Blog

El Reglamento de Gobernanza de Datos (Data Governance Act o DGA por sus siglas en inglés) forma parte de un complejo entramado normativo y de políticas públicas de la Unión Europea, cuyo objetivo último es crear un ecosistema de conjuntos de datos que alimente la transformación digital de los Estados miembros y los objetivos de la Década Digital Europea:

  • Una población digitalmente capacitada y profesionales digitales altamente cualificados.
  • Infraestructuras digitales seguras y sostenibles.
  • Transformación digital de las empresas.
  • Digitalización de los servicios públicos.

La opinión pública centra su atención en la inteligencia artificial tanto desde el punto de vista de las oportunidades como, sobre todo, de sus riesgos e incertidumbres. No obstante, el reto es mucho más profundo ya que implica en cada una de las distintas capas a muy diversas tecnologías, productos y servicios cuyo elemento común reside en la necesidad de favorecer la disponibilidad de un alto volumen de datos confiables y de calidad contrastada que soporten su desarrollo.

Fomentar el uso de los datos con la legislación como palanca

En sus inicios la Directiva 2019/1024 relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público (Directiva Open Data), la Directiva 95/46/CE relativa al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y posteriormente el Reglamento 2016/679 conocido como Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) apostaron por la reutilización de los datos con plena garantía de los derechos. Sin embargo, su interpretación y aplicación generó en la práctica un efecto contrario a sus objetivos primigenios basculando claramente hacia un modelo restrictivo que puede haber operado afectando a los procesos de generación de datos para su explotación. Las grandes plataformas norteamericanas, mediante una estrategia de servicios gratuitos – buscadores, aplicaciones móviles y redes sociales - a cambio de datos personales y con el mero consentimiento, consiguieron el mayor volumen de datos personales en la historia de la humanidad, incluidas imágenes, voz y perfiles de personalidad.

Con el RGPD la Unión Europea quiso eliminar 28 maneras distintas de aplicar prohibiciones y limitaciones al uso de los datos. Ciertamente mejoró la calidad normativa, aunque tal vez los resultados alcanzados no han sido tan satisfactorios como se esperaba y así lo indican documentos como el Digital Economy and Society Index (DESI) 2022 o el Informe Draghi (The future of European competitiveness-Part A. A competitiveness strategy for Europe).

Ello ha obligado a un proceso de reingeniería legislativa que de manera expresa y homogénea defina las reglas que hagan posibles los objetivos. La reforma de la Directiva Open Data, la DGA, el Reglamento de Inteligencia Artificial y el futuro Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EHDS por sus siglas en inglés), deberán ser leídos desde al menos dos enfoques:

  • El primero de ellos es de alto nivel y su función se dirige a preservar nuestros valores constitucionales. La normativa adopta un enfoque centrado en el riesgo y en la garantía de la dignidad y los derechos de las personas, buscando evitar riesgos sistémicos para la democracia y los derechos fundamentales.
  • El segundo es operacional, se centra en el desarrollo seguro y responsable del producto. Esta estrategia se basa en la definición de reglas de ingeniería de procesos para el diseño de productos y servicios que hagan de los productos europeos un referente global por su robustez, seguridad y confiabilidad.

Una Guía práctica de la Ley de Gobernanza de Datos

La protección de datos desde el diseño y por defecto, el análisis de riesgos para los derechos fundamentales, el proceso de desarrollo de los sistemas de información de inteligencia artificial de alto riesgo validados por los organismos correspondientes o los procesos de acceso y reutilización de datos de salud son ejemplos de los procesos de ingeniería jurídica y tecnológica que regirán nuestro desarrollo digital. No se trata de procedimientos fáciles de aplicar. De ahí que la Unión Europea realice un esfuerzo significativo en la financiación de proyectos como TEHDAS, EUHubs4Data o Quantum que operen como campo de pruebas. En paralelo se realizan estudios o se publican Guías como la Guía práctica de la Ley de Gobernanza de Datos.

Esta Guía recuerda los objetivos esenciales de la DGA:

  • Regular la reutilización de determinados datos de titularidad pública sujetos a los derechos de terceros («datos protegidos», como los datos personales o los datos comerciales confidenciales o susceptibles de propiedad intelectual).
  • Impulsar el intercambio de datos mediante la regulación de los proveedores de servicios de intermediación de datos.
  • Fomentar el intercambio de datos con fines altruistas.
  • Crear el Comité Europeo de Innovación en materia de datos para facilitar el intercambio de mejores prácticas.

La DGA promueve la reutilización segura de datos a través de diversas medidas y salvaguardias. Estas se centran en la reutilización de los datos de organismos del sector público, los servicios de intermediación de datos y el intercambio de datos con fines altruistas.

¿A qué datos aplica? Legitimación para el tratamiento de los datos protegidos en poder de organismos del sector público

En el sector público están protegidos:

  • Los datos comerciales confidenciales, como secretos comerciales o conocimientos técnicos.
  • Los datos estadísticamente confidenciales.
  • Los datos protegidos por el derecho de propiedad intelectual de terceros.
  • Los datos personales, en la medida en que dichos datos no entren en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre datos abiertos cuando se garantice su anonimización irreversible y no se trate de categorías especiales de datos.

Debe subrayarse un punto de partida esencial: en lo que respecta a los datos personales, se aplican además el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y las normas sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas (Directiva 2002/58/CE). Esto implica que, en caso de colisión entre ellas y la DGA, prevalecerán las primeras.

Por otra parte, la DGA no crea un derecho de reutilización ni una nueva base jurídica en el sentido del RGPD para la reutilización de datos personales. Esto significa que el Derecho del Estado miembro o de la Unión determina si una base de datos o un registro específico que contenga datos protegidos está abierto a la reutilización en general. Cuando esta reutilización sí esté permitida, deberá llevarse a cabo de conformidad con las condiciones establecidas en el Capítulo I de la DGA.

Finalmente quedan excluidos del ámbito de la DGA:

  • Datos en posesión de empresas públicas, museos, escuelas y universidades.
  • Datos protegidos por razones de seguridad pública, defensa o seguridad nacional.
  • Datos que posean los organismos del sector público para fines distintos del desempeño de sus funciones públicas definidas.
  • Intercambio de datos entre investigadores con fines de investigación científica no comercial.

Condiciones para la reutilización de los datos

Puede señalarse que en el ámbito de la reutilización de datos del sector público:

▪ La DGA establece normas para la reutilización de datos protegidos, como datos personales, comerciales confidenciales o datos estadísticamente confidenciales.

No crea un derecho general de reutilización, sino que establece condiciones cuando la legislación nacional o de la UE permite dicha reutilización.

▪ Las condiciones de acceso deben ser transparentes, proporcionadas y objetivas, y no deben utilizarse para restringir la competencia. La norma ordena que se promuevan el acceso a los datos por parte de las pymes y las empresas emergentes, y la investigación científica. Se prohíben los acuerdos de exclusividad para la reutilización, excepto en casos específicos de interés público y por un período limitado.

Atribuye a los organismos del sector público el deber de asegurar la preservación de la naturaleza protegida de los datos. Para ello será indispensable el despliegue de metodologías y tecnologías de intermediación. En ellas puede jugar un papel clave, la anonimización y el acceso a través de entornos de tratamiento seguros (Secure processing environments o SPE por sus siglas en inglés). La primera es un factor de eliminación del riesgo, mientras que los SPE pueden definir un ecosistema de tratamiento que ofrezca una oferta integral de servicios a los reutilizadores, desde la catalogación y preparación de los conjuntos de datos hasta su análisis. La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una Aproximación a los espacios de datos desde la perspectiva del RGPD que incluye recomendaciones y metodologías en este ámbito.

▪ Sobre los reutilizadores recaen obligaciones de confidencialidad y no reidentificación de los interesados. En caso de reidentificación de datos personales, el reutilizador debe informar al organismo del sector público y pueden existir obligaciones de notificación de violaciones de seguridad.

▪ En la medida en la que la relación se establece directamente entre el reutilizador y el organismo del sector público pueden existir supuestos en los que éste último deba prestar soporte al primero para el cumplimiento de ciertos deberes:

  • Para obtener, si fuera necesario, el consentimiento de las personas interesadas para el tratamiento de los datos personales.
  • En caso de utilización no autorizada de datos no personales, el reutilizador deberá informar a las personas jurídicas afectadas. El organismo del sector público que concedió inicialmente el permiso de reutilización podrá prestarle soporte si éste fuera necesario.

Las transferencias internacionales de datos personales se rigen por el RGPD. Para las transferencias internacionales de datos no personales, se requiere que el reutilizador informe al organismo del sector público y se comprometa contractualmente a garantizar la protección de los datos. No obstante, es una cuestión abierta, ya que al igual que sucede en el RGPD, la Comisión Europea está facultada para:

1. Proponer cláusulas contractuales tipo que los organismos del sector público puedan utilizar en sus contratos de transferencia con reutilizadores.

2. Cuando un gran número de solicitudes de reutilización procedentes de países concretos lo justifiquen, adoptar «decisiones de equivalencia» por las que se designe a estos terceros países como proveedores de un nivel de protección de los secretos comerciales o de la propiedad intelectual que pueda considerarse equivalente al previsto en la UE.

3. Adoptar las condiciones que deben aplicarse a las transferencias de datos no personales muy sensibles, como por ejemplo datos sanitarios. En los casos en que la transferencia de dichos datos a terceros países suponga un riesgo para los objetivos de política pública de la UE (en este ejemplo, la salud pública) y con el fin de ayudar a los organismos del sector público que concedan permisos de reutilización, la Comisión establecerá condiciones adicionales que deberán cumplirse antes de que dichos datos puedan transferirse a un tercer país.

▪ Los organismos del sector público pueden cobrar tasas por permitir la reutilización. La estrategia de la DGA se orienta a la sostenibilidad del sistema, ya que las tasas solo deben cubrir los costes derivados de la puesta a disposición de los datos para su reutilización, como los costes de anonimización o de proporcionar un entorno de tratamiento seguro. Esto incluiría los costes de tramitación de las solicitudes de reutilización. Los Estados miembros deben publicar una descripción de las principales categorías de costes y de las normas utilizadas para su imputación.

▪ Se reconoce a las personas físicas o jurídicas directamente afectadas por una decisión de reutilización adoptada por un organismo del sector público el derecho a presentar una reclamación o a interponer un recurso judicial en el Estado miembro de dicho organismo del sector público.

Soporte organizativo

Es perfectamente posible que los organismos del sector público que planteen servicios de intermediación se multipliquen. Se trata de un entorno complejo que requerirá de soporte técnico y jurídico, apoyo y coordinación.

Para ello, los Estados miembros deben designar uno o varios organismos competentes cuya función sea apoyar a los organismos del sector público que concedan la reutilización. Los organismos competentes dispondrán de los recursos jurídicos, financieros, técnicos y humanos adecuados para llevar a cabo las tareas que se les asignen, incluidos los conocimientos técnicos necesarios. No son organismos de supervisión, no ejercen poderes públicos y, por ello, la DGA no establece requisitos específicos en cuanto a su estatuto o forma jurídica. Además, se puede atribuir al organismo competente el mandato de permitir la reutilización por sí mismo.

Finalmente, los Estados deben crear un Punto de información único o ventanilla única. A este Punto le corresponderá transmitir consultas y solicitudes a los organismos pertinentes del sector público y mantener una lista de activos con una visión general de los recursos de datos disponibles (metadatos). El punto único de información podrá conectarse a puntos de información locales, regionales o sectoriales cuando existan. A escala de la UE, la Comisión creó el Registro Europeo de Datos Protegidos en poder del sector público (ERPD), un registro que permite buscar la información recopilada por los puntos únicos de información nacionales con el fin de facilitar aún más la reutilización de datos en el mercado interior y fuera de él.

Los Reglamentos de la UE son normas cuya implementación resulta ciertamente compleja. Por ello se requiere una especial proactividad que contribuya a su correcto entendimiento e implementación. La Guía de la Unión Europea para el despliegue de la Data Governance Act constituye un primer instrumento para ello y permitirá una mayor comprensión de los objetivos y posibilidades que ofrece la DGA.


Contenido elaborado por Ricard Martínez Martínez, Director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital, Departamento de Derecho Constitucional de la Universitat de València. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.

calendar icon
Entrevista

En este episodio vamos a hablar de la inteligencia artificial y sus retos, tomando como base el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial que entró en vigor este año. Quédate para conocer los retos oportunidades y novedades del sector de la mano de dos expertos en la materia:

  • Ricard Martínez, profesor de derecho constitucional de la Universitat de València en la que dirige la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital Microsoft Universidad de Valencia.
  • Carmen Torrijos, lingüista computacional, experta en IA aplicada al lenguaje y profesora de minería de texto en la Universidad Carlos III.

Escuchar el pódcast completo

Resumen de la entrevista

1. Está claro que la inteligencia artificial está en continua evolución. Para entrar en materia, me gustaría que nos contarais ¿cuáles son los últimos avances en la IA?

Carmen Torrijos: Surgen muchas aplicaciones nuevas. Por ejemplo, este fin de semana pasado ha tenido mucho eco una IA de generación de imagen en X, en Twitter, no sé si lo habéis seguido, que se llama Grok. Ha tenido bastante impacto, no porque aporte nada nuevo, ya que la generación de imagen es algo que estamos haciendo desde diciembre de 2023. Pero esta es una IA que tiene menos censura, es decir, teníamos hasta ahora muchas dificultades con los sistemas generalistas para hacer imágenes que tuvieran caras de famosos o tuvieran situaciones determinadas y estaba muy vigilado desde cualquier herramienta. Grok lo que hace es levantar todo eso y que cualquiera pueda hacer cualquier tipo de imagen con cualquier persona famosa o con cualquier cara conocida. Es una moda seguramente muy pasajera. Haremos imágenes durante un tiempo y luego se nos pasará.

Y después tenemos también sistemas de creación de podcast automáticos, como Notebook LM. Ya llevamos un par de meses viéndolos y ha sido realmente una de las cosas que a mí, en los últimos meses, me ha sorprendido de verdad. Porque ya parece que todos son innovaciones incrementales: sobre lo que ya tenemos, nos dan algo mejor. Pero esto es algo realmente nuevo que sorprende. Tú subes un PDF y te puede generar un podcast de dos personas hablando de manera totalmente natural, totalmente realista, sobre ese PDF. Es algo que puede hacer Notebook LM que es de Google.

2. El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial es la primera norma jurídica del mundo sobre IA, ¿con qué objetivos se publica este documento que es ya un marco referencial a nivel internacional?

Ricard Martínez:  El Reglamento surge por algo que está implícito en lo que Carmen nos ha contado. Todo esto que Carmen cuenta es porque nos hemos abierto a la misma carrera desenfrenada a la que nos abrimos con la aparición de las redes sociales. Porque cuando esto pasa, no es inocente, no es que las compañías sean generosas, es que las compañías están compitiendo por nuestros datos. Nos gamifican, nos animan a jugar, nos animan a proporcionarles información, por eso se abren. No se abren porque sean generosas, no se abren porque quieran trabajar para el bien común o para la humanidad. Se abren porque les estamos haciendo el trabajo. ¿Qué es lo que la Unión Europea quiere frenar? Lo que aprendimos con las redes sociales. La Unión Europea plantea dos grandes enfoques que voy a tratar de explicar de modo muy sucinto. El primer enfoque es un enfoque de riesgo sistémico. La Unión Europea ha dicho: “no voy a tolerar herramientas de inteligencia artificial que puedan poner en peligro el sistema democrático, es decir, el estado de derecho y mi modo de funcionamiento o que puedan vulnerar gravemente derechos fundamentales”. Eso es una línea roja.

El segundo enfoque es un enfoque de orientación a producto. Una IA es un producto. Cuando usted fabrica un coche, sigue unas reglas que gestionan cómo produce ese coche, y ese coche llega al mercado cuando es seguro, cuando tiene todas las especificaciones. Ese es el segundo gran enfoque del Reglamento. El Reglamento dice que puede usted estar desarrollando una tecnología porque usted está investigando y casi le dejo hacer lo que quiera. Ahora, si esta tecnología va a llegar al mercado, usted catalogará el riesgo. Si el riesgo es bajo o leve, usted va a poder hacer muchas cosas y, prácticamente, con transparencia y códigos de conducta, se lo voy a dar por bueno. Pero si es un riesgo alto, usted va a tener que seguir un proceso de diseño estandarizado, y va a necesitar que un órgano notificado verifique esa tecnología, se asegure que en su documentación usted ha cumplido lo que tiene que cumplir, y entonces le darán un sello CE. Y no acabamos aquí, porque va a haber vigilancia postcomercial. De modo que, a lo largo del ciclo de vida del producto, usted debe garantizar que esto funciona bien y que se ajusta a la norma.

Por otra parte, se establece un control férreo respecto de los grandes modelos de datos, no solo LLM, también puede ser de imagen o de otro tipo de información, cuando crea que pueden plantear riesgos sistémicos.

En ese caso, hay un control muy directo por parte de la Comisión. Por tanto, en el fondo, lo que están diciendo es: "respeten los derechos, garanticen la democracia, produzcan la tecnología de modo ordenado de acuerdo con ciertas especificaciones".

Carmen Torrijos:  Sí, en cuanto a los objetivos está claro. Me he quedado con lo último que decía Ricard sobre producir tecnología de acuerdo a esta Regulación. Tenemos este mantra de que Estados Unidos hace cosas, Europa las regula y China las copia. A mí no me gusta nada generalizar así. Pero es verdad que Europa es pionera en materia de legislación y seríamos mucho más fuertes si pudiéramos producir tecnología acorde a los estándares regulatorios que estamos poniendo. Hoy por hoy todavía no podemos, quizás es una cuestión de darnos tiempo, pero creo que esa es la clave de la soberanía tecnológica en Europa.

3. Para poder producir esa tecnología, los sistemas de IA necesitan datos para entrenar sus modelos. ¿Qué criterios deberían cumplir los datos para poder entrenar correctamente un sistema de IA? ¿Los conjuntos de datos abiertos podrían ser una fuente? ¿De qué manera?

Carmen Torrijos: Los datos con los que alimentamos la IA son el punto de mayor conflicto. ¿Podemos entrenar con cualquier conjunto de datos incluso aunque estén disponibles? No vamos a hablar de datos abiertos, sino de datos disponibles.

Datos abiertos es, por ejemplo, la base de todos los modelos de lenguaje, y todo el mundo esto lo sabe, que es Wikipedia. Wikipedia es un ejemplo ideal para entrenar, porque es abierta, está optimizado para su uso computacional, es descargable, es muy fácil de usar, hay muchísimo lenguaje, por ejemplo, para entrenar modelos de lenguaje, y hay muchísimo conocimiento del mundo. Con lo cual es el conjunto de datos ideal para entrenar un modelo de IA. Y Wikipedia está en abierto, está disponible, es de todos y es para todos, se puede utilizar.

Ahora bien, ¿todos los conjuntos de datos que hay disponibles en Internet se pueden utilizar para entrenar sistemas de IA? Esa es un poco la duda. Porque el hecho de que algo esté publicado en Internet no quiere decir que sea público, de uso público, aunque tú puedas cogerlo y entrenar un sistema y empezar a generar lucro a partir de ese sistema. Tenía unos derechos de autor, una autoría y propiedad intelectual. Ese yo creo que es el conflicto más grave que tenemos ahora mismo en IA generativa porque utiliza contenidos para inspirarse y crear. Y ahí poco a poco Europa está dando pasitos. Por ejemplo, el Ministerio de Cultura ha lanzado una iniciativa para empezar a ver cómo podemos crear contenidos, conjuntos de datos licenciados, que permitan entrenar la IA de una manera legal, ética y con respecto a los derechos de propiedad intelectual de los autores.

Todo esto está generando muchísima fricción. Porque si seguimos así, nos ponemos en contra a muchos ilustradores, traductores, escritores, etc. (todos los creadores que trabajan con el contenido), porque no van a querer que se desarrolle esta tecnología a costa de sus contenidos. De alguna manera hay que encontrar el equilibrio en la regulación y en la innovación para que las dos cosas ocurran. Desde los grandes sistemas tecnológicos que se están desarrollando, sobre todo en Estados Unidos, se repite una idea que es que solo con contenidos licenciados, con conjuntos de datos legales que están libres de propiedad intelectual, o que se ha pagado los rendimientos necesarios por su propiedad intelectual, no se puede llegar al nivel de calidad de las IA's que tenemos ahora. Es decir, solamente con conjuntos de datos legales no hubiéramos tenido ChatGPT al nivel que está el ChatGPT.

Eso no está escrito en piedra y no tiene por qué ser así. Tenemos que seguir investigando, o sea, tenemos que seguir viendo cómo podemos lograr una tecnología de ese nivel, pero que cumpla con la regulación. Porque lo que han hecho en Estados Unidos, lo que ha hecho GPT-4, los grandes modelos del lenguaje, los grandes modelos de generación de imagen, es enseñarnos el camino. Esto es hasta dónde podemos llegar. Pero lo habéis hecho cogiendo contenido que no es vuestro, que no era lícito coger. Tenemos que conseguir volver a ese nivel de calidad, volver a ese nivel de rendimiento de los modelos, respetando la propiedad intelectual del contenido. Y eso es un papel que yo creo que corresponde principalmente a Europa

4. Otra de las cuestiones que le preocupa a la ciudadanía respecto al rápido desarrollo de la IA es el tratamiento de los datos personales. ¿Cómo deberían protegerse y qué condiciones establece el reglamento europeo para ello?

Ricard Martínez: Hay un conjunto de conductas que se han prohibido esencialmente para garantizar los derechos fundamentales de las personas. Pero no es la única medida. Yo le concedo muchísima importancia a un artículo en la norma al que seguramente no le vamos a dar muchas vueltas, pero para mí es clave. Hay un artículo, el cuarto, que en inglés se ha titulado AI Literacy, y en castellano “Formación en inteligencia artificial” que dice que cualquier sujeto que está interviniendo en la cadena de valor tiene que haber sido adecuadamente formado. Tiene que conocer de qué va esto, tiene que conocer cuál es el estado del arte, tiene que conocer cuáles son las implicaciones de la tecnología que va a desarrollar o que va a desplegar. Le concedo mucho valor porque significa incorporar en toda la cadena de valor (desarrollador, comercializador, importador, compañía que despliegue un modelo para su uso, etc.) un conjunto de valores que suponen lo que en inglés se llama accountability, responsabilidad proactiva, por defecto. Esto se puede traducir en un elemento que es muy sencillo, sobre el que se habla hace dos mil años en el mundo del derecho, que es el ‘no hacer daño’, es el principio de no maleficencia.

Con algo tan sencillo como eso, "no haga usted daño a los demás, actúe de buena y garantice sus derechos",  no se deberían producir efectos perversos o efectos dañosos, lo cual no significa que no pueda suceder. Y precisamente eso lo dice el Reglamento muy particularmente cuando se refiere a los sistemas de riesgo alto, pero es aplicable a todos los sistemas. El Reglamento te dice que tienes que garantizar los procesos de cumplimiento y las garantías durante todo el ciclo de vida del sistema. De ahí que sea tan importante la robustez, la resiliencia y el disponer de planes de contingencia que te permiten revertir, paralizar, pasar a control humano, cambiar el modelo de uso cuando se produce algún incidente.

Por tanto, todo el ecosistema está dirigido a ese objetivo de no lesionar derechos, no causar perjuicios. Y hay un elemento que ya no depende de nosotros, depende de las políticas públicas. La IA no solo va a lesionar derechos, va a cambiar el modo en el que entendemos el mundo. Si no hay políticas públicas en el sector educativo que aseguren que nuestros niños y niñas desarrollen capacidades de pensamiento computacional y de ser capaces de tener una relación con una interfaz-máquina, su acceso al mercado de trabajo se va a ver significativamente afectado. Del mismo modo, si no aseguramos la formación continua de los trabajadores en activo y también las políticas públicas de aquellos sectores condenados a desaparecer.

Carmen Torrijos: Me parece muy interesante el enfoque de Ricard de formar es proteger. Formar a la gente, informar a la gente, que la gente tenga capacitación en IA, no solamente la gente que está en la cadena de valor, sino todo el mundo. Cuanto más formas y capacitas, más estás protegiendo a las personas.

Cuando salió la ley, hubo cierta decepción en los entornos IA y sobre todo en los entornos creativos. Porque estábamos en plena efervescencia de la IA generativa y no se estaba regulando apenas la IA generativa, pero se estaban regulando otras cosas que dábamos por hecho que en Europa no iban a pasar, pero que hay que regular para que no puedan pasar. Por ejemplo, la vigilancia biométrica: que Amazon no pueda leerte la cara para decidir si estás más triste ese día y venderte más cosas o sacarte más publicidad o una publicidad determinada. Digo Amazon, pero puede ser cualquier plataforma. Eso, por ejemplo, en Europa no se va a poder hacer porque está prohibido desde la ley, es un uso inaceptable: la vigilancia biométrica.

Otro ejemplo es la puntuación social, el social scoring que vemos que pasa en China, que se dan puntos a los ciudadanos y se accede a servicios públicos a partir de estos puntos. Eso tampoco se va a poder hacer. Y hay que contemplar también esta parte de la ley, porque damos muy por hecho que esto no nos va a ocurrir, pero cuando no lo regulas es cuando ocurre. China tiene instalados 600 millones de cámaras de TRF, de tecnología de reconocimiento facial, que te reconocen con tu DNI. Eso no va a pasar en Europa porque no se puede, porque también es vigilancia biométrica. Entonces hay que entender que la ley quizá parece que va más despacio en lo que ahora nos tiene embelesados que es la IA generativa, pero se ha dedicado a tratar puntos muy importantes que había que cubrir para proteger a las personas. Para no perder derechos fundamentales que ya teníamos ganados.

Por último, la ética tiene un componente muy incómodo, que nadie quiere mirar, que es que a veces hay que revocar. A veces hay que quitar algo que está en funcionamiento, incluso que está dando un beneficio, porque está incurriendo en algún tipo de discriminación, o porque está trayendo algún tipo de consecuencia negativa que viola a los derechos de un colectivo, de una minoría o de alguien vulnerable. Y eso es muy complicado. Cuando ya nos hemos acostumbrado a tener una IA funcionando en determinado contexto, que puede ser incluso un contexto público, parar y decir que esto está discriminando a personas, entonces este sistema no puede seguir en producción y hay que quitarlo. Ese punto es muy complicado, es muy incómodo y cuando hablamos de ética, que hablamos muy fácil de ética, hay que pensar también en cuántos sistemas vamos a tener que parar y revisar antes de poder volver a poner en funcionamiento, por muy fácil que nos hagan la vida o por muy innovadores que parezcan.

5. En este sentido, teniendo en cuenta todo lo que recoge el Reglamento, algunas empresas españolas, por ejemplo, tendrán que adaptarse a este nuevo marco. ¿Qué deberían estar haciendo ya las organizaciones para prepararse? ¿Qué deberían revisar las empresas españolas teniendo en cuenta el reglamento europeo?

Ricard Martínez: Esto es muy importante, porque hay un nivel corporativo empresarial de altas capacidades que a mí no me preocupa porque estas empresas entienden que estamos hablando de una inversión. Y del mismo modo que invirtieron en un modelo basado en procesos que integraba el compliance desde el diseño para protección de datos. El siguiente salto, que es hacer exactamente lo mismo con inteligencia artificial, no diré que carece de importancia, porque posee una importancia relevante, pero digamos que es recorrer un camino que ya se ensayó. Estas empresas ya tienen unidades de compliance, ya tienen asesores, y ya tienen unas rutinas en las que se puede integrar como una parte más del proceso el marco de referencia de la normativa de inteligencia artificial. Al final lo que va a hacer es crecer en un sentido el análisis de riesgos. Seguramente va a obligar a modular los procesos de diseño y también las propias fases de diseño, es decir, mientras que en un diseño de software prácticamente hablamos de pasar de un modelo no funcional a picar código, aquí hay una serie de labores de enriquecimiento, anotación, validación de los conjuntos de datos, prototipado que exigen seguramente más esfuerzo, pero son rutinas que se pueden estandarizar.

Mi experiencia en proyectos europeos en los que hemos trabajado con clientes, es decir, con las PYMES, que esperan que la IA sea plug and play, lo que hemos apreciado es una enorme falta de capacitación. Lo primero que deberías preguntarte no es si tu empresa necesita IA, sino si tu empresa está preparada para la IA. Es una pregunta previa y bastante más relevante. Oiga, usted cree que puede dar un salto a la IA, que puede contratar un determinado tipo de servicios, y nos estamos dando cuenta que es que usted ni siquiera cumple bien la norma de protección de datos.

Hay una cosa, una entidad que se llama Agencia Española de Inteligencia Artificial, AESIA y hay un Ministerio de Transformación Digital, y si no hay políticas públicas de acompañamiento, podemos incurrir en situaciones de riesgo. ¿Por qué? Porque yo tengo el enorme placer de formar en grados y posgrados a futuros emprendedores en inteligencia artificial. Cuando se enfrentan al marco ético y jurídico no diré que se quieren morir, pero se les cae el mundo encima. Porque no hay un soporte, no hay un acompañamiento, no hay recursos, o no los pueden ver, que no le supongan una ronda de inversión que no pueden soportar, o no hay modelos guiados que les ayuden de modo, no diré fácil, pero sí al menos usable.

Por lo tanto, creo que hay un reto sustancial en las políticas públicas, porque si no se da esa combinación, las únicas empresas que podrán competir son las que ya tienen una masa crítica, una capacidad inversora y un capital acumulado que les permite cumplir con la norma. Esta situación podría conducir a un resultado contraproducente.

Queremos recuperar la soberanía digital europea, pero si no hay políticas públicas de inversión, los únicos que van a poder cumplir la norma europea son las empresas de otros países.

Carmen Torrijos: No porque sean de otros países sino porque son más grandes.

Ricard Martínez: Sí, por no citar países.

6. Hemos hablado de retos, pero también es importante destacar oportunidades. ¿Qué aspectos positivos podríais destacar a raíz de esta regulación reciente?

Ricard Martínez: Yo trabajo en la construcción, con fondos europeos, de Cancer Image EU que pretende ser una infraestructura digital para la imagen de cáncer. En estos momentos, hablamos de un partenariado que engloba a 14 países, 76 organizaciones, camino de 93, para generar una base de datos de imagen médica con 25 millones de imágenes  de cáncer con información clínica asociada para el desarrollo de inteligencia artificial. La infraestructura se está construyendo, todavía no existe, y aún así, en el Hospital La Fe, en Valencia, ya se está investigando con mamografías de mujeres que se han practicado el screening bienal y que después han desplegado cáncer, para ver si es capaz de entrenar un modelo de análisis de imagen que sea capaz de reconocer preventivamente esa manchita que el oncólogo o el radiólogo no vieron y que después acabó siendo un cáncer. ¿Significa que te van a poner quimioterapia cinco minutos después? No. Significa que te van a monitorizar, que van a tener una capacidad de reacción temprana. Y que el sistema de salud se va a ahorrar doscientos mil euros. Por mencionar alguna oportunidad.

Por otra parte, las oportunidades hay que buscarlas, además, en otras normas. No solo en el Reglamento de Inteligencia Artificial. Hay que irse a Data Governance Act, que quiere contrarrestar el monopolio de datos que tienen las empresas norteamericanas con una compartición de datos desde el sector público, privado y desde la propia ciudadanía. Con Data Act, que pretende empoderar a los ciudadanos para que puedan recuperar sus datos y compartirlos mediante consentimiento. Y finalmente con el European Health Data Space que quiere crear un ecosistema de datos de salud para promover la innovación, la investigación y el emprendimiento. Ese ecosistema de espacios de datos es el que debería ser un enorme generador de espacios de oportunidad.

Y además, yo no sé si lo van a conseguir o no, pero pretende ser coherente con nuestro ecosistema empresarial. Es decir, un ecosistema de pequeña y mediana empresa que no tiene altas capacidades en la generación de datos y lo que le vamos a hacer es a construirles el campo. Les vamos a crear los espacios de datos, les vamos a crear los intermediarios, los servicios de intermediación y esperemos que ese ecosistema en su conjunto permita que el talento europeo emerja desde la pequeña y media empresa. ¿Que se vaya a conseguir o no? No lo sé, pero el escenario de oportunidad parece muy interesante.

Carmen Torrijos: Si preguntas por oportunidades, oportunidades todas. No solamente la inteligencia artificial, sino todo el avance tecnológico, es un campo tan grande que puede traer oportunidades de todo tipo. Lo que hay que hacer es bajar las barreras, que ese es el problema que tenemos. Y barreras las tenemos también de muchos tipos, porque tenemos barreras técnicas, de talento, salariales, disciplinares, de género, generacionales, etc.

Tenemos que concentrar las energías en bajar esas barreras, y luego también creo que seguimos viniendo del mundo analógico y tenemos poca conciencia global de que tanto lo digital como todo lo que afecta a la IA y a los datos es un fenómeno global. No sirve de nada mantenerlo todo en lo local, o en lo nacional, o ni siquiera a nivel europeo, sino que es un fenómeno global. Los grandes problemas que tenemos vienen porque tenemos empresas tecnológicas que se desarrollan en Estados Unidos trabajando en Europa con datos de ciudadanos europeos. Ahí se genera muchísima fricción. Todo lo que pueda llevar a algo más global va a ir siempre en favor de la innovación y va a ir siempre en favor de la tecnología. Lo primero es levantar las barreras dentro de Europa. Esa es una parte muy positiva de la ley.

7. Llegados a este punto, nos gustaría realizar un repaso sobre el estado en el que nos encontramos y las perspectivas de futuro. ¿Cómo veis el futuro de la inteligencia artificial en Europa?

Ricard Martínez: Yo tengo dos visiones: una positiva y una negativa. Y las dos vienen de mi experiencia en protección de datos. Si ahora que tenemos un marco normativo, las autoridades reguladoras, me refiero desde inteligencia artificial y desde protección de datos, no son capaces de encontrar soluciones funcionales y aterrizadas, y generan políticas públicas desde arriba hacia abajo y desde una excelencia que no se corresponde con las capacidades y las posibilidades de la investigación -me refiero no solo a la investigación empresarial, también a la universitaria-, veo el futuro muy negro. Si por el contrario, entendemos de modo dinámico la regulación con políticas públicas de soporte y acompañamiento que generen las capacidades para esa excelencia, veo un futuro prometedor porque en principio lo que haremos será competir en el mercado con las mismas soluciones que los demás, pero responsive: seguras, responsables y confiables.

Carmen: Sí, yo estoy muy de acuerdo. Yo introduzco en eso la variable tiempo, ¿no? Porque creo que hay que tener mucho cuidado en no generar más desigualdad de la que ya tenemos. Más desigualdad entre empresas, más desigualdad entre la ciudadanía. Si tenemos cuidado con eso, que se dice fácil, pero se hace difícil, yo creo que el futuro puede ser brillante, pero no lo va a ser de manera inmediata. Es decir, vamos a tener que pasar por una época más oscura de adaptación al cambio. Igual que muchos temas de la digitalización ya no nos son ajenos, ya están trabajados, ya hemos pasado por ellos y ya los hemos regulado, la inteligencia artificial necesita su tiempo también.

Llevamos muy pocos años de IA, muy pocos años de IA generativa. De hecho, dos años no es nada en un cambio tecnológico a nivel mundial. Y tenemos que dar tiempo a las leyes y tenemos también que dar tiempo a que ocurran cosas. Por ejemplo, pongo un ejemplo muy evidente, la denuncia del New York Times a Microsoft y a OpenAI no se ha resuelto todavía. Llevamos un año, se interpuso en diciembre de 2023, el New York Times se queja de que han entrenado con sus contenidos los sistemas de IA y en un año no se ha conseguido llegar a nada en ese proceso. Los procesos judiciales son muy lentos. Necesitamos que ocurran más cosas. Y que se resuelvan más procesos de este tipo para tener precedentes y para tener madurez como sociedad en lo que está ocurriendo, y nos falta mucho. Es como que no ha pasado casi nada. Entonces, la variable tiempo creo que es importante y creo que, aunque al principio tengamos un futuro más negro, como dice Ricard, creo que a largo plazo, si mantenemos claros los límites, podemos llegar a algo brillante.

Clips de la entrevista

Clip 1. ¿Qué criterios deberían tener los datos para entrenar un sistema de IA?

Clip 2. ¿Qué deberían revisar las empresas españolas teniendo en cuenta el Reglamento de IA?

calendar icon
Entrevista

Este episodio se centra en el gobierno del dato y en explicar por qué es importante contar con normas, políticas y procesos que permitan asegurar que los datos sean correctos, fiables, seguros y útiles. Para ello, analizamos la Ordenanza Tipo sobre Gobierno del Dato de la Federación Española de Municipios y Provincias, conocida como la FEMP, y su aplicación en un organismo público como es el Ayuntamiento de Zaragoza. De ello se encargarán los siguientes invitados:

  • Roberto Magro Pedroviejo, Coordinador del Grupo de Trabajo de Datos Abiertos de la Red de Entidades Locales por la Transparencia y la participación Ciudadana de la Federación Española de Municipios y Provincias y funcionario público del Ayuntamiento de Alcobendas.
  • María Jesús Fernández Ruiz, Jefa de la Oficina Técnica de Transparencia y Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Zaragoza.

Escuchar el pódcast completo

Resumen de la entrevista

1. ¿Qué es el gobierno del dato?

Roberto Magro Pedroviejo: Nosotros, en el ámbito de las Administraciones Públicas, definimos el gobierno del dato como un mecanismo organizativo y técnico que aborda de forma integral las cuestiones relativas al uso de los datos en nuestra organización. Abarca todo el ciclo de vida de los datos, es decir, desde su creación hasta su archivo o incluso, si fuera necesario, su purga y destrucción. Su propósito es que los datos sean de calidad y estén disponibles para todos aquellos que los precisen: a veces, será solo la propia organización internamente, pero otras muchas veces será la ciudadanía en general, los reutilizadores, el ámbito universitario, etc. El gobierno del dato debe facilitar el derecho de acceso a los mismos. En definitiva, el gobierno del dato permite dar respuesta al objetivo de gestionar eficaz y eficientemente nuestra administración y conseguir mayor interoperabilidad entre todas las administraciones.

2. ¿Por qué es importante este concepto para un municipio?

María Jesús Fernández Ruiz: Porque hemos comprobado que, dentro de las organizaciones, tanto públicas como privadas, la obtención y la gestión de los datos muchas veces se realizan sin seguir criterios homogéneos, estándares o las técnicas adecuadas. Esto se traduce en una situación difícil y costosa, que se agrava cuando intentamos desarrollar un espacio de datos o desarrollar servicios relacionados con los datos. Por lo tanto, es necesario un paraguas que nos obligue a la gestión del dato, como ha comentado Roberto, eficaz y eficiente, siguiendo estándares y criterios homogéneos, lo que nos facilita la interoperabilidad.

3. Para dar respuesta a este reto, es necesario establecer una serie de directrices que ayuden a las administraciones locales a establecer un marco legal. Por ello se ha creado la Ordenanza Tipo sobre Gobierno del Dato de la FEMP. ¿Cómo fue el proceso de desarrollo de este documento de referencia?

Roberto Magro Pedroviejo: Dentro del Grupo de Datos Abiertos de la Red que se creó allá por el año 2017, una de las personas con la que hemos contado y que ha aportado muchísimas ideas, ha sido María Jesús, desde el Ayuntamiento de Zaragoza. Salíamos del COVID, justo en marzo de 2021, y recuerdo perfectamente la reunión que tuvimos en una sala que nos prestó el Ayuntamiento de Madrid en el Palacio de Cibeles. María Jesús estaba en Zaragoza y entró por videoconferencia a esa reunión. Ese día María Jesús, viendo qué cosas y qué trabajos podíamos abordar dentro de este grupo multidisciplinar, propuso crear una ordenanza tipo. La FEMP y la Red ya tenían experiencia en crear ordenanzas tipo para intentar mejorar, y sobre todo ayudar, a los municipios y entidades locales o diputaciones a que crearan normativas.

Empezamos a trabajar un equipo multidisciplinar, liderado por José Félix Muñoz Soro, de la Universidad de Zaragoza, que es la persona que ha coordinado el texto normativo que hemos publicado. Y unos meses más tarde, concretamente en enero de 2022, hicimos ya una quedada. Nos reunimos presencialmente en el Ayuntamiento de Zaragoza y ahí empezamos a fijar las bases de por qué la ordenanza tipo, qué tipo de articulado debía ser, qué tipo de estructura debía tener, etc. Y nos reunimos un equipo, como decíamos, multidisciplinar, en el que estaban expertos en gobernanza del dato y juristas de la Universidad de Zaragoza, personal de la Universidad Politécnica de Madrid, compañeras de la Universidad Politécnica de Valencia, profesionales del ámbito público local y periodistas expertos en datos abiertos.

El primer borrador se publicó en mayo/junio del año 2022. Además, se dispuso a consulta pública a través de la plataforma que tiene el Ayuntamiento de Zaragoza de Participación Ciudadana. Nos pusimos en contacto con unos 100 expertos de ámbito nacional y recibimos como unas 30 aportaciones de mejoras, de las cuales se incluyeron la mayoría, y que permitieron que a finales del año pasado tuviéramos ya el texto definitivo, que se pasó al área jurídica de la FEMP para validarlo. En febrero del año 2024 se publicó la normativa, que ya está dispuesta en la página web de la Red para su descarga de forma gratuita.

Quiero aprovechar esta oportunidad para agradecer el excelente trabajo realizado por todas las personas participantes en el equipo que desde sus respectivas ópticas han trabajado de forma desinteresada para crear este conocimiento y compartirlo con todas las administraciones públicas españolas.

4. ¿Cuáles son los beneficios que se esperaban de la ordenanza?

María Jesús Fernández Ruiz: Para mí, uno de los objetivos principales de la ordenanza, y creo que es un gran instrumento, es que recoge el ciclo completo de vida del dato. Se recoge desde que se genera el dato, cómo se gestiona el dato, cómo se facilita el dato, cómo se tiene que guardar la documentación asociada al dato, cómo se tienen que guardar los históricos, etc. Lo más importante es que establece unos criterios para gestionar el dato respetando todo su ciclo de vida.

La ordenanza también establece unos principios, que no son muchos, pero que son muy importantes y que nos van marcando, que nos hablan, por ejemplo, de la gobernanza efectiva del dato y nos describe lo importante que es establecer procesos a la hora de generar el dato, de gestionar el dato, de facilitar el dato, etc.

También es otro principio muy importante, que lo ha comentado Roberto, el tratamiento ético del dato. Es decir, la importancia de recoger la trazabilidad del dato, de ver por dónde se mueve el dato y de respetar los derechos de las personas físicas y jurídicas.

Otro principio muy importante y que genera mucho ruido en las instituciones es que hay que gestionar el dato desde la fase de diseño, la gestión del dato por defecto. Muchas veces, cuando empezamos a trabajar los datos con criterios de apertura, lo estamos ya haciendo a la mitad del ciclo de vida del dato o casi al final. Tenemos que diseñar la gestión del dato desde el principio, desde el origen. Esto nos ahorra muchísimos recursos, tanto humanos como económicos.

Otro tema importante para nosotros y que defendemos dentro de la ordenanza es que la administración tiene que estar orientada al dato. Tiene que ser una administración que va a diseñar sus políticas basada en la evidencia. Una administración que va a considerar el dato como un activo estratégico y por lo tanto facilitará los recursos que sean necesarios.

Y otro tema, que comentamos muchas veces también con Roberto, es la importancia de la cultura del dato. Cuando trabajamos y publicamos el dato, un dato que es interoperable, que es fácil de reutilizar, que se comprende, etc. no podemos detenernos ahí, sino que hay que hablar de la cultura del dato, que también viene recogida en la ordenanza. Es importante que difundamos qué es un dato, qué es un dato de calidad, cómo acceder al dato, cómo utilizar el dato. Es decir, cada vez que publiquemos un conjunto de datos, debemos plantearnos actuaciones relacionadas con la cultura del dato.

5. El Ayuntamiento el de Zaragoza ha sido pionero en la aplicación de esta ordenanza. ¿Cómo ha sido este proceso de implementación y qué retos os estáis encontrando?

María Jesús Fernández Ruiz: Este reto ha sido muy interesante y además nos ha ayudado a mejorar. Fue muy rápido al principio y ya en junio íbamos a presentar la ordenanza a lo que es el gobierno de la ciudad. Hay un proceso donde los diferentes partidos hacen votos particulares sobre la ordenanza y dicen “este punto me gusta”, “este punto me parece más interesante”, “este habría que modificarlo”, etc. Nuestra sorpresa es que hemos tenido más de 50 votos particulares a la ordenanza, después de haber pasado el proceso de consulta pública y de haber salido en todos los medios de comunicación, que también fue enriquecedor, y ha habido que contestar a estos votos. La verdad es que nos ha ayudado a mejorar y, en estos momentos, estamos esperando a que vaya a gobierno.

Cuando me dicen ¿cómo te sientes María Jesús? La respuesta es bien, vamos avanzando, porque gracias a esa ordenanza que está pendiente de aprobarse en gobierno del Ayuntamiento de Zaragoza, ya hemos sacado una serie de contratos. Uno que es importantísimo para nosotros: elaborar un inventario de datos y de fuentes de información de nuestra institución, que creemos que es el instrumento básico para gestionar el dato, saber qué datos tenemos, dónde se originan, qué trazabilidad tienen, etc. Por lo tanto, no hemos parado. Gracias a ese marco todavía no aprobado, nosotros hemos podido avanzar a base de contratos o algo que es básico en una institución: la definición de los profesionales que tienen que participar en la gestión del dato.

6. Mencionabas la necesidad de elaborar un inventario de conjuntos de datos y fuentes de información, ¿de qué tipo de conjuntos de datos estamos hablando y qué información descriptiva debe incluirse de cada uno?

Roberto Magro Pedroviejo: Hay un core, digamos un núcleo central, con una serie de conjuntos de datos que nosotros recomendamos en la propia ordenanza, haciendo referencia a otro trabajo que se hace en el grupo de datos abiertos, que es el de recomendar 80 conjuntos de datos que podríamos publicar en las administraciones públicas españolas. Ahí, además, se pone el foco en los conjuntos de datos de alto valor, los que más pueden beneficiar a la gestión municipal o pueden beneficiar aportando valor social y económico a la ciudadanía en general y al ámbito empresarial y los reutilizadores. Cualquier administración que quiera empezar a trabajar el tema de los conjuntos de datos y se pregunte por dónde empezar a publicar o gestionar datos, se tiene que centrar, sobre todo, bajo mi punto de vista, en tres apartados clave en una en una ciudad:

  • Los datos de las personas, es decir, nuestro queridísimo padrón: quiénes son las personas que vive en nuestra ciudad, sus edades, sexo, direcciones postales, etc.
  • Los datos urbanísticos y de territorio, es decir, dónde viven esas personas, cuál es la delimitación territorial que tiene el municipio, etc. Todo lo que tiene que ver con esos conjuntos de datos relacionados con las calles, los viales, incluso el alcantarillado, las vías públicas o el alumbrado, es necesario inventariarlo, conocer dónde están esos datos y tenerlos, como ya hemos dicho, actualizados, estructurados, accesibles, etc.
  • Y, por último, todo lo que tiene que ver con cómo se gestiona la ciudad, por supuesto, con el ámbito tributario y presupuestario.

Es decir: el ámbito de las personas, el ámbito del territorio y el ámbito tributario. Eso es por lo que nosotros recomendamos empezar. Y al final ese inventario de conjuntos de datos lo que hace es describir cuáles son, dónde están, cómo están y será la primera base sobre la que empezar a construir el gobierno del dato.

María Jesús Fernández Ruiz: Otro tema que también es muy fundamental, que se recoge en la ordenanza, es definir los conjuntos de datos maestros. Simplemente una pequeña anécdota. A la hora de crear un espacio de datos espaciales, es básico el callejero, la cartografía base y el portalero. A la hora de reunirnos a trabajar, se creó una comisión técnica y consideramos que estos eran conjuntos de datos maestros del Ayuntamiento de Zaragoza. La calidad del dato viene determinada por un concepto que viene en la ordenanza, que es respetar la soberanía del dato: quien crea el dato es el soberano del dato y él es el responsable de la calidad del dato. Hay que respetar la soberanía y eso determina la calidad.

Entonces descubrimos que, en el Ayuntamiento de Zaragoza, teníamos cinco identificadores distintos de portal. Para mejorar esta situación, definimos un identificador único descriptivo que declaramos como dato maestro. De esta forma, todas las entidades municipales van a utilizar el mismo identificador, el mismo callejero, la misma cartografía, etc. y eso hará que todos los servicios relacionados con la ciudad sean interoperables.

7. ¿Qué mejoras adicionales creéis que podrían incluirse en futuras revisiones de la ordenanza?

Roberto Magro Pedroviejo: La propia ordenanza, al ser un instrumento normativo, está adaptada a la normativa actual española y europea. Es decir, habrá que estar muy atentos. -ya lo estamos- a todo lo que se está publicando sobre inteligencia artificial, espacios de datos y datos abiertos. La ordenanza se tendrá que ir adaptando porque es un marco normativo para dar cumplimiento a la legislación presente, pero si ese marco normativo cambia, haremos las modificaciones oportunas para su cumplimiento.

También me gustaría resaltar, dos cosas. Ha habido algún ayuntamiento más y una universidad, concretamente el Ayuntamiento de San Feliu de Llobregat y la Universidad de La Laguna, interesados en la ordenanza. Hemos recibido más peticiones para conocer un poquito más la ordenanza, pero lo más valientes han sido el Ayuntamiento de Zaragoza, que fueron los que la propusieron y son los que están sufriendo en sus carnes el proceso de publicación y aprobación definitiva. De esa experiencia que está obteniendo el propio Ayuntamiento de Zaragoza seguramente aprenderemos todos, sobre cómo abordarlo en cada una de las administraciones, porque nos copiamos y podemos ir más rápido. Yo creo que, poco a poco, una vez que Zaragoza publique la ordenanza, otros ayuntamientos y otras instituciones se irán sumando. Primero porque ayuda a organizar la casa por dentro. Ahora que estamos en un proceso de transformación digital que no es rápido, sino que es un proceso largo, este tipo de ordenanzas nos va a ayudar, sobre todo, a ordenar los datos que tenemos en la administración. Los datos y la gestión del gobierno de los datos nos van a poder ayudar a mejorar la gestión pública hacia dentro de la propia organización, pero sobre todo hacia los servicios que se prestan a la ciudadanía.

Y lo último que quería remarcar, y es muy importante también, es que, si los datos no son de calidad, no están actualizados y no están metadatados, poco haremos o nada en la administración desde el punto de vista de la inteligencia artificial, porque la inteligencia artificial se va a basar en los datos que tengamos y si no son correctos ni están actualizados, el resultado y las predicciones que nos pueda hacer la IA no nos van a servir para nada en la administración pública.

María Jesús Fernández Ruiz: Decir que es muy importante lo que acaba de decir Roberto sobre la inteligencia artificial y los datos de calidad. Y añadir dos cosas que estamos aprendiendo a la hora de implementar esta ordenanza. La primera sería la necesidad de definir procesos, es decir, la gestión eficiente de los datos se tiene que basar en procesos. Y otra cosa que yo creo que tendríamos que hablar, y hablaremos dentro de la FEMP, es la importancia de definir los roles de los diferentes profesionales que participan en la gestión del dato. Hablamos de gestor de los datos, de proveedor de los datos, proveedor tecnológico, etc. Si yo tuviera ahora la ordenanza, hablaría de esa definición de los roles que tienen que participar en una eficiente gestión de los datos. Es decir, procesos y profesionales.

Clips de la entrevista

Clip 1. ¿Qué es el gobierno del dato?

Clip 2. ¿En qué consiste la Ordenanza Tipo sobre Gobierno del Dato de FEMP?

calendar icon
Sectores
calendar icon
Blog

Una de las principales exigencias que plantea la transformación digital del sector público se refiere a la existencia de unas condiciones óptimas de interoperabilidad a la hora de compartir datos. Se trata de una premisa esencial desde diversos puntos de vista, en particular por lo que se refiere a las actuaciones y trámites en los que participan varias entidades. En concreto, la interoperabilidad permite:

La interoperabilidad también juega un papel destacado a la hora de facilitar la integración de diversas fuentes de datos abiertos de cara a su reutilización, de ahí que exista incluso una norma técnica específica a este respecto. Con ella se pretende fijar unas condiciones comunes que permitan “facilitar y garantizar el proceso de reutilización de la información de carácter público procedente de las Administraciones públicas, asegurando la persistencia de la información, el uso de formatos, así como los términos y condiciones de uso adecuados”.

La interoperabilidad en el ámbito europeo

La interoperabilidad es, por tanto, una premisa para facilitar las relaciones entre diversas entidades, lo que resulta de especial trascendencia en el contexto europeo si tenemos en cuenta que las relaciones jurídicas se darán con frecuencia entre Estados distintos. Se trata, por tanto, de un gran desafío para el impulso de servicios públicos digitales transfronterizos y, en consecuencia, para hacer efectivos derechos y valores esenciales en la Unión Europea vinculados a la libre circulación de personas.

Por esta razón se ha impulsado la aprobación de un marco normativo que facilite el intercambio de datos transfronterizo para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios públicos digitales a nivel europeo. Se trata del Reglamento (UE) 2024/903 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, por el que se establecen medidas a fin de garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sector público en toda la Unión (denominado Reglamento sobre la Europa Interoperable), normativa directamente aplicable con carácter general en toda la Unión Europea desde el día 12 de julio de 2024.

Con esta regulación se pretende ofrecer las condiciones adecuadas para facilitar la interoperabilidad transfronteriza, lo que requiere un planteamiento avanzado en el establecimiento y la gestión de los requisitos jurídicos, organizativos, semánticos y técnicos. En concreto, estarán afectados los servicios públicos digitales transeuropeos, esto es, aquellos que requieran interacción a través de las fronteras de los Estados miembros mediante sus sistemas de redes y de información. Este sería el caso, por ejemplo, del cambio de residencia para trabajar o estudiar en otro Estado miembro, el reconocimiento de títulos académicos o cualificaciones profesionales, el acceso a los datos de salud y Seguridad Social o, por lo que se refiere a las personas jurídicas, el intercambio de datos fiscales o de información necesaria para participar en un procedimiento de licitación en el ámbito de la contratación pública. En definitiva, “todos aquellos servicios que aplican el principio de «solo una vez» para acceder a datos transfronterizos e intercambiarlos”.

¿Cuáles son las principales medidas que contempla?

  • Evaluación de interoperabilidad: con carácter previo a la adopción de decisiones sobre condiciones relativas a servicios públicos digitales transeuropeos por parte de las entidades de la Unión Europea o de los organismos del sector público de los Estados, el Reglamento les obliga a que lleven a cabo una evaluación de la interoperabilidad, si bien se trata de una medida que sólo será preceptiva a partir de enero de 2025. El resultado de dicha evaluación deberá ser publicado en un sitio web oficial en un formato legible por máquina que permita su traducción automática.
  • Compartición de soluciones de interoperabilidad: las entidades antes referidas estarán obligadas a compartir las soluciones de interoperabilidad que den soporte a un servicio público digital transeuropeo, lo que incluye la documentación técnica y el código fuente, así como las referencias a las normas abiertas o especificaciones técnicas que se hubieren utilizado. No obstante, esta obligación tiene algunos límites, como sucede en aquellos supuestos en que existan derechos de propiedad intelectual a favor de terceros. Además, dichas soluciones serán objeto de publicación en el Portal de la Europa Interoperable, que habrá de sustituir al actual portal Joinup.
  • Habilitación de sandboxes: una de las principales novedades consiste en la habilitación a los organismos públicos para que procedan a la creación de sandboxes o espacios controlados de pruebas de interoperabilidad que, en el caso de tratar datos de carácter personal, serán gestionados bajo la supervisión de la correspondiente autoridad de control competente para ello. Con esta figura se pretende fomentar la innovación y facilitar la cooperación desde las exigencias de la seguridad jurídica, impulsando a tal efecto el desarrollo de soluciones de interoperabilidad a partir de la mejor comprensión de las oportunidades y los obstáculos que puedan plantearse.
  • Creación de un comité para la gobernanza: por lo que se refiere a la gobernanza, se contempla la creación de un comité compuesto por representantes de cada uno de los Estados y de la Comisión, a quien corresponderá su presidencia. Entre sus principales funciones se encuentran establecer los criterios para la evaluación de la interoperabilidad, facilitar la puesta en común de las soluciones de interoperabilidad, supervisar la coherencia de las mismas o desarrollar el Marco Europeo de Interoperabilidad, entre otras. Por su parte, los Estados miembros tendrán que designar al menos una autoridad competente para la aplicación del Reglamento antes del 12 de enero de 2025, que hará las funciones de punto de contacto único en caso de que existan varias. Sus principales funciones consistirán en coordinar la aplicación de la normativa, apoyar a los organismos públicos en la realización de la evaluación y, entre otras, fomentar la reutilización de soluciones de interoperabilidad.

El intercambio de datos entre los organismos públicos del conjunto de la Unión Europea y sus Estados miembros con plenas garantías jurídicas constituye una prioridad esencial para el eficaz ejercicio de sus competencias y, por tanto, para garantizar la eficacia en la realización de los trámites desde la perspectiva de la buena administración. El nuevo Reglamento sobre la Europea Interoperable supone un importante avance en el marco normativo a la hora de impulsar este objetivo, pero es necesario complementar la regulación con un cambio de paradigma en la práctica administrativa. A este respecto es imprescindible apostar decididamente por un modelo de gestión documental basada principalmente en datos, lo que además permite abordar de manera más sencilla el cumplimiento normativo de la regulación sobre protección de datos de carácter personal, resultando plenamente coherente con el planteamiento y las soluciones impulsadas por el Reglamento de Gobernanza de Datos a la hora de promover la reutilización de la información generada por las entidades públicas en el ejercicio de sus funciones.


Contenido elaborado por Julián Valero, catedrático de la Universidad de Murcia y Coordinador del Grupo de Investigación “Innovación, Derecho y Tecnología” (iDerTec). Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.

calendar icon
Evento

Los próximos días 11, 12 y 13 de noviembre se celebra en Granada una nueva edición de DATAfórum Justicia. La cita reunirá a más de 100 ponentes para debatir sobre temas relacionados con los sistemas digitales de justicia, la inteligencia artificial (IA) y el uso del dato en el ecosistema judicial.

El evento está organizado por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con la colaboración de la Universidad de Granada, la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada y la entidad Formación y Gestión de Granada.

A continuación, se resumen algunos de los aspectos más importantes de estas jornadas.

Una cita dirigida a un público amplio

Este foro anual está dirigido tanto a profesionales del sector público, como del privado, sin dejar de lado al público general, que quiera saber más sobre la transformación digital de la justicia en nuestro país.

El DATAfórum Justicia 2024 cuenta, además, con un itinerario específico dirigido a estudiantes, cuyo objetivo es proporcionar a los jóvenes herramientas y conocimientos de valor en el ámbito de la justicia y la tecnología. Para ello, contarán con ponencias específicas y se pondrá en marcha un DATAthon. Estas actividades están especialmente dirigidas a estudiantes de derecho, ciencias sociales en general, ingenierías informáticas o materias relacionadas con la transformación digital. Los asistentes podrán obtener hasta 2 créditos ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System o, en español, Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos): uno por asistir a las jornadas y otro por participar en el DATAthon.

Los datos, protagonistas de la agenda

El Paraninfo de la Universidad de Granada acogerá a expertos provenientes de la administración, instituciones y empresas privadas, que contarán su experiencia haciendo hincapié en las nuevas tendencias del sector, los retos que hay por delante y las oportunidades de mejora.

Las jornadas comenzarán el lunes 11 de noviembre a las 9:00 horas, con la bienvenida a los alumnos y la presentación del DATAthon. La inauguración oficial, dirigida a todas las audiencias, será a las 11:35 horas y correrá a cargo de Manuel Olmedo Palacios, Secretario de Estado de Justicia, y Pedro Mercado Pacheco, Rector de la Universidad de Granada.

A partir de entonces se sucederán diversas charlas, debates, entrevistas, mesas redondas y conferencias, entre las que encontramos un gran número de temáticas relacionadas con los datos. Entre otras cuestiones, se profundizará en la gestión del dato, tanto en administraciones como en empresas. También se abordará el uso de los datos abiertos para prevenir desde bulos hasta suicidios o la violencia sexual.

Otro tema con gran protagonismo será las posibilidades de la inteligencia artificial para optimizar el sector, tocando aspectos como la automatización de la justicia, la realización de predicciones. Se incluirán ponencias de casos de uso concretos, como la utilización de IA para la identificación de personas fallecidas, sin dejar de lado cuestiones como la gobernanza de algoritmos.

El evento finalizará el miércoles 13 a las 17:00 horas con la clausura oficial. En esta ocasión, Félix Bolaños, Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, acompañará al Rector de la Universidad de Granada.

Puedes ver la agenda completa aquí.

Un Datathon para resolver los retos del sector a través de los datos

En paralelo a esta agenda, se celebrará un DATAthon en el que los participantes presentarán ideas y proyectos innovadores para mejorar la justicia en nuestra sociedad. Se trata de un concurso destinado a estudiantes, profesionales del ámbito legal e informático, grupos de investigación y startups.

Los participantes se dividirán en equipos multidisciplinares para proponer soluciones a una serie de retos, planteados por la organización, utilizando tecnologías orientadas a la ciencia de datos. Durante las dos primeras jornadas los participantes dispondrán de tiempo para investigar y desarrollar su solución original. En la tercera jornada, deberán presentar una propuesta a un jurado cualificado. Los premios se entregarán el último día, antes de la clausura y del vino español y concierto que darán final a la edición 2024 del DATAfórum Justicia.

En la edición de 2023 participaron 35 personas, divididas en 6 equipos que resolvieron dos casos prácticos con datos de carácter público y se otorgaron dos premios de 1.000 euros.

Cómo inscribirse

El plazo de inscripción al DATAfórum Justicia 2024 ya está abierto. Debe realizarse a través de la web del evento, indicando si se trata de público general, personal de la administración pública, profesionales del sector privado o medios de comunicación.

Para participar en el DATAthon es necesario registrarse también en el site dedicado al concurso.

La edición del año pasado, centrada en propuestas para aumentar la eficiencia y transparencia en los sistemas judiciales, fue un gran éxito, con más de 800 inscritos. Este año se espera también una gran afluencia de público, así que te animamos a reservar tu plaza lo antes posible. Se trata de una gran oportunidad para conocer de primera mano experiencias exitosas y poder intercambiar opiniones con expertos en el sector.

calendar icon
Blog

La decidida apuesta por los espacios comunes de datos a nivel europeo es uno de los ejes principales de la Estrategia Europea de Datos aprobada en 2020. En dicho documento ya se anunciaba este planteamiento como base para, por una parte, dar soporte al impulso de las políticas públicas y, por otra, facilitar el desarrollo de productos y servicios innovadores a partir de la inteligencia de datos y el aprendizaje automático.

Ahora bien, la disponibilidad de grandes conjuntos de datos sectoriales precisaba, como presupuesto ineludible, un marco normativo adecuado de carácter transversal que permitiera establecer las condiciones de viabilidad y seguridad desde la perspectiva jurídica. A este respecto, una vez consolidada la reforma de la regulación sobre reutilización de la información del sector público con novedades de gran calado como los datos de alto valor, en 2022 se aprobó la regulación sobre gobernanza de datos y posteriormente, ya en 2023, la denominada Ley de Datos. Con estas iniciativas ya aprobadas y la reciente publicación oficial del Reglamento sobre Inteligencia Artificial, el impulso de los espacios de datos adquiere una especial trascendencia, en particular en el ámbito del sector público, con el fin de garantizar la disponibilidad de datos suficientes y de calidad.

Los espacios de datos: diversidad en su configuración y regulación

En la Estrategia Europea de Datos ya se contemplaba la creación de espacios comunes europeos de datos en una serie de sectores y ámbitos de interés público, si bien al mismo tiempo no se descartaba que se pusieran en marcha otros nuevos. De hecho, en los últimos años se han anunciado nuevos espacios, con lo que el número actual se ha ampliado notablemente como veremos más adelante.

La razón principal de los espacios de datos consiste en facilitar la puesta en común y el intercambio de datos fiables y seguros en sectores económicos estratégicos y ámbitos de interés público. Así pues, no se trata simplemente de promover grandes conjuntos de datos sino, sobre todo, de apostar por iniciativas que ofrezcan la accesibilidad de los datos según modelos de gobernanza idóneos que, en última instancia, permitan la interoperabilidad de aquellos en el conjunto de la Unión Europea a partir de infraestructuras tecnológicas adecuadas.

Aunque se puedan ofrecer caracterizaciones generales de los espacios de datos a partir de una serie de notas comunes, lo cierto es que existe una gran diversidad desde la perspectiva jurídica en cuanto a los fines que persiguen, las condiciones en las que se comparten los datos y, en particular, los sujetos que participan.

Esta heterogeneidad también se encuentra presente en los espacios relacionados con el sector público, es decir, aquellos en los que existe un protagonismo destacado de los datos generados por Administraciones y otras entidades públicas en el ejercicio de sus funciones a los que, por tanto, resulta de plena aplicación la regulación sobre reutilización y datos abiertos aprobada en 2019.

¿Cuáles son los espacios europeos de datos relativos al sector público?

A principios de 2024 se hizo pública la segunda versión de un documento de trabajo de la Comisión Europea con el doble objetivo de ofrecer una visión actualizada del marco normativo europeo para los espacios de datos y, asimismo, identificar las iniciativas europeas sobre espacios de datos para evaluar su grado de madurez y los principales desafíos de futuro que plantea cada una de ellas.

En concreto, por lo que se refiere a las Administraciones públicas se contemplan cuatro espacios de datos: el espacio de datos jurídicos, el relativo a la contratación pública, el vinculado al sistema técnico “una sola vez” en el contexto de la Administración electrónica y, finalmente, el espacio de datos de seguridad para la innovación. Se trata de iniciativas muy diversas que, además, presentan un grado de madurez desigual, de manera que algunas cuentan con un nivel de desarrollo ciertamente avanzado y un sólido soporte institucional, mientras que otros casos simplemente están esbozados inicialmente y tienen por delante un esfuerzo considerable para su diseño e implementación.

Analicemos más en profundidad cada uno de estos espacios a los que se refiere el citado documento de trabajo.

1. Espacio de datos jurídicos

Se trata de un espacio de datos vinculado con la legislación y la jurisprudencia generadas tanto por la Unión Europea como por los Estados miembros. Con esta iniciativa se pretende apoyar al colectivo de las profesiones jurídicas, a las Administraciones públicas y, en general, facilitar a la sociedad el acceso con el fin de reforzar los mecanismos del Estado de Derecho. Este espacio se ha fundamentado hasta ahora en dos iniciativas concretas:

  • Una relativa a la información sobre la normativa publicada oficialmente, que se ha articulado a través del Identificador Europeo de Legislación-ELI (European Legislation Identifier). Se trata de un estándar europeo que facilita la identificación de las normas de manera estable y fácilmente reutilizable ya que describe la legislación con un conjunto de metadatos procesables automáticamente, de acuerdo con una ontología recomendada.
  • La segunda, por su parte, se refiere a las decisiones adoptadas por los órganos judiciales, cuya accesibilidad se ha facilitado mediante un sistema europeo de identificador único denominado ECLI (European Case Law Identifier) que se asigna a las decisiones de los órganos judiciales tanto europeos como estatales.

Estas dos relevantes iniciativas, que facilitan el acceso y el tratamiento automatizado de la información jurídica, han exigido pasar de un modelo de gestión basada en documentos (boletín oficial, resoluciones judiciales) a un modelo basado en datos. Y ha sido precisamente este cambio de paradigma el que permite ofrecer servicios avanzados de información que van más allá de los límites jurídicos y lingüísticos que plantean la diversidad regulatoria e idiomática existente a lo largo de la Unión Europea.

En todo caso, aun reconociendo el importante avance que suponen, todavía restan importantes retos a los que hacer frente, como podría ser el caso de facilitar el acceso por preceptos concretos y no por documentos normativos o, entre otros, la disponibilidad de los documentos judiciales a partir de las normas que aplican y, asimismo, la vinculación de las normas con su interpretación judicial por los diversos órganos judiciales de todos los Estados. En el caso de estos dos últimos supuestos el desafío es incluso mayor, ya que exigirían el enlace automatizado de ambos identificadores.

2. Espacio de datos de contratación pública

Se trata, sin duda, de uno de los espacios con un mayor impacto potencial por cuanto en el conjunto de la Unión Europea se calcula que las entidades públicas invierten unos dos billones de euros (casi el 14% del PIB) en la compra de servicios, obras y suministros. Así pues, con este espacio se pretende no sólo facilitar el acceso al mercado de la contratación pública en toda la Unión Europea sino también reforzar la transparencia y la rendición de cuentas en el gasto público asociado a dicha actividad, lo que resulta esencial en la lucha contra la corrupción y en la mejora de la eficiencia.

La relevancia práctica de este espacio viene reforzada por el hecho de que disponga de un documento oficial específico que respalda decididamente el proyecto y donde se establece una precisa hoja de ruta con el objetivo de asegurar su despliegue en unos plazos razonables. Además, a pesar de las limitaciones en su ámbito de aplicación (no se contempla ampliar la obligación de publicación a los contratos que se encuentran por debajo de los umbrales establecidos a nivel europeo, ni tampoco los anuncios relativos a la finalización de los contratos), se encuentra en un estado muy avanzado, en particular por lo que se refiere a la disponibilidad de una ontología específica que facilita la accesibilidad de la información y su reutilización al reforzar las condiciones de interoperabilidad.

En definitiva, con este espacio se está facilitando el tratamiento automatizado de los datos relativos a la contratación pública partiendo de la interconexión de los conjuntos de datos existentes, lo que facilita una visión más completa de la contratación pública en el conjunto de la Unión Europea, a pesar de que se ha calculado que existen más de 250.000 poderes adjudicadores de contratos públicos.

3. Sistema Técnico Único (Administración electrónica)

Con este nuevo espacio se pretende dar soporte a la necesidad que existe en los procedimientos administrativos de recopilar información emitida por Administraciones de otros Estados, sin que se le requiera directamente a los interesados. Se trata, por tanto, de recopilar de forma automática y segura las pruebas requeridas en un ámbito formalizado a partir de la interconexión directa entre las diversas entidades públicas que, de esta manera, actuarán como fuentes auténticas de la información requerida.

Esta iniciativa está vinculada con el objetivo de abordar la simplificación administrativa y, en concreto, con la aplicación de:

4. Espacio de datos de seguridad para la innovación

En este caso el objetivo consiste en mejorar el acceso de las autoridades policiales a los datos necesarios para entrenar y validar algoritmos con el objetivo de reforzar el uso de la inteligencia artificial y, de este modo, reforzar el cumplimiento normativo con pleno respeto de las normas éticas y jurídicas.

Aunque se parte de una ineludible necesidad de facilitar el intercambio de datos entre las autoridades policiales de los Estados miembros, sin embargo, el documento de trabajo enfatiza que no se trata de una prioridad en las estrategias sobre Inteligencia Artificial en este ámbito, destacándose asimismo que el uso avanzado de datos en este área desde la perspectiva de la innovación es relativamente bajo en la actualidad.

A este respecto es oportuno destacar la iniciativa para el desarrollo del sandbox de Europol, proyecto que fue auspiciado por la decisión del Comité Permanente de Cooperación Operativa en materia de Seguridad Interior (COSI) al apostar por la creación de un espacio aislado que permita a los Estados desarrollar, entrenar y validar modelos de inteligencia artificial y aprendizaje automático.

Ahora que ya se encuentra en gran medida consolidado el proceso de digitalización de las entidades públicas, el principal reto para los espacios de datos en este ámbito consiste en ofrecer condiciones técnicas, jurídicas y organizativas adecuadas para facilitar la disponibilidad de los datos y su interoperabilidad. En este sentido, convendría tener en cuenta estos espacios de datos a la hora de ampliar el listado de datos de alto valor, en la línea ya adelantada por el estudio publicado por la Comisión Europea en 2023, donde se enfatiza que los conjuntos de datos con mayor potencial son los relativos a Gobierno y administración pública, los vinculados a Justicia y asuntos jurídicos, así como los datos financieros.


Contenido elaborado por Julián Valero, catedrático de la Universidad de Murcia y Coordinador del Grupo de Investigación “Innovación, Derecho y Tecnología” (iDerTec). Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.

calendar icon
Noticia

La transformación digital se ha convertido en un pilar fundamental para el desarrollo económico y social de los países en el siglo XXI. En España, este proceso ha cobrado una relevancia especial en los últimos años, impulsado por la necesidad de adaptarse a un entorno global cada vez más digitalizado y competitivo. La pandemia de COVID-19 actuó como un catalizador, acelerando la adopción de tecnologías digitales en todos los sectores de la economía y la sociedad.

Sin embargo, la transformación digital no solo implica la incorporación de nuevas tecnologías, sino también un cambio profundo en la forma en que las organizaciones operan y se relacionan con sus clientes, empleados y socios. En este contexto, España ha realizado importantes avances, situándose como uno de los países líderes en Europa en varios aspectos de la digitalización.

A continuación, se presentan algunos de los informes más destacados que analizan este fenómeno y sus implicaciones.

Informe sobre el estado de la Década Digital 2024

El informe sobre el estado de la Década Digital 2024 examina la evolución de las políticas europeas dirigidas a alcanzar los objetivos y metas acordados para el éxito de la transformación digital. Para ello evalúa el grado de cumplimiento en base a diversos indicadores, incluidos en cuatro grupos: infraestructura digital, transformación digital de los negocios, habilidades digitales y servicios públicos digitales.

Balance de los avances hacia los objetivos de la Década Digital fijados para 2030. KPI europeos para 2024. 1.Infraestructura digital. 1.1.   Cobertura general 5G: alcanzado 89%; objetivo: 100% cobertura. 1.2. Cobertura 5G en 3.4-3.8GHz (no es un KPI, pero da una indicación importante sobre la cobertura 5G de alta calidad): alcanzado 89%; objetivo: 100% cobertura. 1.3. Fibra a instalaciones (FTTP: alcanzado 64%; objetivo: 100% cobertura. 1.4. Red fija de muy alta capacidad: alcanzado 79%; objetivo:  100% cobertura.  1.5. Semiconductores: alcanzado 55%; objetivo: 20% de la producción mundial.  1.6.Nodos edge: alcanzado 1186; objetivo: 10.000.  1.7. Computación cuántica: 1 para 2024; objetivo: 3 computadores cuánticos . 2. Transformación digital de los negocios. 2.1 Intensidad digital de las pymes: alcanzado 64%; objetivo: 90% pymes. 2.2. Adopción de la nube: alcanzado 52%; objetivo:  75% empresas. 2.3. Adopción de Big Data (El antiguo indicador Big data se sustituye ahora por la adopción de tecnologías de análisis de datos. Los avances no son totalmente comparables) alcanzado 44%; objetivo: 75% empresas. 2.4. Adopción de IA: alcanzado 11%; objetivo: 75% empresas. 2.5. Unicornios. alcanzado 53%; objetivo: 498 (2x la base de referencia de 2022. 3. Capacidades digitales. 3.1. Capacidades digitales básicas: alcanzado 64%; objetivo:  80% de individuos. 3.2. Especialistas TIC: alcanzado 48%; objetivo:  20 millones de empleados. 4. Servicios públicos digitales. 4.1 Servicios públicos digitales para ciudadanos: alcanzado 79%; objetivo:  Valoración/100. 4.2.Servicios públicos digitales para negocios: alcanzado 85%; objetivo: Valoración/100. 4.3. Acceso a registros electrónicos de salud: alcanzado 79%; objetivo: Valoración/100. 4.4.  Identificación electrónica (eID): alcanzado 85%; objetivo: 27 millones con eID notificado.  *No es un KPI, pero da una indicación importante sobre la cobertura 5G de alta calidad.  Fuente: Informe sobre el estado de la Década Digital 2024

Figura 1. Balance de los avances hacia los objetivos de la Década Digital fijados para 2030, "Informe sobre el Estado de la Década Digital 2024", Comisión Europea.

En los últimos años, la Unión Europea (UE) ha mejorado considerablemente su actuación mediante la aprobación de medidas reguladoras -con 23 nuevos avances legislativos, que incluyen, entre otros, el Reglamento de gobernanza de datos y el Reglamento de datos- para dotarse de un marco de gobernanza global: el Programa de política de la Década Digital para 2030.

El documento incluye una evaluación de las hojas de ruta estratégicas de los diversos países de la Unión. En el caso de España, se destacan dos principales fortalezas:

  • El avance en el uso de inteligencia artificial por parte de las empresas (9,2% frente al 8,0% europeo), donde el crecimiento anual de España (9,3%) es cuatro veces superior al de la UE (2,6%).
  • La gran cantidad de ciudadanos con capacidades digitales básicas (66,2%), frente al promedio europeo (55,6%).

Por otro lado, los principales retos a superar son la adopción de los servicios en la nube (27,2% versus 38,9% de la UE) y el número de especialistas en tecnologías de la información y la comunicación o TIC (4,4% frente al 4,8% europeo).

En la siguiente imagen se puede observar la previsión en España de evolución de los indicadores clave analizados para 2024, en comparación con las metas fijadas por la UE para 2030.

Indicadores clave de rendimiento de España. Muestra el objetivo fijado para 2024 (Cobertura de país, % del objetivo de la UE). En la fuente se pueden observar los datos de 2023 y las proyecciones hasta 2030) . 1. Red fija de muy alta capacidad: 97%. 2.  Fibra a instalaciones (FTTP): 96%. 3.Cobertura general 5G: 98,9%. 4. Nodos edge: sin datas. 5.Intensidad digital de las pymes: 68,3%. 6. Nube: 47,3%. 7. Data analytics: 45,9%. 8. Inteligencia artificial: 14,1%. 9. Unicornios: 61,5%. 10. Capacidades básicas digitales: 83,6%. 11.  Especialistas TIC: 50%. 12. Servicios públicos digitales para ciudadanos: 88,7%. 13. Servicios públicos digitales para negocios: 95%. 14. Salud digital: 87,3%.  Fuente: Informe sobre el estado de la Década Digital 2024

Figura 2. Indicadores clave de rendimiento de España, "Informe sobre el Estado de la Década Digital 2024", Comisión Europea.

Se espera que España alcance el 100% en prácticamente todos los indicadores para 2030. Para ello, el país tiene previsto asignar un presupuesto estimado de 26.700 millones de euros (1,8 % del PIB), sin tener en cuenta inversiones privadas. Esta hoja de ruta demuestra el compromiso para alcanzar los objetivos y metas de la Década Digital.

Además de la inversión, para conseguir el objetivo, en el  informe se recomienda focalizar esfuerzos en tres áreas: la adopción de tecnologías avanzadas (IA, análisis de datos, nube) por parte de pymes; la digitalización y promoción del uso de servicios públicos; y la atracción y retención de especialistas TIC a través del diseño de planes de incentivos.

European Innovation Scoreboard 2024

El European Innovation Scoreboard realiza de manera anual una evaluación comparativa de los avances en investigación e innovación en diversos países, no solo europeos. El informe clasifica a las regiones en cuatro grupos de innovación que van de más a menos: Líderes en innovación, Innovadores fuertes, Innovadores moderados e Innovadores emergentes.

España se encuentra liderando el grupo de Innovadores moderados, con un rendimiento del 89,9% del promedio de la UE. Esto representa una mejora en comparación con años anteriores y supera el promedio de otros países de su misma categoría, que es del 84,8%. Nuestro país se sitúa por encima de la media comunitaria en tres indicadores: digitalización, capital humano y financiación y soporte. Por otro lado, las áreas en las que más debe mejorar son el empleo en innovación, la inversión empresarial y la innovación en pymes. Todo ello se recoge el siguiente gráfico:

Bloques que componen el índice sintético de la innovación en España. Puntuación en relación con la media de la UE-27 en 2024 (=100). 1. Digitalización: 145,4%. 2. Capital humano: 124,6%. 3. Financiación y apoyo: 104,4%. 4. sostenibilidad ambiental: 99,2%. 5. Colaboración con el sistema: 96,0%. 6. Sistemas de investigación atractivos: 90,5%. 7. Impacto de la innovación en las ventas: 90,2%. 8. Uso de TIC: 89,2%. 9. Productos y exportaciones: 82,7%. 10. Empleo de la innovación: 62,7%. 11. Inversión empresarial: 62,6%. 12. innovación en pymes: 53,9%. Fuente: European Innovation Scorecard 2024 (adaptado de la Fundación COTEC).

Figura 3. Bloques que componen el índice sintético de la innovación en España, European Innovation Scorecard 2024 (adaptado de la Fundación COTEC).

Informe de la Sociedad Digital en España 2023

La Fundación Telefónica también realiza de manera periódica un informe donde se analizan los principales cambios y tendencias que está experimentando nuestro país a raíz de la revolución tecnológica.

La edición actualmente disponible es la de 2023. En él se destaca que “España sigue profundizando en su proceso de transformación digital a buen ritmo y ocupa un puesto destacado en este aspecto entre los países europeos”, resaltando sobre todo el área de conectividad. No obstante, siguen existiendo brechas digitales, principalmente por motivo de edad.

También se avanza en la relación de los ciudadanos con las administraciones digitales: el 79,7 % de las personas de entre 16 y 74 años utilizaron en 2022 páginas web o aplicaciones móviles de alguna administración. Por otro lado, el tejido empresarial español avanza en su digitalización, incorporando herramientas digitales, sobre todo en el ámbito del marketing. No obstante,  aún queda margen de mejora en aspectos de análisis de macrodatos y la aplicación de inteligencia artificial, actividades que actualmente han implementado, en general, solo las grandes empresas.

Informe sobre el talento en inteligencia artificial y datos

IndesIA, una asociación que promueve el uso de la inteligencia artificial y el Big Data en España, ha realizado un análisis cuantitativo y cualitativo del mercado de talento en datos e inteligencia artificial en 2024 en nuestro país.

De acuerdo con el informe, el mercado de talento de datos e inteligencia artificial representa casi un 19% del total de profesionales TIC de nuestro país. En total, son 145.000 profesionales (+2,8% de 2023), de los cuales solo el 32% son mujeres. Aun así, existe un gap entre oferta y demanda, sobre todo en ingenieros de procesamiento del lenguaje natural. Para resolver esta situación el informe analiza seis áreas de mejora: estrategia y planificación de plantillas, identificación de talento, activación de talento, engagement, formación y desarrollo, y cultura data-driven.

Otros informes de interés

 La Fundación COTEC también realiza de manera periódica diversos informes sobre la materia. En su web encontramos documentos sobre la ejecución presupuestaria de la I+D en el sector público, la percepción social de la innovación o el mapa del Talento autonómico.

Por su parte, la Fundación Orange en España y la consultora Nae han realizado un informe para analizar la evolución digital en los últimos 25 años, el mismo periodo que lleva en nuestro país dicha Fundación. El informe destaca que, entre 2013 y 2018, el sector digital ha contribuido en unos 7.500 millones de euros anuales al PIB del país.

En definitiva, todos ellos destacan la situación de España entre los líderes europeos a nivel de transformación digital, pero con la necesidad de avanzar en innovación. Para ello, no solo es necesario impulsar las inversiones económicas, sino también promover un cambio cultural que fomente la creatividad. Una mentalidad más abierta y colaborativa permitirá a las empresas, administraciones y a la sociedad en general adaptarse rápidamente a los cambios tecnológicos y aprovechar las oportunidades que estos brindan para asegurar un futuro próspero para España.

¿Conoces más informes sobre la materia? Déjanos un comentario o escríbenos a dinamizacion@datos.gob.es.

calendar icon
Noticia

El pasado mes de julio comenzó la décima legislatura del Parlamento Europeo, un nuevo ciclo institucional que abarcará el periodo 2024-2029. La Presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, fue elegida para un segundo mandato, tras presentar al Parlamento Europeo sus Orientaciones Políticas para la próxima Comisión Europea 2024-2029.

Estas orientaciones establecen las prioridades que guiarán las políticas europeas en los próximos años. Entre los objetivos generales, encontramos que se invertirán esfuerzos en:

  1. Facilitar los negocios y fortalecer el mercado único.
  2. Descarbonizar y reducir los precios de la energía.
  3. Hacer que la investigación y la innovación sean los motores de la economía.
  4. Impulsar la productividad mediante la difusión de la tecnología digital.
  5. Invertir masivamente en competitividad sostenible.
  6. Subsanar la brecha en materia de capacidades y mano de obra.

En este artículo, nos vamos a centrar en desgranar el punto 4, centrado en combatir la insuficiente difusión de las tecnologías digitales. El desconocimiento de las posibilidades tecnológicas al alcance de la ciudadanía limita la capacidad de desarrollar nuevos servicios y modelos de negocio competitivos a nivel mundial.

Impulsar la productividad con la difusión de la tecnología digital

El mandato anterior estuvo marcado por la aprobación de nuevas regulaciones encaminadas a impulsar una economía digital justa y competitiva a través de un mercado único digital, donde la tecnología se situase al servicio de las personas. Ahora, es el momento de poner el foco en la aplicación y el cumplimiento de las leyes digitales adoptadas.

Una de las normativas de más reciente aprobación ha sido el Reglamento de Inteligencia Artificial (IA), un marco de referencia para el desarrollo de cualquier sistema IA. En esta norma, el foco estaba puesto en garantizar la seguridad y fiabilidad de la inteligencia artificial, evitando sesgos a través de diversas medidas entre las que se encontraba una gobernanza sólida de datos.

Una vez que ya contamos con este marco, ha llegado el momento de impulsar el uso de esta tecnología en pro de la innovación. Para ello, en este nuevo ciclo, se fomentarán los siguientes aspectos:

  • Factorías de inteligencia artificial. Se trata de ecosistemas abiertos que ofrecen una infraestructura de servicios de supercomputación de inteligencia artificial. De esta forma se ponen grandes capacidades tecnológicas a disposición de empresas emergentes y comunidades de investigación.
  • Estrategia de uso de la inteligencia artificial. Se busca impulsar usos industriales en diversos sectores, incluyendo la prestación de servicios públicos en áreas como la atención sanitaria. Para elaborar esta estrategia se contará con la visión de la industria y la sociedad civil.
  • Consejo europeo de investigación sobre inteligencia artificial. Este organismo ayudará a poner en común los recursos de la Unión Europea (UE), facilitando el acceso a los mismos.

Pero para que sea posible desarrollar estas medidas, primero es necesario garantizar el acceso a datos de calidad. Estos datos no solo favorecen el entrenamiento de los sistemas IA y el desarrollo de productos y servicios tecnológicos de vanguardia, sino que también ayudan a la toma de decisiones informada y a la elaboración de estrategias políticas y económicas más certeras. Como dice el propio documento “el acceso a los datos no solo es un motor importante de la competitividad que representa casi el 4 % del PIB de la UE, sino que también es esencial para la productividad y las innovaciones sociales, desde la medicina personalizada hasta el ahorro de energía”.

Para mejorar el acceso a los datos de las empresas europeas y mejorar su capacidad competitiva con respecto a los grandes actores tecnológicos mundiales, la Unión Europea apuesta por la mejora del acceso a los datos abiertos, garantizando, al mismo tiempo, la más estricta protección de datos.

La revolución de los datos europea

Europa necesita una revolución de los datos”. Así de tajante se muestra la Presidenta ante la situación actual. Por ello, una de las medidas en las que se trabajará es en una nueva Estrategia de datos de la Unión Europea. Esta estrategia se basará en las normas existentes actualmente. Es previsible que se tome como referencia la actual estrategia, entre cuyas líneas de acción se encuentra el fomento del intercambio de información a través de la creación de un mercado único de datos donde los datos puedan fluir entre países y sectores económicos de la UE.

En este marco seguirán muy presentes los avances legislativos que vimos en la última legislatura:

Con todo ello, se busca garantizar un “marco simplificado, claro y coherente para que las empresas y las administraciones compartan datos sin fisuras y a gran escala, respetando al mismo tiempo normas estrictas de privacidad y seguridad”.

Además de intensificar la inversión en tecnologías punteras, como la supercomputación, el internet de las cosas o la computación cuántica, la Unión Europea tiene entre sus planes continuar impulsando el acceso a datos de calidad que ayuden a generar un ecosistema tecnológico sostenible y solvente, capaz de competir con las grandes empresas mundiales. En este espacio iremos informando de las medidas tomadas con este fin.

calendar icon
Blog

La publicación el viernes 12 de julio de 2024 del Reglamento de Inteligencia Artificial (RIA o AIA en sus siglas en inglés) abre una nueva etapa en el marco regulatorio europeo y global. La norma se caracteriza por tratar de conjugar dos almas. De un lado se trata de asegurar que la tecnología no genere riesgos sistémicos para la democracia, la garantía de nuestros derechos y el ecosistema socioeconómico en su conjunto. De otro lado, se busca un enfoque orientado al desarrollo de producto de modo que responda a los altos estándares de fiabilidad, seguridad y cumplimiento normativo definidos por la Unión Europea.

Ámbito de aplicación de la norma

La norma permite diferenciar entre sistemas de bajo y medio riesgo, sistemas de alto riesgo y modelos de IA de uso general. Para calificar los sistemas, el RIA define criterios relacionados con el sector regulado por la Unión Europea (Anexo I) y define el contenido y alcance de aquellos sistemas que por su naturaleza y finalidad podrían generar riesgos (Anexo III). Los modelos son altamente dependientes del volumen de datos, sus capacidades y la carga operacional. 

El RIA solo afecta a los dos últimos casos: sistemas de alto riesgo y modelos de IA de uso general. Los sistemas de alto riesgo exigen la evaluación de la conformidad a través de organismos notificados. Estos son entidades ante las que se presentan evidencias de que el desarrollo se ajusta al RIA. En este sentido, los modelos están sujetos a fórmulas de control por la Comisión que aseguran la prevención de riesgos sistémicos. No obstante, estamos ante un marco normativo flexible que favorece la investigación, relajando su aplicación en entornos de experimentación, así como mediante el despliegue de sandboxes para el desarrollo.

La norma establece una serie de requisitos de los sistemas de IA de alto riesgo(sección segunda del capítulo tercero) que deberían constituir un marco de referencia para el desarrollo de cualquier sistema e inspirar los códigos de buenas prácticas, normas técnicas y esquemas de certificación. Entre ellos, ocupa un lugar central el artículo 10 sobre “datos y gobernanza de datos. Este proporciona indicaciones muy precisas sobre las condiciones de diseño de los sistemas de IA, particularmente cuando supongan tratar datos personales o cuando se proyecten sobre personas físicas.

Esta gobernanza debería considerarse por quienes proporcionen la infraestructura básica y/o los conjuntos de datos, gestionen espacios de datos o los llamados Digital Innovation Hubs, que ofrezcan servicios de soporte. En nuestro ecosistema, caracterizado por una alta prevalencia de PYMEs y/o equipos de investigación, la gobernanza de datos se proyecta sobre la calidad, seguridad y fiabilidad en sus acciones y resultados. Por ello es necesario asegurar los valores que el RIA impone a los conjuntos de datos de entrenamiento, validación y prueba en sistemas de alto riesgo y, en su caso, cuando se empleen técnicas que impliquen el entrenamiento de modelos de IA.

Estos valores pueden alinearse con los principios del artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y los enriquecen y complementan. A ellos se añade el enfoque de riesgo y la protección de datos desde el diseño y por defecto. Relacionar unos y otros constituye un ejercicio sin duda interesante.

Garantizar el origen legítimo de los datos: Lealtad y licitud

Junto a la referencia común a la cadena de valor asociada a los datos, hay que referirse a una cadena de custodia que garantice la legalidad en los procesos de recogida de datos. El origen de los datos, particularmente en el caso de los datos personales, debe ser lícito, legítimo y su uso coherente con la finalidad original de su recogida. Por ello es indispensable una adecuada catalogación de los conjuntos de datos en origen que asegure una correcta descripción de su legitimidad y condiciones de uso.

Esta es una cuestión que afecta a los entornos de open data, a los organismos y servicios de acceso a datos detallados en el Reglamento de gobernanza de datos (DGA en sus siglas en inglés) o el Espacio Europeo de Datos de Salud (EHDS) y a buen seguro inspirará futuras regulaciones. Lo usual será combinar fuentes externas de datos con la información que maneja la PYME.

Minimización de los datos, exactitud y limitación de finalidad

El RIA ordena, de una parte, realizar una evaluación de la disponibilidad, la cantidad y la adecuación de los conjuntos de datos necesarios. De otra, exige que los conjuntos de datos de entrenamiento, validación y prueba sean pertinentes, suficientemente representativos y posean las propiedades estadísticas adecuadas. Esta tarea es muy relevante para los derechos de las personas o los colectivos afectados por el sistema. Además, en la mayor medida posible, carecerán de errores y estarán completos en vista de su finalidad prevista. RIA predica estas propiedades para cada conjunto de datos individualmente o para una combinación de estos.

Para la consecución de tales objetivos resulta necesario asegurar el despliegue de las técnicas adecuadas:

  • Realizar las operaciones de tratamiento oportunas para la preparación de los datos, como la anotación, el etiquetado, la depuración, la actualización, el enriquecimiento y la agregación.
  • Formular supuestos, en particular en lo que respecta a la información que se supone que miden y representan los datos. O, dicho en un lenguaje más coloquial, definir los casos de uso.
  • Tener en cuenta, en la medida necesaria para la finalidad prevista, las características o elementos particulares del entorno geográfico, contextual, conductual o funcional específico en el que está previsto que se utilice el sistema de IA de alto riesgo.

Gestionar el riesgo: evitar el sesgo

En el ámbito de la gobernanza de los datos se atribuye un papel esencial a la evitación del sesgo cuando pueda generar riesgos para la salud y la seguridad de las personas, afectar negativamente a los derechos fundamentales o dar lugar a algún tipo de discriminación prohibida por el Derecho de la Unión, especialmente cuando las salidas de datos influyan en las informaciones de entrada de futuras operaciones. Para ello procede adoptar las medidas adecuadas para detectar, prevenir y mitigar posibles sesgos detectados.

El RIA habilita excepcionalmente el tratamiento de categorías especiales de datos personales siempre que ofrezcan las garantías adecuadas en relación con los derechos y las libertades fundamentales de las personas físicas. Pero impone condiciones adicionales:

  • que el tratamiento de otros datos, como los sintéticos o los anonimizados, no permita efectuar de forma efectiva la detección y corrección de sesgos;
  • que las categorías especiales de datos personales estén sujetas a limitaciones técnicas relativas a la reutilización de los datos personales y a medidas punteras en materia de seguridad y protección de la intimidad, incluida la seudonimización;
  • que las categorías especiales de datos personales estén sujetas a medidas para garantizar que los datos personales tratados estén asegurados, protegidos y sujetos a garantías adecuadas, incluidos controles estrictos y documentación del acceso, a fin de evitar el uso indebido y garantizar que solo las personas autorizadas tengan acceso a dichos datos personales con obligaciones de confidencialidad adecuadas;
  • que las categorías especiales de datos personales no se transmitan ni transfieran a terceros y que estos no puedan acceder de ningún otro modo a ellos;
  • que las categorías especiales de datos personales se eliminen una vez que se haya corregido el sesgo o los datos personales hayan llegado al final de su período de conservación, si esta fecha es anterior;
  • que los registros de las actividades de tratamiento con arreglo a los Reglamentos (UE) 2016/679 y (UE) 2018/1725 y la Directiva (UE) 2016/680 incluyan las razones por las que el tratamiento de categorías especiales de datos personales era estrictamente necesario para detectar y corregir sesgos, y por las que ese objetivo no podía alcanzarse mediante el tratamiento de otros datos.

Las previsiones normativas resultan extraordinariamente interesantes. RGPD, DGA o EHDS apuestan por tratar datos anonimizados. RIA establece una excepción en aquellos casos en los que se generan conjuntos de datos inadecuados o de baja calidad desde el punto de vista del sesgo.

Tanto los desarrolladores individuales, como los espacios de datos y los servicios de intermediación que proporcionen conjuntos de datos y/o plataformas para el desarrollo deben ser particularmente diligentes a la hora de definir su seguridad. Esta previsión es coherente con la exigencia de disponer de espacios seguros de procesamiento en EHDS, implica una apuesta por estándares certificables en seguridad, públicos o privados, y aconseja una relectura de la disposición adicional decimoséptima sobre tratamientos de datos en nuestra Ley orgánica de protección de datos en materia de seudonimización, en la medida en la que añade garantías éticas y jurídicas a las propiamente técnicas.  Además, se subraya la necesidad de garantizar una adecuada trazabilidad en los usos. Adicionalmente será necesario integrar en el registro de actividades de tratamiento una mención específica a este tipo de usos y a su justificación. 

Aplicar las lecciones aprendidas desde la protección de datos, desde el diseño y por defecto

El artículo 10 de RIA obliga a documentar las decisiones pertinentes relativas al diseño y a detectar lagunas o deficiencias pertinentes en los datos que impidan el cumplimiento del RIA y la forma de subsanarlas. En resumen, no basta con garantizar la gobernanza de datos, también es necesario proporcionar evidencia documental y mantener una actitud proactiva y vigilante durante todo el ciclo de vida de los sistemas de información.

Estas dos obligaciones integran la clave de bóveda del sistema. Y su lectura debería ser incluso mucho más amplia en la dimensión jurídica. Las lecciones aprendidas en el RGPD enseñan que existe una doble condición para la responsabilidad proactiva y la garantía de los derechos fundamentales. La primera es intrínseca y material: el despliegue de la ingeniería de la privacidad al servicio de la protección de datos desde el diseño y por defecto asegura el cumplimiento del RGPD. La segunda es contextual: los tratamientos de datos personales no se dan en el vacío, sino en un contexto amplio y complejo regulado por otros sectores del Ordenamiento.

La gobernanza de datos opera estructuralmente desde los cimientos a la bóveda de los sistemas de información basados en IA. Asegurar que exista, sea adecuada y funcional es esencial.  Así lo ha entendido la Estrategia de Inteligencia Artificial 2024 del Gobierno de España que trata de dotar al país de esas palancas que dinamicen nuestro desarrollo.

RIA plantea un salto cualitativo y subraya el enfoque funcional desde el que deben leerse los principios de protección de datos subrayando la dimensión poblacional. Ello obliga a repensar las condiciones en las que se ha venido cumpliendo el RGPD en la Unión Europea. Urge abandonar los modelos basados en plantillas que la empresa de consultoría copia-pega. Es evidente que las listas de control y la estandarización son imprescindibles. Sin embargo, su efectividad es altamente dependiente del ajuste fino. Y ello obliga a apelar particularmente a los profesionales que soportan el cumplimiento de este objetivo a dedicar sus mayores esfuerzos para dotar de sentido profundo al cumplimiento del Reglamento de Inteligencia Artificial.

Puedes ver un resumen del reglamento en la siguiente infografía:

Captura de la infografía

Puedes accerder a la versión accesible e interactiva aquí


Contenido elaborado por Ricard Martínez Martínez, Director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital, Departamento de Derecho Constitucional de la Universitat de València. Los contenidos y los puntos de vista reflejados en esta publicación son responsabilidad exclusiva de su autor.

calendar icon