónico y, adicionalmente, que sea inexcusable la utilización de metadatos, cuyo alcance y contenido se llegan incluso a establecer legalmente por lo que respecta a sus exigencias principales.
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El establecimiento de una clara e inequívoca obligación legal de respetar las exigencias de normalización e interoperabilidad. Es importante tener en cuenta que, de una parte, se han de respetar las reglas generales del Esquema Nacional de Interoperabilidad, exigibles para toda actividad pública que utilice medios electrónicos; y, de otra, que la propia singularidad de los sistemas de información geográfica exige que se completen con reglas específicas que son establecidas por un solo órgano -el Consejo Superior Geográfico- teniendo en cuenta los estándares internacionales.
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La articulación del sistema a partir no sólo del principio de coordinación sino, además y sobre todo, de la cooperación de las diversas entidades públicas; premisa de singular relevancia en un contexto organizativo descentralizado como el español, donde las diversos niveles administrativos tienen reconocida su propia autonomía. A este respecto, más allá de genéricas e imprecisas declaraciones legales, se establece legalmente el acceso mutuo a los datos y a los servicios salvo decisión judicial o, en su caso, la concurrencia de alguna de las causas justificadas previstas legalmente, esto es, la seguridad pública, la defensa nacional, la existencia de emergencias o las relaciones internacionales. Más aún, la apuesta del legislador es inequívoca al establecer una prohibición expresa de restricciones que impidan la puesta en común de los datos, a menos que exista una previsión legal específica en sentido contrario.
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Por lo que se refiere a las restricciones en el acceso a los datos, la regulación parte del establecimiento de supuestos tasados que, asimismo, son objeto de una redacción precisa que deja un escaso margen a la interpretación.
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Aun cuando se contempla la posibilidad de exigir el cobro de tasas o precios públicos, sin embargo su cuantía se limita al mínimo requerido para garantizar la calidad de los datos y los servicios. Asimismo, se contemplan ciertos casos de gratuidad, tal y como sucede con la información que se encuentre vinculada al cumplimiento de obligaciones normativas europeas relacionadas la protección de medio ambiente. Del mismo modo, también se declara la gratuidad con carácter general de ciertos servicios de localización y de visualización, salvo que concurran circunstancias objetivas que justifiquen el cobro de la tasa o precio público, como sucede singularmente con las cantidades grandes de datos que precisen de actualización continua. Desde estas claves, las condiciones de uso del Centro de Descargas del Centro Nacional de Información Geográfica se establecen en base a una licencia de uso compatible con CC-BY 4.0, que ampara el uso libre y gratuito para cualquier propósito legítimo.
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Finalmente, sin ánimo exhaustivo, parece relevante el apoyo en un instrumento administrativo de referencia como el catastro, donde han de constar necesariamente los bienes inmuebles y que, por tanto, se convierte en uno de los ejes de la información geográfica con unas mínimas garantías de precisión y exactitud.
En definitiva, el hecho de que el régimen jurídico aplicable facilite la integración de cualesquiera fuentes en toda España y en la Unión Europea, y puedan ser compartidos entre distintos usuarios y aplicaciones; que sea posible que los datos geográficos recogidos a un determinado nivel de las Administraciones y organismos del sector público sean compartidos con otras Administraciones y organismos del sector público; que pueda darse difusión a los datos geográficos en condiciones que no restrinjan indebidamente su utilización generalizada; y que, en definitiva, sea posible localizar los datos geográficos disponibles, evaluar su adecuación para un determinado propósito y conocer sus condiciones de uso, así como sus efectos jurídicos y técnicos, son premisas inexcusables para comprender el impulso de los servicios en este sector.
De nuevo, son las propias palabras del legislador al explicar el alcance de las medidas que establece, las que, en definitiva, enumeran unas innegables condiciones que han contribuido a facilitar la reutilización de la información geográfica. ¿Tendría sentido replicar este modelo regulatorio en otros ámbitos?
Contenido elaborado por Julián Valero, catedrático de la Universidad de Murcia y Coordinador del Grupo de Investigación “Innovación, Derecho y Tecnología” (iDerTec).
Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.
El 15 de mayo de 2007 entró en vigor la Directiva de la Comisión Europea «INSPIRE». Fue desarrollada en colaboración con los estados miembros para establecer las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información Espacial en la Comunidad Europea basada en las Infraestructuras de los Estados miembros y con la finalidad de poder formular, implantar y evaluar políticas medioambientales.
Con el fin de asegurar que los conjuntos de datos espaciales estén armonizados y los servicios web sean interoperables en el ámbito de la Unión Europea, INSPIRE exige que se adopten Normas de Ejecución comunes (Implementing Rules) específicas para las siguientes áreas: metadatos, conjuntos de datos, servicios de red, servicios de datos espaciales y servicios de uso compartido. La implementación técnica de estas normas se realiza mediante las Guías Técnicas o Directrices (Technical Guidelines), documentos técnicos basados en estándares y Normas Internacionales
INSPIRE se basa en una serie de principios comunes que deben cumplir los estados miembros de la Unión Europea con respecto a su información espacial:
- Se almacenarán, gestionarán y publicará la información geográfica (IG) allí donde sea más eficaz (distribución).
- Debe ser posible combinar la IG de diferentes fuentes y compartirla entre usuarios y aplicaciones.
- Debe ser posible compartir en todos los ámbitos la IG recogida en un nivel/escala determinada.
- La IG necesaria para la gobernanza debe ser fácilmente accesible.
- Se facilitará el acceso de la información y se publicarán las condiciones de reutilización.
A través de su portal web, INSPIRE ofrece los documentos legales y guías técnicas necesarias para la implementación de la directiva en cada país junto con los informes anuales de cada país y las ediciones también anuales de la Conferencia Europea Inspire que, cada año, aborda cuestiones de política común y desarrollo de Infraestructuras de Datos Espaciales.
A su vez, INSPIRE dispone de un geoportal, gestionado por la Comisión Europea, donde acceder, visualizar y localizar la información geográfica de los estados miembro; y un foro para que los profesionales de diferentes países y áreas intercambien conocimientos y opiniones sobre la iniciativa.
La transposición de esta Directiva al ordenamiento jurídico español se desarrolla a través de la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE) y el portal IDEE es el resultado de la implementación de la Directiva Inspire en de España.